I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-16328)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190

Miércoles 7 de agosto de 2024

Sec. I. Pág. 101467

de 7 de noviembre de 2023* [...], de que la suspensión de las obligaciones que el
Tratado impone a la República Federal de Alemania entrará en vigor el 8 de abril
de 2024.»
TURQUÍA.
09-04-2024 COMUNICACIÓN DE SUSPENSIÓN DEL TRATADO CON EFECTOS
DESDE EL 08-04-2024.
«La Embajada de la República de Turquía [...] tiene el honor de notificar al Gobierno
del Reino de los Países Bajos, en su condición de Depositario del Tratado sobre Fuerzas
Armadas Convencionales en Europa, hecho en París el 19 de noviembre de 1990 (en lo
sucesivo, el "Tratado FACE") que, haciendo referencia a la declaración del Consejo del
Atlántico Norte del 7 de noviembre de 2023 sobre la retirada de la Federación de Rusia
del Tratado FACE, y en relación con la declaración nacional formulada por el Ministerio
de Asuntos Exteriores de la República de Turquía en esa misma fecha, se han
completado los procedimientos internos para la suspensión de la ejecución del Tratado
respecto de la República de Turquía, y que esta decisión entró en vigor el 8 de abril
de 2024.
Como ya se ha indicado, esta decisión es, esencialmente, reversible. Los
fundamentos y los principios fundamentales del Tratado FACE, jurídicamente vinculante,
que garantizan el equilibrio, la transparencia y la previsibilidad de las fuerzas militares,
con sus limitaciones numéricas y su sistema subregional, incluido el régimen de flanco,
siguen siendo necesarios. La modernización que puede requerir la arquitectura de
seguridad europea en el futuro próximo solo puede producirse sobre esta base.
La Embajada de la República de Turquía solicita al Reino de los Países Bajos que
remita la presente nota a los demás Estados Parte en el Tratado FACE.»
PORTUGAL.

«La Embajada de Portugal en los Países Bajos [...] tiene el honor de hacer referencia
a su Nota verbal [...] de 24 de noviembre de 2023, en la que la República Portuguesa
notificaba al Gobierno del Reino de los Países Bajos, en su condición de Depositario del
Tratado sobre Fuerzas Armadas Convencionales en Europa, hecho en París el 19 de
noviembre de 1990 (en lo sucesivo, el "Tratado FACE"), la intención de la República
Portuguesa de suspender su participación en dicho tratado respecto a todos los Estados
Parte.*
La Embajada de Portugal en los Países Bajos tiene el honor de notificar al Gobierno
del Reino de los Países Bajos, en su condición de Depositario del Tratado FACE, que, de
conformidad con los artículos 65 y 67 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los
Tratados –esto es, no habiéndose formulado objeciones a la mencionada intención de la
República Portuguesa en los tres meses siguientes a la notificación de dicha intención
por el Depositario a los Estados Parte, el 28 de noviembre de 2023–, la suspensión de
las obligaciones que el Tratado FACE imponía a la República Portuguesa entró en vigor
el 29 de febrero de 2024.
La Embajada de Portugal en los Países Bajos solicita al Ministerio de Asuntos
Exteriores del Reino de los Países Bajos [...] que transmita la información pertinente a
todos los Estados Parte en el Tratado FACE.»

cve: BOE-A-2024-16328
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11-04-2024 COMUNICACIÓN DE SUSPENSIÓN DEL TRATADO CON EFECTOS
DESDE EL 29-02-2024.