III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16163)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los contratos de emergencia celebrados en 2020 para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 por las comunidades autónomas y ciudades autónomas sin Órgano de Control Externo propio.
139 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99833
- En el contrato 25/2020, de dotación, lavado y planchado de uniformes, adjudicado por la
Gerencia de Atención Primaria por 150.000 euros, constan solo facturas conformadas por
12.637,57 euros de los 150.000 euros del contrato.
- En el contrato 27/2020, de adquisición e instalación de 29 puertas automáticas en distintos
centros, adjudicado por la Gerencia de Atención Primaria el 16 de junio de 2020 por 162.629,36
euros, la primera factura es de 11 de septiembre de 202013, lo que supone la infracción del
artículo 120.1.c) de la LCSP.
- En el contrato 34/2020, de suministro de hisopos, adjudicado por el SCS por 198.000 euros,
constan albaranes de entrega sin firma, y no consta acta de recepción del suministro.
- En el contrato 40/2020, tratado en el apartado II.4.4., no se cumplió con el plazo de ejecución de
4 meses. Además, la primera factura es de 20 de septiembre de 2020 lo que supone una
vulneración del plazo de un mes fijado para el inicio de la ejecución por el artículo 120.1.c)
LCSP.
- En el contrato 42/2020, Suministro de 40.000 unidades de batas desechables destinadas a los
centros de atención a la dependencia del ICASS, adjudicado por el ICASS el 21 de julio de 2020
por 120.000 euros, la factura es de 19 de septiembre de 2020 lo que supone el incumplimiento
del plazo de un mes fijado por el artículo 120.1.c) de la LCSP para el inicio de la ejecución.14
- En el contrato 44/2020, tratado en el apartado II.4.1, la ejecución comenzó a efectuarse cinco
meses después de la adjudicación del contrato lo que supone la vulneración del plazo de un mes
fijado por el artículo 120.1.c) de la LCSP para el inicio de la ejecución.
- En el contrato 48/2020, tratado en el apartado II.4.5, la ejecución comenzó a efectuarse tres
meses después de la adjudicación del contrato lo que supone la contravención del plazo de un
mes fijado por el artículo 120.1.c) de la LCSP para el inicio de la ejecución.15
- En el contrato 50/2020, Mascarillas FFP2, adjudicado por el SCS el 4 de mayo de 2020 por
124.000 euros, el albarán y las facturas están fechadas en diciembre, por lo que se incumplió el
plazo de un mes para el inicio de la ejecución fijado por el artículo 120.1.c) de la LCSP y el plazo
fijado en la resolución de adjudicación, 7 días para las primeras 20.000 mascarillas y un mes
para el resto.
En relación con esta incidencia cabe destacar que, si bien hubo problemas con el test de
validación en origen, consta la aprobación de su calidad el 2 de junio de 2020 y la entrega se
produce en diciembre, seis meses después.
13
14
En alegaciones se indica que el retraso se debe a las dificultades logísticas
En alegaciones aportan un albarán incompleto y sin sello ni firma.
En alegaciones se señala que: “El desfase advertido entre la adjudicación y la ejecución y/o pago en este contrato,
así como en otros contenidos en este informe, obedece a la falta de habilitación presupuestaria, circunstancia ajena al
SCS”
15
cve: BOE-A-2024-16163
Verificable en https://www.boe.es
- En el contrato 51/2020, tratado en el apartado II.4.5, la resolución de adjudicación se firmó el 25
de mayo de 2020 y la entrega se realizó el 7 de agosto, dos meses y medio después, lo que
supone la contravención del plazo de un mes fijado por el artículo 120 de la LCSP para el inicio
de la ejecución.
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99833
- En el contrato 25/2020, de dotación, lavado y planchado de uniformes, adjudicado por la
Gerencia de Atención Primaria por 150.000 euros, constan solo facturas conformadas por
12.637,57 euros de los 150.000 euros del contrato.
- En el contrato 27/2020, de adquisición e instalación de 29 puertas automáticas en distintos
centros, adjudicado por la Gerencia de Atención Primaria el 16 de junio de 2020 por 162.629,36
euros, la primera factura es de 11 de septiembre de 202013, lo que supone la infracción del
artículo 120.1.c) de la LCSP.
- En el contrato 34/2020, de suministro de hisopos, adjudicado por el SCS por 198.000 euros,
constan albaranes de entrega sin firma, y no consta acta de recepción del suministro.
- En el contrato 40/2020, tratado en el apartado II.4.4., no se cumplió con el plazo de ejecución de
4 meses. Además, la primera factura es de 20 de septiembre de 2020 lo que supone una
vulneración del plazo de un mes fijado para el inicio de la ejecución por el artículo 120.1.c)
LCSP.
- En el contrato 42/2020, Suministro de 40.000 unidades de batas desechables destinadas a los
centros de atención a la dependencia del ICASS, adjudicado por el ICASS el 21 de julio de 2020
por 120.000 euros, la factura es de 19 de septiembre de 2020 lo que supone el incumplimiento
del plazo de un mes fijado por el artículo 120.1.c) de la LCSP para el inicio de la ejecución.14
- En el contrato 44/2020, tratado en el apartado II.4.1, la ejecución comenzó a efectuarse cinco
meses después de la adjudicación del contrato lo que supone la vulneración del plazo de un mes
fijado por el artículo 120.1.c) de la LCSP para el inicio de la ejecución.
- En el contrato 48/2020, tratado en el apartado II.4.5, la ejecución comenzó a efectuarse tres
meses después de la adjudicación del contrato lo que supone la contravención del plazo de un
mes fijado por el artículo 120.1.c) de la LCSP para el inicio de la ejecución.15
- En el contrato 50/2020, Mascarillas FFP2, adjudicado por el SCS el 4 de mayo de 2020 por
124.000 euros, el albarán y las facturas están fechadas en diciembre, por lo que se incumplió el
plazo de un mes para el inicio de la ejecución fijado por el artículo 120.1.c) de la LCSP y el plazo
fijado en la resolución de adjudicación, 7 días para las primeras 20.000 mascarillas y un mes
para el resto.
En relación con esta incidencia cabe destacar que, si bien hubo problemas con el test de
validación en origen, consta la aprobación de su calidad el 2 de junio de 2020 y la entrega se
produce en diciembre, seis meses después.
13
14
En alegaciones se indica que el retraso se debe a las dificultades logísticas
En alegaciones aportan un albarán incompleto y sin sello ni firma.
En alegaciones se señala que: “El desfase advertido entre la adjudicación y la ejecución y/o pago en este contrato,
así como en otros contenidos en este informe, obedece a la falta de habilitación presupuestaria, circunstancia ajena al
SCS”
15
cve: BOE-A-2024-16163
Verificable en https://www.boe.es
- En el contrato 51/2020, tratado en el apartado II.4.5, la resolución de adjudicación se firmó el 25
de mayo de 2020 y la entrega se realizó el 7 de agosto, dos meses y medio después, lo que
supone la contravención del plazo de un mes fijado por el artículo 120 de la LCSP para el inicio
de la ejecución.