III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-16205)
Resolución de 24 de julio de 2024, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Alfonso X el Sabio, relativo a la colaboración en estudios de grado y postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 100604
La denuncia del convenio deberá ser formalizada a través de la Comisión de
Seguimiento con tres meses de antelación a la fecha en la que desee la terminación del
mismo o, en su caso, de su prórroga.
En caso de resolución del convenio, las partes quedan obligadas al cumplimiento de
sus respectivos compromisos hasta la fecha en que ésta se produzca, y dará lugar a la
liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de
cada una de las Partes en los términos establecidos en el artículo 52 de la Ley 40/2015.
Duodécima.
Ley aplicable.
El presente convenio se regirá, íntegramente, por lo previsto en la Ley 40/2015, de 1
de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse sobre la interpretación y aplicación
del presente convenio se resolverán, en primer término, por las partes de común acuerdo
en el seno de la comisión de seguimiento, y en su defecto, por los Juzgados y Tribunales
del orden Contencioso-Administrativo.
Decimotercera.
Resolución de convenio anterior.
Se acuerda resolver el convenio firmado 07 de octubre de 2020 referido en el
expositivo cuarto, dando lugar a su liquidación y extinción desde el registro del presente
convenio en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al convenio firmado en fecha 7 de octubre de 2020, que por consiguiente se
declara resuelto, liquidado y extinto.
cve: BOE-A-2024-16205
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, las partes firman este documento.–Por la Universidad
Alfonso X el Sabio, la Rectora, Ana Isabel Fernández Martínez.–Por el CIEMAT, la
Directora General, Yolanda Benito Moreno.
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 100604
La denuncia del convenio deberá ser formalizada a través de la Comisión de
Seguimiento con tres meses de antelación a la fecha en la que desee la terminación del
mismo o, en su caso, de su prórroga.
En caso de resolución del convenio, las partes quedan obligadas al cumplimiento de
sus respectivos compromisos hasta la fecha en que ésta se produzca, y dará lugar a la
liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de
cada una de las Partes en los términos establecidos en el artículo 52 de la Ley 40/2015.
Duodécima.
Ley aplicable.
El presente convenio se regirá, íntegramente, por lo previsto en la Ley 40/2015, de 1
de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse sobre la interpretación y aplicación
del presente convenio se resolverán, en primer término, por las partes de común acuerdo
en el seno de la comisión de seguimiento, y en su defecto, por los Juzgados y Tribunales
del orden Contencioso-Administrativo.
Decimotercera.
Resolución de convenio anterior.
Se acuerda resolver el convenio firmado 07 de octubre de 2020 referido en el
expositivo cuarto, dando lugar a su liquidación y extinción desde el registro del presente
convenio en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al convenio firmado en fecha 7 de octubre de 2020, que por consiguiente se
declara resuelto, liquidado y extinto.
cve: BOE-A-2024-16205
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, las partes firman este documento.–Por la Universidad
Alfonso X el Sabio, la Rectora, Ana Isabel Fernández Martínez.–Por el CIEMAT, la
Directora General, Yolanda Benito Moreno.