III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-16383)
Orden ITU/831/2024, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas, como parte del PERTE de Descarbonización Industrial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan estas ayudas para el año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 101776
comercialmente disponibles en el sector más respetuosas con el medioambiente superior
al 20 por ciento en masa.
Se obtendrá 1 punto adicional si se acredita una reducción relativa de la generación
de residuos en los procesos productivos de la nueva instalación o línea de producción
con respecto a las tecnologías comercialmente disponibles en el sector más respetuosas
con el medioambiente superior al 80 por ciento en masa.
Se obtendrá 1 punto adicional si se acredita una reducción relativa de la generación
de residuos peligrosos en los procesos productivos de la nueva instalación o línea de
producción con respecto a las tecnologías comercialmente disponibles en el sector más
respetuosas con el medioambiente superior al 20 por ciento en masa.
Los proyectos en los cuales no se haya acreditado ninguna contribución a la
reducción de la generación de residuos obtendrán 0 puntos.
d.5) Aprovechamiento de residuos generados en otras actividades. Se obtendrá 1 punto
si se acredita el aprovechamiento de residuos generados en otras actividades que no se estén
aprovechando en otras actividades industriales antes de la ejecución del proyecto.
Se obtendrá 1 punto adicional si se acredita que el aprovechamiento de estos
residuos generados por otras actividades representa el 20 por ciento del consumo de
materiales (en masa) de la actividad productiva.
Se obtendrá 1 punto adicional si se acredita que el aprovechamiento de estos
residuos generados por otras actividades representa el 50 por ciento del consumo de
materiales (en masa) de la actividad productiva.
Los proyectos en los cuales no se haya acreditado ningún aprovechamiento de
residuos generados en otras actividades obtendrán 0 puntos.
2.
Metodología para la calificación financiera de las empresas.
Sociedades mercantiles con cuentas presentadas
Para la aplicación de estos criterios se emplearán las cuentas depositadas en el Registro
correspondiente, correspondientes al último ejercicio para el que el solicitante tenga la
obligación de realizar dicho depósito en función de la fecha de presentación de su solicitud.
Si en la valoración se dictaminase de forma motivada que las cuentas no reflejan la
imagen fiel de la situación de la empresa, se podrían realizar correcciones o incluso
podría determinarse su no aceptación global.
La calificación financiera de las entidades se obtendrá a partir de la suma de los criterios
a.1) a a.11) del anexo IV, lo que generará una puntuación total entre 0 y 30 puntos.
La calificación financiera en función de esta puntuación, a efectos de cálculo de la
subvención bruta equivalente, será:
Puntuación
Calificación financiera
Menor o igual que 19.
Satisfactoria.
Mayor que 19 y menor o igual que 24.
Buena.
Mayor que 24.
Excelente.
Para la calificación financiera de las sociedades creadas en 2024 o creadas en 2023 que
no tengan la obligación de haber realizado el depósito de sus cuentas en el Registro
correspondiente en la fecha de presentación de su solicitud, debe tenerse en cuenta lo
indicado en la Comunicación de la Comisión (2008/C 14/02) relativa a la revisión del método
de fijación de los tipos de referencia y de actualización, que indica que para las entidades de
nueva creación, se deberá incrementar el tipo de base en al menos 400 puntos básicos. Esto
supone, dado el cuadro de márgenes incluido en la mencionada Comunicación, que esas
entidades no pueden tener una calificación financiera superior a «satisfactoria».
cve: BOE-A-2024-16383
Verificable en https://www.boe.es
Sociedades mercantiles de nueva creación sin cuentas presentadas
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 101776
comercialmente disponibles en el sector más respetuosas con el medioambiente superior
al 20 por ciento en masa.
Se obtendrá 1 punto adicional si se acredita una reducción relativa de la generación
de residuos en los procesos productivos de la nueva instalación o línea de producción
con respecto a las tecnologías comercialmente disponibles en el sector más respetuosas
con el medioambiente superior al 80 por ciento en masa.
Se obtendrá 1 punto adicional si se acredita una reducción relativa de la generación
de residuos peligrosos en los procesos productivos de la nueva instalación o línea de
producción con respecto a las tecnologías comercialmente disponibles en el sector más
respetuosas con el medioambiente superior al 20 por ciento en masa.
Los proyectos en los cuales no se haya acreditado ninguna contribución a la
reducción de la generación de residuos obtendrán 0 puntos.
d.5) Aprovechamiento de residuos generados en otras actividades. Se obtendrá 1 punto
si se acredita el aprovechamiento de residuos generados en otras actividades que no se estén
aprovechando en otras actividades industriales antes de la ejecución del proyecto.
Se obtendrá 1 punto adicional si se acredita que el aprovechamiento de estos
residuos generados por otras actividades representa el 20 por ciento del consumo de
materiales (en masa) de la actividad productiva.
Se obtendrá 1 punto adicional si se acredita que el aprovechamiento de estos
residuos generados por otras actividades representa el 50 por ciento del consumo de
materiales (en masa) de la actividad productiva.
Los proyectos en los cuales no se haya acreditado ningún aprovechamiento de
residuos generados en otras actividades obtendrán 0 puntos.
2.
Metodología para la calificación financiera de las empresas.
Sociedades mercantiles con cuentas presentadas
Para la aplicación de estos criterios se emplearán las cuentas depositadas en el Registro
correspondiente, correspondientes al último ejercicio para el que el solicitante tenga la
obligación de realizar dicho depósito en función de la fecha de presentación de su solicitud.
Si en la valoración se dictaminase de forma motivada que las cuentas no reflejan la
imagen fiel de la situación de la empresa, se podrían realizar correcciones o incluso
podría determinarse su no aceptación global.
La calificación financiera de las entidades se obtendrá a partir de la suma de los criterios
a.1) a a.11) del anexo IV, lo que generará una puntuación total entre 0 y 30 puntos.
La calificación financiera en función de esta puntuación, a efectos de cálculo de la
subvención bruta equivalente, será:
Puntuación
Calificación financiera
Menor o igual que 19.
Satisfactoria.
Mayor que 19 y menor o igual que 24.
Buena.
Mayor que 24.
Excelente.
Para la calificación financiera de las sociedades creadas en 2024 o creadas en 2023 que
no tengan la obligación de haber realizado el depósito de sus cuentas en el Registro
correspondiente en la fecha de presentación de su solicitud, debe tenerse en cuenta lo
indicado en la Comunicación de la Comisión (2008/C 14/02) relativa a la revisión del método
de fijación de los tipos de referencia y de actualización, que indica que para las entidades de
nueva creación, se deberá incrementar el tipo de base en al menos 400 puntos básicos. Esto
supone, dado el cuadro de márgenes incluido en la mencionada Comunicación, que esas
entidades no pueden tener una calificación financiera superior a «satisfactoria».
cve: BOE-A-2024-16383
Verificable en https://www.boe.es
Sociedades mercantiles de nueva creación sin cuentas presentadas