I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuestos. (BOE-A-2024-16129)
Orden HAC/819/2024, de 30 de julio, por la que se modifica la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: Recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales; y se modifican los Anexos I y II de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, así como otra normativa tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. I. Pág. 99215

artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales y se modifican los
anexos I y II de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban
los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación
mensual, modelo agregado, así como otra normativa tributaria, se sustituye por el anexo
de esta orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» y se aplicará por primera vez a las autoliquidaciones del Impuesto
sobre el Valor Añadido, modelo 303, correspondientes a los siguientes periodos de
liquidación:
a) En el caso de sujetos pasivos con periodo de liquidación mensual, se aplicará
por primera vez a la autoliquidación de septiembre de 2024.
b) En el caso de sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral, se aplicará
por primera vez a la autoliquidación del tercer trimestre de 2024.
Madrid, 30 de julio de 2024.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra
de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.

cve: BOE-A-2024-16129
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Núm. 188