III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16119)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto de las Mujeres, O.A., para colaborar en la realización del encuentro «Mujeres y conflictos internacionales: la perspectiva de género en la gestión y resolución de los conflictos armados».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99166
La UIMP mantendrá indemne al Instituto de las Mujeres de cualquier reclamación
que se pueda recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la
propia UIMP realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado,
alumnado, empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse
afectada.
III. Compromiso económico.
i. La UIMP se compromete a aplicar al Encuentro la cantidad que aporta el Instituto
de las Mujeres según se recoge en la cláusula segunda, de acuerdo con el presupuesto
aprobado y las partidas de gastos en el mismo incluidas, asumiendo como aportación al
convenio el gasto que no se cubra con la misma, esto es, la partida correspondiente a
becas, por un importe de mil novecientos ochenta euros (1.980,00 €).
ii. La UIMP asume la gestión económica del gasto tal y como se establece en el
apartado II de la cláusula tercera, correspondiente a las aportaciones de ambas
entidades en relación con este convenio. Los gastos correspondientes a la realización
del curso ascienden a un máximo de veintiocho mil quinientos noventa y cinco euros
(28.595 €), según se recoge en el presupuesto que figura como anexo II. De este
importe:
– la cantidad de 14.995,00 euros, correspondiente a los gastos de manutención del
profesorado, otros gastos (cuadernos, carpetas y otros materiales, publicidad general,
programas, streaming y gastos de infraestructura de mantenimiento y limpieza de
locales, vigilancia y personal) y becas de la convocatoria oficial de la UIMP se realizará
mediante aportación de medios personales propios con cargo a los créditos de personal
del presupuesto ordinario de la UIMP, con cargo a expedientes de contratación ya
gestionados con carácter general para el conjunto de la programación según la
legislación aplicable, y a través de la convocatoria general de becas para el conjunto de
su programación, que la UIMP ya ha aprobado y publicado de acuerdo con el
procedimiento económico y administrativo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. Por tanto, no es preciso aprobar un gasto
específico adicional por estos conceptos vinculado a este convenio.
– el resto del compromiso económico, 13.600,00 euros, correspondiente a los
honorarios del profesorado (intervención en el programa, viaje y alojamiento) irá con
cargo al concepto 28.101.322C.226.06 de su presupuesto de gastos vigente en el cual
existe crédito adecuado y suficiente, para lo cual se aprueba el correspondiente gasto.
iii. La UIMP se compromete a presentar al Instituto de las Mujeres, una vez
finalizado el encuentro y antes del 31 de octubre de 2024, el documento de liquidación
final del presupuesto en el que se revisarán las unidades realmente ejecutadas de cada
partida de acuerdo con los importes unitarios aprobados en el presupuesto que se
incluye como anexo II, según se ha indicado en el apartado III de la cláusula segunda.
La UIMP se compromete a destacar la colaboración del Instituto de las Mujeres en
cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro, respetando en
todo caso el logotipo y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
La difusión de esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación
de servicios.
Cuarta.
Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. La titularidad y derechos de autoría de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso
del profesorado que las haya elaborado e impartido. No obstante, dichas autoras y/o
cve: BOE-A-2024-16119
Verificable en https://www.boe.es
IV. Difusión.
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99166
La UIMP mantendrá indemne al Instituto de las Mujeres de cualquier reclamación
que se pueda recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la
propia UIMP realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado,
alumnado, empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse
afectada.
III. Compromiso económico.
i. La UIMP se compromete a aplicar al Encuentro la cantidad que aporta el Instituto
de las Mujeres según se recoge en la cláusula segunda, de acuerdo con el presupuesto
aprobado y las partidas de gastos en el mismo incluidas, asumiendo como aportación al
convenio el gasto que no se cubra con la misma, esto es, la partida correspondiente a
becas, por un importe de mil novecientos ochenta euros (1.980,00 €).
ii. La UIMP asume la gestión económica del gasto tal y como se establece en el
apartado II de la cláusula tercera, correspondiente a las aportaciones de ambas
entidades en relación con este convenio. Los gastos correspondientes a la realización
del curso ascienden a un máximo de veintiocho mil quinientos noventa y cinco euros
(28.595 €), según se recoge en el presupuesto que figura como anexo II. De este
importe:
– la cantidad de 14.995,00 euros, correspondiente a los gastos de manutención del
profesorado, otros gastos (cuadernos, carpetas y otros materiales, publicidad general,
programas, streaming y gastos de infraestructura de mantenimiento y limpieza de
locales, vigilancia y personal) y becas de la convocatoria oficial de la UIMP se realizará
mediante aportación de medios personales propios con cargo a los créditos de personal
del presupuesto ordinario de la UIMP, con cargo a expedientes de contratación ya
gestionados con carácter general para el conjunto de la programación según la
legislación aplicable, y a través de la convocatoria general de becas para el conjunto de
su programación, que la UIMP ya ha aprobado y publicado de acuerdo con el
procedimiento económico y administrativo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. Por tanto, no es preciso aprobar un gasto
específico adicional por estos conceptos vinculado a este convenio.
– el resto del compromiso económico, 13.600,00 euros, correspondiente a los
honorarios del profesorado (intervención en el programa, viaje y alojamiento) irá con
cargo al concepto 28.101.322C.226.06 de su presupuesto de gastos vigente en el cual
existe crédito adecuado y suficiente, para lo cual se aprueba el correspondiente gasto.
iii. La UIMP se compromete a presentar al Instituto de las Mujeres, una vez
finalizado el encuentro y antes del 31 de octubre de 2024, el documento de liquidación
final del presupuesto en el que se revisarán las unidades realmente ejecutadas de cada
partida de acuerdo con los importes unitarios aprobados en el presupuesto que se
incluye como anexo II, según se ha indicado en el apartado III de la cláusula segunda.
La UIMP se compromete a destacar la colaboración del Instituto de las Mujeres en
cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro, respetando en
todo caso el logotipo y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
La difusión de esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación
de servicios.
Cuarta.
Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. La titularidad y derechos de autoría de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso
del profesorado que las haya elaborado e impartido. No obstante, dichas autoras y/o
cve: BOE-A-2024-16119
Verificable en https://www.boe.es
IV. Difusión.