III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16163)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los contratos de emergencia celebrados en 2020 para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 por las comunidades autónomas y ciudades autónomas sin Órgano de Control Externo propio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
3.
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5.
6.
7.
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99859
La mayor parte de los adjudicatarios de la contratación de emergencia vinculada al COVID-19
fueron proveedores de material sanitario, concentrándose el importe de adjudicación en la
mayoría de los casos en un reducido número de proveedores.
La adquisición de mascarillas constituyó el gasto más importante de la contratación de
emergencia vinculada al COVID-19, ascendiendo al 25 % del gasto total realizado, el 10 % se
gastó en las mascarillas quirúrgicas y el 14 % en mascarillas FFP2/KN95. El precio unitario de
las mascarillas sanitarias disminuyó paulatinamente de 0,77 euros/unidad en marzo a 0,36 en
el mes de julio y el precio unitario de las mascarillas FFP2/KN95 bajó de 3,70 a 0,80
euros/unidad entre los meses de marzo diciembre de 2020.
La adquisición de Kits reactivos PCR y test para la detección del COVID-19 supuso, tras la
compra de las mascarillas, el segundo gasto más importante de la contratación de
emergencia vinculada al COVID-19, ascendiendo al 15 % del gasto total realizado. El precio
medio disminuyó paulatinamente de 26,08 a 19 euros/unidad entre el mes de abril y el mes de
noviembre en el caso de los kits reactivos PCR y de 6,50 a 4,52 euros/unidad entre los meses
de marzo y diciembre de 2020 en el caso de los test rápidos de antígenos.
La adquisición de guantes de nitrilo constituyó el tercer gasto más importante de la
contratación de emergencia vinculada al COVID-19, ascendiendo al 9 % del gasto total
realizado. El precio medio disminuyó de 0,19 a 0,10 euros/unidad entre el mes de marzo y el
mes de diciembre de 2020.
Las Comunidades y Ciudades Autónomas frecuentemente omiten la realización de un análisis
de los elementos que pudieran ser tenidos en cuenta para la formación de los precios o para
decidir el volumen de las compras.
En relación con el análisis de la regularidad en el empleo de la tramitación de emergencia y
su justificación (Epígrafe II.4.1)
9.
Con carácter general, el objeto de los contratos fiscalizados estuvo directa o indirectamente
vinculado a la adopción de medidas para hacer frente a la situación sanitaria causada por el
COVID-19 y las prestaciones adquiridas persiguieron la consecución de dicha finalidad,
ajustándose a las previsiones del artículo 16 el RD-L 7/2020 y del artículo 120 de la LCSP, si
bien, se han detectado contratos en los que la justificación de la tramitación de emergencia ha
de calificarse como indebida, inadecuada o insuficiente y supuestos que ponen de relieve una
defectuosa planificación de la gestión contractual, que, de haberse planificado correctamente,
hubiera evitado tener que acudir a la emergencia.
Las deficiencias e irregularidades advertidas en relación con la utilización de la emergencia
son referentes a la falta de su justificación, a su justificación de forma genérica, a su
motivación en necesidades conocidas con anterioridad a la situación de emergencia sanitaria
ocasionada por el COVID-19 o a su relación con procedimientos contractuales que, en el
momento de declaración de la emergencia, ya se encontraban en tramitación.
10. En cuatro de los 62 contratos examinados de la Comunidad Autónoma de Cantabria las
declaraciones de emergencia son genéricas y presentan deficiencias.
11. Dos de los 103 contratos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha presentan
deficiencias por la falta de justificación de la emergencia de la contratación que se estaba
llevando a cabo.
cve: BOE-A-2024-16163
Verificable en https://www.boe.es
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Sec. III. Pág. 99859
La mayor parte de los adjudicatarios de la contratación de emergencia vinculada al COVID-19
fueron proveedores de material sanitario, concentrándose el importe de adjudicación en la
mayoría de los casos en un reducido número de proveedores.
La adquisición de mascarillas constituyó el gasto más importante de la contratación de
emergencia vinculada al COVID-19, ascendiendo al 25 % del gasto total realizado, el 10 % se
gastó en las mascarillas quirúrgicas y el 14 % en mascarillas FFP2/KN95. El precio unitario de
las mascarillas sanitarias disminuyó paulatinamente de 0,77 euros/unidad en marzo a 0,36 en
el mes de julio y el precio unitario de las mascarillas FFP2/KN95 bajó de 3,70 a 0,80
euros/unidad entre los meses de marzo diciembre de 2020.
La adquisición de Kits reactivos PCR y test para la detección del COVID-19 supuso, tras la
compra de las mascarillas, el segundo gasto más importante de la contratación de
emergencia vinculada al COVID-19, ascendiendo al 15 % del gasto total realizado. El precio
medio disminuyó paulatinamente de 26,08 a 19 euros/unidad entre el mes de abril y el mes de
noviembre en el caso de los kits reactivos PCR y de 6,50 a 4,52 euros/unidad entre los meses
de marzo y diciembre de 2020 en el caso de los test rápidos de antígenos.
La adquisición de guantes de nitrilo constituyó el tercer gasto más importante de la
contratación de emergencia vinculada al COVID-19, ascendiendo al 9 % del gasto total
realizado. El precio medio disminuyó de 0,19 a 0,10 euros/unidad entre el mes de marzo y el
mes de diciembre de 2020.
Las Comunidades y Ciudades Autónomas frecuentemente omiten la realización de un análisis
de los elementos que pudieran ser tenidos en cuenta para la formación de los precios o para
decidir el volumen de las compras.
En relación con el análisis de la regularidad en el empleo de la tramitación de emergencia y
su justificación (Epígrafe II.4.1)
9.
Con carácter general, el objeto de los contratos fiscalizados estuvo directa o indirectamente
vinculado a la adopción de medidas para hacer frente a la situación sanitaria causada por el
COVID-19 y las prestaciones adquiridas persiguieron la consecución de dicha finalidad,
ajustándose a las previsiones del artículo 16 el RD-L 7/2020 y del artículo 120 de la LCSP, si
bien, se han detectado contratos en los que la justificación de la tramitación de emergencia ha
de calificarse como indebida, inadecuada o insuficiente y supuestos que ponen de relieve una
defectuosa planificación de la gestión contractual, que, de haberse planificado correctamente,
hubiera evitado tener que acudir a la emergencia.
Las deficiencias e irregularidades advertidas en relación con la utilización de la emergencia
son referentes a la falta de su justificación, a su justificación de forma genérica, a su
motivación en necesidades conocidas con anterioridad a la situación de emergencia sanitaria
ocasionada por el COVID-19 o a su relación con procedimientos contractuales que, en el
momento de declaración de la emergencia, ya se encontraban en tramitación.
10. En cuatro de los 62 contratos examinados de la Comunidad Autónoma de Cantabria las
declaraciones de emergencia son genéricas y presentan deficiencias.
11. Dos de los 103 contratos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha presentan
deficiencias por la falta de justificación de la emergencia de la contratación que se estaba
llevando a cabo.
cve: BOE-A-2024-16163
Verificable en https://www.boe.es
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