III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-16317)
Resolución de 30 de julio de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias de Salamanca y la Universidad de Salamanca, para la realización de prácticas académicas externas.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189

Martes 6 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 101391

Ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivos cargos y
en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen
mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la
presente adenda de modificación y prorroga y al efecto,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 13 de octubre de 2020, las partes firmaron el Convenio entre el
Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), a través del Centro de Referencia
Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias y la
Universidad de Salamanca para la realización de prácticas académicas externas, con
una vigencia de cuatro años.
Este convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 27 de octubre
de 2020.
Segundo.
Que la cláusula cuarta del citado convenio entre el Imserso y la Universidad de
Salamanca trata de la Seguridad Social de las personas que desarrollan programas de
formación y prácticas no laborales y académicas.
Que el Real Decreto-ley 2/2023 de 16 de marzo, de medidas urgentes para la
ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones,
introduce en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, una nueva disposición adicional
quincuagésima segunda, sobre la inclusión en el sistema de Seguridad Social de los
alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación. En particular, el apartado 4.b) de la citada disposición adicional
señala: «En el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las
obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución o entidad en la
que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su
caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al
centro de formación responsable de la oferta formativa».
Tercero.
En el convenio las partes contemplaron en su cláusula duodécima, la posibilidad de
prorrogar su duración por un período de hasta cuatro años adicionales.
Que es voluntad de las partes proceder a la prórroga del convenio por cuatro años.
En consecuencia, con el fin de dar continuidad a la prestación objeto de dicho convenio,
las partes firmantes de esta adenda acuerdan modificar y prorrogar el convenio de
conformidad con las siguientes,

Primera. Modificación.
La cláusula cuarta del convenio queda redactada de la siguiente forma:
«Cuarta: Seguridad Social de las personas que desarrollan programas de
formación y prácticas no laborales y académicas.
El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social de los alumnos que
están cursando las prácticas académicas formativas corresponderá al centro
educativo Universidad de Salamanca en el caso de las prácticas académicas

cve: BOE-A-2024-16317
Verificable en https://www.boe.es

CLÁUSULAS