III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16166)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 100112

GRÁFICO 10. NIVELES DE ANÁLISIS

Fuente: Elaboración propia.

II.5.1. Medidas de prevención
De los cuatro elementos del ciclo antifraude, la prevención se configura como clave en la lucha
contra el fraude, la corrupción, los conflictos de interés y la doble financiación, al producir un
efecto disuasorio, contribuir a atenuar los riesgos y reducir el coste de los controles ex post. Las
medidas de prevención deben ser proporcionales a la probabilidad y al impacto de los riesgos que
se quieren evitar o mitigar, y han de estar vinculadas a la detección, siguiente etapa del ciclo
antifraude.







Aprobación de políticas antifraude.
Creación de comités antifraude.
Aprobación de códigos éticos.
Realización de evaluaciones de riesgos.
Disposición de medidas para prevenir los conflictos de interés.

cve: BOE-A-2024-16166
Verificable en https://www.boe.es

Las medidas analizadas han sido: