III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2024-16483)
Orden APA/834/2024, de 29 de julio, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones olivareras, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
2.º
Sec. III. Pág. 102297
Final de garantías:
Las garantías finalizarán en la fecha más temprana de las siguientes:
– En el momento de la recolección.
– En el momento que los frutos sobrepasen la madurez comercial.
– En las fechas que figuran en el anexo V.2.2.
b)
1.º
Garantía a la plantación.
Inicio de garantías:
Las garantías se inician con la toma de efecto.
2.º
Final de garantías:
Las garantías finalizarán en la fecha más temprana de las siguientes:
– Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías.
– La toma de efecto del seguro de la cosecha siguiente.
c)
1.º
Garantía a las instalaciones.
Inicio de garantías:
Las garantías se inician con la toma de efecto.
2.º
Final de garantías:
Las garantías finalizan en la fecha más próxima de las siguientes:
– Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías.
– La toma de efecto del seguro de la cosecha siguiente.
2.
Seguro complementario:
a)
Inicio de garantías.
Las garantías se inician con la entrada en vigor de la declaración de seguro
complementario y nunca antes del estado fenológico «E».
b)
Final de garantías.
Las garantías finalizan en las mismas fechas que las especificadas para la garantía
de la producción del seguro principal.
Artículo 10.
Periodo de suscripción.
1.
Seguro principal:
a)
Módulos 1A y 2A y P Otoñal.
Inicio de la suscripción: será el 1 de septiembre de 2024 para el Cuadragésimo
Quinto Plan Anual de seguros Agrarios Combinados y 1 de septiembre de 2025 para el
Cuadragésimo Sexto Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados.
Final del periodo de suscripción: será el 30 de noviembre del año en que se ha
iniciado el período de suscripción correspondiente al Plan Anual de Seguros Agrarios
Combinados que se contrata.
cve: BOE-A-2024-16483
Verificable en https://www.boe.es
Teniendo en cuenta los períodos de garantía, anteriormente indicados y lo
establecido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados, los períodos
de suscripción del seguro serán los siguientes:
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
2.º
Sec. III. Pág. 102297
Final de garantías:
Las garantías finalizarán en la fecha más temprana de las siguientes:
– En el momento de la recolección.
– En el momento que los frutos sobrepasen la madurez comercial.
– En las fechas que figuran en el anexo V.2.2.
b)
1.º
Garantía a la plantación.
Inicio de garantías:
Las garantías se inician con la toma de efecto.
2.º
Final de garantías:
Las garantías finalizarán en la fecha más temprana de las siguientes:
– Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías.
– La toma de efecto del seguro de la cosecha siguiente.
c)
1.º
Garantía a las instalaciones.
Inicio de garantías:
Las garantías se inician con la toma de efecto.
2.º
Final de garantías:
Las garantías finalizan en la fecha más próxima de las siguientes:
– Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías.
– La toma de efecto del seguro de la cosecha siguiente.
2.
Seguro complementario:
a)
Inicio de garantías.
Las garantías se inician con la entrada en vigor de la declaración de seguro
complementario y nunca antes del estado fenológico «E».
b)
Final de garantías.
Las garantías finalizan en las mismas fechas que las especificadas para la garantía
de la producción del seguro principal.
Artículo 10.
Periodo de suscripción.
1.
Seguro principal:
a)
Módulos 1A y 2A y P Otoñal.
Inicio de la suscripción: será el 1 de septiembre de 2024 para el Cuadragésimo
Quinto Plan Anual de seguros Agrarios Combinados y 1 de septiembre de 2025 para el
Cuadragésimo Sexto Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados.
Final del periodo de suscripción: será el 30 de noviembre del año en que se ha
iniciado el período de suscripción correspondiente al Plan Anual de Seguros Agrarios
Combinados que se contrata.
cve: BOE-A-2024-16483
Verificable en https://www.boe.es
Teniendo en cuenta los períodos de garantía, anteriormente indicados y lo
establecido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados, los períodos
de suscripción del seguro serán los siguientes: