II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-16056)
Resolución de 29 de julio de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 98974
el caso de que no soliciten el puesto que ocupan en adscripción provisional, y este fuera
adjudicado en el concurso, no existirá obligación de asignarles un puesto de trabajo en la
misma localidad.
7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Las personas que procedan de la situación administrativa de suspensión firme de
funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado
el periodo de suspensión.
Tercera. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Secretaría
General del Consejo de Seguridad Nuclear, Subdirección de Personal y Administración,
ajustándose al modelo publicado como anexo II a esta resolución, y se presentarán en el
plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la
presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». El mes de agosto se considera
inhábil a efectos del plazo de presentación de solicitudes.
La forma de presentación será por medios electrónicos a través de la sede
electrónica del Consejo de Seguridad Nuclear, para ello es preciso acceder al sitio
https://sede.csn.gob.es/ Apartado Registro General y Recursos del menú - Otros
Trámites (en la parte inferior de la página de inicio). Asimismo, se pueden registrar y
enviar electrónicamente los documentos dirigidos al CSN a través del Registro
Electrónico General de la AGE (o Registro Electrónico Común) siguiendo la ruta: https://
sede.administracion.gob.es/ > Servicios Electrónicos > Registro Electrónico General de
la AGE.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este
medio, podrá hacerlo, con carácter excepcional, en el Registro del CSN (calle Pedro
Justo Dorado Dellmans, 11, 28040 Madrid) o en los registros a los que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación
que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través de la sede
electrónica del Consejo de Seguridad Nuclear.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo sin reserva de puesto de trabajo o que no presten servicios en la
Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su
solicitud, podrán presentarla, asimismo, con carácter excepcional, en tanto se habilite
esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
Solicitud de participación y destinos solicitados por orden de
Certificado de méritos.
Méritos específicos alegados por el concursante.
Certificado de funciones.
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
El incumplimiento de lo dispuesto en los párrafos anteriores podrá ser causa de
exclusión de la participación en el concurso.
cve: BOE-A-2024-16056
Verificable en https://www.boe.es
– Anexo II.
preferencia.
– Anexo III.
– Anexo IV.
– Anexo V.
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 98974
el caso de que no soliciten el puesto que ocupan en adscripción provisional, y este fuera
adjudicado en el concurso, no existirá obligación de asignarles un puesto de trabajo en la
misma localidad.
7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Las personas que procedan de la situación administrativa de suspensión firme de
funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado
el periodo de suspensión.
Tercera. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Secretaría
General del Consejo de Seguridad Nuclear, Subdirección de Personal y Administración,
ajustándose al modelo publicado como anexo II a esta resolución, y se presentarán en el
plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la
presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». El mes de agosto se considera
inhábil a efectos del plazo de presentación de solicitudes.
La forma de presentación será por medios electrónicos a través de la sede
electrónica del Consejo de Seguridad Nuclear, para ello es preciso acceder al sitio
https://sede.csn.gob.es/ Apartado Registro General y Recursos del menú - Otros
Trámites (en la parte inferior de la página de inicio). Asimismo, se pueden registrar y
enviar electrónicamente los documentos dirigidos al CSN a través del Registro
Electrónico General de la AGE (o Registro Electrónico Común) siguiendo la ruta: https://
sede.administracion.gob.es/ > Servicios Electrónicos > Registro Electrónico General de
la AGE.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este
medio, podrá hacerlo, con carácter excepcional, en el Registro del CSN (calle Pedro
Justo Dorado Dellmans, 11, 28040 Madrid) o en los registros a los que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación
que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través de la sede
electrónica del Consejo de Seguridad Nuclear.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo sin reserva de puesto de trabajo o que no presten servicios en la
Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su
solicitud, podrán presentarla, asimismo, con carácter excepcional, en tanto se habilite
esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
Solicitud de participación y destinos solicitados por orden de
Certificado de méritos.
Méritos específicos alegados por el concursante.
Certificado de funciones.
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
El incumplimiento de lo dispuesto en los párrafos anteriores podrá ser causa de
exclusión de la participación en el concurso.
cve: BOE-A-2024-16056
Verificable en https://www.boe.es
– Anexo II.
preferencia.
– Anexo III.
– Anexo IV.
– Anexo V.