III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16166)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 100095

Adicionalmente, la SGFE del MHFP creó un centro de atención a usuarios en relación con la
tramitación de los fondos del PRTR que, entre otras funcionalidades, disponía de un área
dedicada particularmente a dar respuesta a las cuestiones que se pudiesen suscitar en relación
con su gestión10, en la que se publicaba a modo de «preguntas frecuentes», diversa información
que podía resultar de interés para las entidades.
En dicho sitio web constaba, entre otras, una publicación, fechada en el primer trimestre de 2022,
en la que se indicaba que las entidades públicas que aprobaban las convocatorias tenían la
consideración de ejecutoras. Además, se precisaba que, para la ejecución de los proyectos
financiados con esas convocatorias, las EELL adjudicatarias tendrían que incurrir en gastos, a
través de licitaciones públicas, por lo que adquirirían, igualmente, la consideración de entidad
ejecutora, con las obligaciones que a las mismas les imponen las órdenes HFP/1030/2021 y
HFP/1031/202111.
La CA de Aragón, conocido lo establecido en la Orden HFP/1030/2021 y la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, así como la Instrucción aclaratoria sobre la delimitación de
la condición de entidad ejecutora dictada por la SGFE en abril de 2022, se planteaba dudas sobre
la posición que ocupan las EELL en el marco del sistema de gestión del PRTR cuando no les
correspondía directamente la ejecución de un proyecto o subproyecto del PRTR, por no quedar
claro los requisitos que debían cumplir12 y, el 26 de mayo de 2022 elevó a la Administración
General del Estado (AGE) una consulta específicamente referida a las EELL. La respuesta
complementó la información disponible indicando, como criterio general, que:
Cuando la convocatoria esté destinada a EELL únicamente, con independencia del tipo de convocatoria
que fuese, estas pasarán a ser entidades ejecutoras y como tal, están obligadas a las obligaciones que
como tales tienen […]. Sin embargo, cuando las EELL se presentan a convocatorias a las que concurran
con empresas privadas y/o públicas o cualquier otra institución, figurarán como los beneficiarios de las
mismas y no tendrán que figurar como entidades ejecutoras y en consecuencia no tendrán las
obligaciones que lleve aparejado ser entidad ejecutora.

Esta respuesta a la consulta fue notificada a la CA de Aragón y no fue publicada en el sitio web de
la SGFE.
Finalmente, en marzo 2023, dieciocho meses después de la aprobación de HFP/1030/2021, de 29
de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR, y 12 meses después de la
aprobación de la Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la SGFE, por la que se establecen
instrucciones a fin de clarificar la condición de entidad ejecutora, la designación de órganos
responsables de medidas y órganos gestores de proyectos y subproyectos, en el marco del
sistema de gestión del PRTR, la SGFE del MHFP publicó una aclaración en el centro de atención
al usuario en la que indicaba que las EELL beneficiarias de alguna subvención financiada con el
MRR tenían la condición de entidad ejecutora y, por lo tanto, la obligación de aprobar un PMA13.

10

El sitio web dedicado a la resolución de las cuestiones era: https://soportesgffee.zendesk.com/hc/es.

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13

Fuente: Consulta realizada por la CA de Aragón el 26 de mayo de 2022.

Fuente de la publicación: https://soportesgffee.zendesk.com/hc/es/articles/12898653364241-Condici%C3%B3n-delas-entidades-locales-beneficiarias-de-alguna-subvenci%C3%B3n-financiada-con-el-Mecanismo-deRecuperaci%C3%B3n-y-Resiliencia-MRR-.

cve: BOE-A-2024-16166
Verificable en https://www.boe.es

Fuente de la publicación: https://soportesgffee.zendesk.com/hc/es/articles/4979887390865--Qui%C3%A9n-tiene-querealizar-el-Plan-de-medidas-antifraude-y-todo-lo-derivado-de-las-%C3%B3rdenes-ministeriales-El-que-solicita-y-recibeuna-ayuda-como-beneficiario-de-la-misma-o-bien-la-entidad-p%C3%BAblica-que-realiza-la-convocatoria-.