III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-16291)
Resolución 420/38344/2024, de 1 de agosto, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para la colaboración académica en el Máster de Formación Permanente en Farmacia Industrial y Galénica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189
Martes 6 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 101109
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir este convenio que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer las bases que establecerán la colaboración
entre el Ministerio de Defensa (MDEF) y la Universidad de Alcalá (UAH) en el «Máster de
Formación Permanente en Farmacia Industrial y Galénica», en adelante Máster.
Segunda.
Aportaciones del Ministerio de Defensa.
a) Facilitar el uso compartido de la instalación piloto de I+D para el desarrollo de
medicamentos del Centro Militar de Farmacia de la Defensa (CEMILFARDEF), en
beneficio de proyectos para el máster o como apoyo a éste.
b) Incluir jornadas técnicas (2/3 días, en horario laboral completo) en el
CEMILFARDEF, donde personal del mismo y experto del MDEF imparta clases teóricas
presenciales, sobre asuntos prácticos relativos al funcionamiento y operativa integral y
conjunta de una instalación farmacéutica, incluyendo las clases sobre antídotos Nuclear,
Biológico y Químico (NBQ) y su fabricación, así como sobre la fabricación y distribución
de medicamentos en situaciones de emergencia, como las pandemias. Estas jornadas
se enmarcan en la asignatura del Máster denominada «desarrollo y transferencia de
productos y métodos de control. Garantía de calidad. Dirección técnica».
c) Apoyar a estudiantes del Máster en la realización de su Trabajo de Fin de Máster
(TFM), sobre proyectos o en líneas de interés para la defensa, mediante su tutela y
valoración, y el aporte de la información y medios específicos que demanden para su
contextualización y aplicación en el CEMILFARDEF.
Aportaciones de la Universidad de Alcalá.
a) Reservar una plaza en el Máster para personal del MDEF, cuando haya
necesidad de formar especialistas en Farmacia Industrial y Galénica, sin que se abone
por ello ningún importe económico, incluido el relativo a las tasas académicas por
matrícula o seguro de accidentes. La plaza en el Máster será adjudicada por el MDEF a
un oficial farmacéutico seleccionado por el procedimiento de acceso a la enseñanza
militar de perfeccionamiento, y la persona seleccionada reunirá los requisitos de acceso
al Máster. En caso de no existir candidatos que reúnan requisitos en alguna
convocatoria, la plaza pasará a estar de nuevo a disposición de la UAH.
b) Dirigir el Máster aprobado por la UAH, a través de un profesor de la universidad,
que a tal fin será el Director Académico. El Plan de Estudios, duración, viabilidad
económica, así como las restantes características del Máster quedarán definidos en el
documento de Memoria del Estudio.
c) Establecer las fechas de preinscripción, así como organizar la recogida de la
documentación de acceso necesaria para la admisión y la matriculación.
d) Expedir el Titulo, una vez superado el estudio, y a solicitud del interesado, previo
pago del precio público correspondiente, con las formalidades y requisitos establecidos
en la normativa en vigor.
e) Mantener informado, a través del Director/a del Máster, al MDEF, a través del
Presidente/a de la Comisión de Docencia del CEMILFARDEF, del desempeño de los
alumnos militares en el Máster, con la periodicidad y contenido que sean determinados
por la comisión mixta de seguimiento del presente convenio.
cve: BOE-A-2024-16291
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 189
Martes 6 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 101109
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir este convenio que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer las bases que establecerán la colaboración
entre el Ministerio de Defensa (MDEF) y la Universidad de Alcalá (UAH) en el «Máster de
Formación Permanente en Farmacia Industrial y Galénica», en adelante Máster.
Segunda.
Aportaciones del Ministerio de Defensa.
a) Facilitar el uso compartido de la instalación piloto de I+D para el desarrollo de
medicamentos del Centro Militar de Farmacia de la Defensa (CEMILFARDEF), en
beneficio de proyectos para el máster o como apoyo a éste.
b) Incluir jornadas técnicas (2/3 días, en horario laboral completo) en el
CEMILFARDEF, donde personal del mismo y experto del MDEF imparta clases teóricas
presenciales, sobre asuntos prácticos relativos al funcionamiento y operativa integral y
conjunta de una instalación farmacéutica, incluyendo las clases sobre antídotos Nuclear,
Biológico y Químico (NBQ) y su fabricación, así como sobre la fabricación y distribución
de medicamentos en situaciones de emergencia, como las pandemias. Estas jornadas
se enmarcan en la asignatura del Máster denominada «desarrollo y transferencia de
productos y métodos de control. Garantía de calidad. Dirección técnica».
c) Apoyar a estudiantes del Máster en la realización de su Trabajo de Fin de Máster
(TFM), sobre proyectos o en líneas de interés para la defensa, mediante su tutela y
valoración, y el aporte de la información y medios específicos que demanden para su
contextualización y aplicación en el CEMILFARDEF.
Aportaciones de la Universidad de Alcalá.
a) Reservar una plaza en el Máster para personal del MDEF, cuando haya
necesidad de formar especialistas en Farmacia Industrial y Galénica, sin que se abone
por ello ningún importe económico, incluido el relativo a las tasas académicas por
matrícula o seguro de accidentes. La plaza en el Máster será adjudicada por el MDEF a
un oficial farmacéutico seleccionado por el procedimiento de acceso a la enseñanza
militar de perfeccionamiento, y la persona seleccionada reunirá los requisitos de acceso
al Máster. En caso de no existir candidatos que reúnan requisitos en alguna
convocatoria, la plaza pasará a estar de nuevo a disposición de la UAH.
b) Dirigir el Máster aprobado por la UAH, a través de un profesor de la universidad,
que a tal fin será el Director Académico. El Plan de Estudios, duración, viabilidad
económica, así como las restantes características del Máster quedarán definidos en el
documento de Memoria del Estudio.
c) Establecer las fechas de preinscripción, así como organizar la recogida de la
documentación de acceso necesaria para la admisión y la matriculación.
d) Expedir el Titulo, una vez superado el estudio, y a solicitud del interesado, previo
pago del precio público correspondiente, con las formalidades y requisitos establecidos
en la normativa en vigor.
e) Mantener informado, a través del Director/a del Máster, al MDEF, a través del
Presidente/a de la Comisión de Docencia del CEMILFARDEF, del desempeño de los
alumnos militares en el Máster, con la periodicidad y contenido que sean determinados
por la comisión mixta de seguimiento del presente convenio.
cve: BOE-A-2024-16291
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.