I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-16328)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. I. Pág. 101443
– Durante el Estado de Emergencia quedan suspendidos los derechos
constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de
domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los
Artículos 9, 12, 17 y 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas hace propicia la
oportunidad para reiterar a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de
Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos– las seguridades de su más alta y
distinguida consideración.
Nueva York, 19 de diciembre de 2023.»
PERÚ.
20-12-2023 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4 (2).
«7-1-S/2023/267.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas presenta sus atentos
saludos a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de Tratados de la
Oficina de Asuntos Jurídicos–, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4.° del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y a lo señalado en la nota verbal
LA41TR/2017/IV-4/Perú/1, de fecha 1 de marzo de 2017, tiene a honra informar lo
siguiente:
– Mediante Decreto Supremo n.° 139-2023-PCM, de fecha 12 de diciembre de 2023,
el Estado peruano ha prorrogado el estado de emergencia nacional que fue declarado
mediante Decreto Supremo n.° 010-2023-PCM, en la provincia de Pataz del
departamento de la Libertad, por el término de treinta (30) días calendario, a partir del 16
de diciembre de 2023.
– El motivo de la prórroga es el incremento del accionar criminal y la inseguridad
ciudadana en la zona mencionada. Durante el estado de emergencia quedan
suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales,
la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio,
comprendidos en los Artículos 9, 12, 17 y 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas hace propicia la
oportunidad para reiterar a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de
Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos– las seguridades de su más alta y
distinguida consideración.
Nueva York, 19 de diciembre de 2023.»
CHILE.
28-12-2023 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4.
La Misión Permanente de Chile ante la Organización de las Naciones Unidas saluda
muy atentamente al señor Secretario General y, de conformidad lo dispuesto en el
artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, tiene a bien informar lo
siguiente:
Según fuera informado a US. mediante Nota n.° 79/23/C, de acuerdo a lo dispuesto
en el artículo 42 de la Constitución Política de la República, por decreto supremo n.° 189
de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, S.E. el Presidente de la
República, Sr. Gabriel Boric Font, declaró Estado de Excepción Constitucional de
cve: BOE-A-2024-16328
Verificable en https://www.boe.es
«N.° 125 /23.
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. I. Pág. 101443
– Durante el Estado de Emergencia quedan suspendidos los derechos
constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de
domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los
Artículos 9, 12, 17 y 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas hace propicia la
oportunidad para reiterar a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de
Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos– las seguridades de su más alta y
distinguida consideración.
Nueva York, 19 de diciembre de 2023.»
PERÚ.
20-12-2023 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4 (2).
«7-1-S/2023/267.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas presenta sus atentos
saludos a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de Tratados de la
Oficina de Asuntos Jurídicos–, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4.° del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y a lo señalado en la nota verbal
LA41TR/2017/IV-4/Perú/1, de fecha 1 de marzo de 2017, tiene a honra informar lo
siguiente:
– Mediante Decreto Supremo n.° 139-2023-PCM, de fecha 12 de diciembre de 2023,
el Estado peruano ha prorrogado el estado de emergencia nacional que fue declarado
mediante Decreto Supremo n.° 010-2023-PCM, en la provincia de Pataz del
departamento de la Libertad, por el término de treinta (30) días calendario, a partir del 16
de diciembre de 2023.
– El motivo de la prórroga es el incremento del accionar criminal y la inseguridad
ciudadana en la zona mencionada. Durante el estado de emergencia quedan
suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales,
la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio,
comprendidos en los Artículos 9, 12, 17 y 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas hace propicia la
oportunidad para reiterar a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de
Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos– las seguridades de su más alta y
distinguida consideración.
Nueva York, 19 de diciembre de 2023.»
CHILE.
28-12-2023 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4.
La Misión Permanente de Chile ante la Organización de las Naciones Unidas saluda
muy atentamente al señor Secretario General y, de conformidad lo dispuesto en el
artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, tiene a bien informar lo
siguiente:
Según fuera informado a US. mediante Nota n.° 79/23/C, de acuerdo a lo dispuesto
en el artículo 42 de la Constitución Política de la República, por decreto supremo n.° 189
de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, S.E. el Presidente de la
República, Sr. Gabriel Boric Font, declaró Estado de Excepción Constitucional de
cve: BOE-A-2024-16328
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