III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16158)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación de emergencia celebrada durante el ejercicio 2020 en el ámbito de la Administración Socio-Laboral y de la Seguridad Social como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 99399

RECOMENDACIONES
1. Sin perjuicio de que en los supuestos de tramitación de emergencia de contratos públicos la ley no exija
la formación del correspondiente expediente administrativo, siempre que sea compatible con la atención
a la emergencia que se trata de resolver debería procurarse la formalización del contrato en un
documento escrito en el que se consignasen, de la forma más precisa y definida posible, las concretas
prestaciones objeto del contrato, con la finalidad de garantizar, y en su caso poder exigir
contractualmente, la adecuada satisfacción de las necesidades de emergencia que se pretenden cubrir.
2. Con la finalidad de asegurar el adecuado cumplimiento del contrato los órganos de contratación deben
realizar, siempre que sea compatible con la atención inmediata de la emergencia planteada, una
verificación suficiente de la capacidad y solvencia de las empresas adjudicatarias.
3. Salvo en los supuestos en que la emergencia fuera tal que la finalidad del contrato pudiera verse
comprometida, resultaría aconsejable, como buena práctica de gestión, que los órganos de contratación
soliciten ofertas de diferentes licitadores, y, en su caso, negocien los términos del contrato susceptibles
de ello.

Madrid, 26 de mayo de 2022
LA PRESIDENTA

cve: BOE-A-2024-16158
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Enriqueta Chicano Jávega