III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16158)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación de emergencia celebrada durante el ejercicio 2020 en el ámbito de la Administración Socio-Laboral y de la Seguridad Social como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99359
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
En los siguientes epígrafes se analiza, la contratación de emergencia integrante de la muestra seleccionada
por cada una de las entidades fiscalizadas, exponiendo las principales incidencias observadas como resultado
de este análisis, estructuradas de conformidad con los objetivos de la presente fiscalización.
II.1. CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN LEGAL DE REMISIÓN DE DOCUMENTACIÓN AL TRIBUNAL
DE CUENTAS
II.1.1. RELACIONES DE CONTRATOS
Las entidades incluidas en el ámbito subjetivo de la fiscalización enumeradas en el subapartado I.2 del presente
Informe han remitido a este Tribunal de Cuentas la relación comprensiva de la contratación celebrada en el ejercicio
2020, cumpliendo lo dispuesto en la Instrucción General relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de
los extractos de los expedientes de contratación y convenios y de las relaciones de contratos, convenios y encargos
a medios propios personificados celebrados por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico, aprobada
por su Pleno en sesión de 28 de junio de 2018.
No obstante lo anterior, IBERMUTUA, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274, remitió la relación
certificada, por un importe de 39.243.967,50 euros, el 18 de marzo de 2021, con posterioridad a la finalización
del plazo señalado para la rendición de estas relaciones, que vence el último día del mes de febrero del
ejercicio siguiente al que se refieren los contratos, si bien ha sido tenida en cuenta en la presente fiscalización.
Además, como resultado de contrastar la información contenida en las relaciones certificadas de contratos y
los expedientes de contratación remitidos a este Tribunal, se han detectado las siguientes incidencias:
•
•
En la relación certificada remitida por la GISS no constan los expedientes números 2020/8202 y
2020/8208.
En la relación certificada de Ibermutua, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social número 274, no se
han incluido los siguientes expedientes de contratación: CG-2020/2821/0122, CG-2020/2821/0130, CG2020/2821/0133, CG-2020/2821/0152, CG-2020/2821/0153 y CG-2020/2821/0167.
En la relación certificada remitida por el INGESA aparecen duplicados nueve contratos (expedientes COVID
20 (8.678.121,67 euros), COVID 56 (664.383,17 euros), 69 (1.905.863,08 euros), 74 (869.826,65 euros), 78
(761.280,00 euros), 80 (22.500.000,00 euros), 81 (722.301,25 euros), 83 (291.108,30 euros) y 87 (171.500,00
euros).
II.1.2. EXTRACTOS DE EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN
Sin embargo, algunos expedientes de contratación no fueron remitidos de oficio por las entidades en el plazo
de tres meses desde su formalización, tal y como resulta obligatorio, y fueron remitidos con posterioridad, tras
el requerimiento de este Tribunal, lo que ha permitido su inclusión en la muestra para su fiscalización. Se trata
en concreto de los siguientes:
Expedientes números Covid 66, Covid 71 y Covid 64 (INGESA).
Expediente número 2020/8207 (GISS).
cve: BOE-A-2024-16158
Verificable en https://www.boe.es
Con carácter general, las entidades fiscalizadas han cumplido con la obligación de remitir, “…dentro de los
tres meses siguientes a la formalización…”, los extractos de los expedientes de los contratos formalizados
durante el ejercicio 2020 que superaron los importes establecidos en la mencionada Instrucción General.
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99359
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
En los siguientes epígrafes se analiza, la contratación de emergencia integrante de la muestra seleccionada
por cada una de las entidades fiscalizadas, exponiendo las principales incidencias observadas como resultado
de este análisis, estructuradas de conformidad con los objetivos de la presente fiscalización.
II.1. CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN LEGAL DE REMISIÓN DE DOCUMENTACIÓN AL TRIBUNAL
DE CUENTAS
II.1.1. RELACIONES DE CONTRATOS
Las entidades incluidas en el ámbito subjetivo de la fiscalización enumeradas en el subapartado I.2 del presente
Informe han remitido a este Tribunal de Cuentas la relación comprensiva de la contratación celebrada en el ejercicio
2020, cumpliendo lo dispuesto en la Instrucción General relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de
los extractos de los expedientes de contratación y convenios y de las relaciones de contratos, convenios y encargos
a medios propios personificados celebrados por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico, aprobada
por su Pleno en sesión de 28 de junio de 2018.
No obstante lo anterior, IBERMUTUA, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274, remitió la relación
certificada, por un importe de 39.243.967,50 euros, el 18 de marzo de 2021, con posterioridad a la finalización
del plazo señalado para la rendición de estas relaciones, que vence el último día del mes de febrero del
ejercicio siguiente al que se refieren los contratos, si bien ha sido tenida en cuenta en la presente fiscalización.
Además, como resultado de contrastar la información contenida en las relaciones certificadas de contratos y
los expedientes de contratación remitidos a este Tribunal, se han detectado las siguientes incidencias:
•
•
En la relación certificada remitida por la GISS no constan los expedientes números 2020/8202 y
2020/8208.
En la relación certificada de Ibermutua, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social número 274, no se
han incluido los siguientes expedientes de contratación: CG-2020/2821/0122, CG-2020/2821/0130, CG2020/2821/0133, CG-2020/2821/0152, CG-2020/2821/0153 y CG-2020/2821/0167.
En la relación certificada remitida por el INGESA aparecen duplicados nueve contratos (expedientes COVID
20 (8.678.121,67 euros), COVID 56 (664.383,17 euros), 69 (1.905.863,08 euros), 74 (869.826,65 euros), 78
(761.280,00 euros), 80 (22.500.000,00 euros), 81 (722.301,25 euros), 83 (291.108,30 euros) y 87 (171.500,00
euros).
II.1.2. EXTRACTOS DE EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN
Sin embargo, algunos expedientes de contratación no fueron remitidos de oficio por las entidades en el plazo
de tres meses desde su formalización, tal y como resulta obligatorio, y fueron remitidos con posterioridad, tras
el requerimiento de este Tribunal, lo que ha permitido su inclusión en la muestra para su fiscalización. Se trata
en concreto de los siguientes:
Expedientes números Covid 66, Covid 71 y Covid 64 (INGESA).
Expediente número 2020/8207 (GISS).
cve: BOE-A-2024-16158
Verificable en https://www.boe.es
Con carácter general, las entidades fiscalizadas han cumplido con la obligación de remitir, “…dentro de los
tres meses siguientes a la formalización…”, los extractos de los expedientes de los contratos formalizados
durante el ejercicio 2020 que superaron los importes establecidos en la mencionada Instrucción General.