III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16119)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto de las Mujeres, O.A., para colaborar en la realización del encuentro «Mujeres y conflictos internacionales: la perspectiva de género en la gestión y resolución de los conflictos armados».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99165
Mujeres no asumirá ningún pago a la UIMP por importe superior a la cantidad indicada
en este párrafo.
Dicho
compromiso
económico
irá
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 30.101.232B.226.10 de su presupuesto vigente de gastos, en la cual
existe crédito adecuado y suficiente, y se abonará mediante transferencia a la cuenta n.º
ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid. Se establecen como
requisitos para el pago que se haya celebrado el encuentro de conformidad con lo
previsto y que se haya emitido por parte de la UIMP, antes del 31 de octubre de 2024, el
correspondiente documento de la liquidación final del presupuesto en el que se revisarán
las unidades realmente ejecutadas de cada partida de acuerdo con los importes unitarios
aprobados en el presupuesto que se incluye como anexo II. El importe final no podrá
superar en ningún caso el máximo indicado en el párrafo anterior. Las personas
responsables del seguimiento, vigilancia y control del convenio certificarán
conjuntamente el cumplimiento de los requisitos indicados para el pago. Este pago se
deberá realizar en el plazo máximo de treinta días desde la emisión de la certificación
indicada y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2024.
En el caso de que se acordara la no celebración del encuentro por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnado requerido según la normativa de la
UIMP, o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, el
Instituto de las Mujeres únicamente deberá hacer una aportación económica a la UIMP
por el importe de aquellos gastos que ya se hubieran realizado antes de la cancelación
del encuentro y no pudieran recuperarse, según liquidación que presentará la UIMP.
Tercera.
Compromisos asumidos por la UIMP.
I. Aspectos académicos.
– Corresponde a la UIMP el nombramiento de la persona que se encargará de la
dirección académica del encuentro, a propuesta del Instituto de las Mujeres, así como la
aprobación del programa definitivo y de las normas conforme a las que debe
desarrollarse el encuentro, en especial toda la normativa relativa a criterios de admisión
o cualquier otro asunto relativo al alumnado, vigilando en todo momento que se cumpla
el más escrupuloso respeto a la independencia de la propia institución y de las personas
que participan en el programa.
– La UIMP avalará académicamente este encuentro, emitiendo los correspondientes
diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y
aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones
académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se responsabilizará del control de
asistencia del alumnado.
– La UIMP realizará la recopilación de datos vinculados a la participación y
valoración posterior de los resultados del curso incluyendo variables que permitan la
posterior desagregación de los mismos por género con el fin de que posibiliten el análisis
de la situación y resultados de mujeres y hombres.
Gestión del encuentro.
– Corresponde a la UIMP toda la gestión económica y administrativa que conlleve la
organización y celebración del encuentro dentro del conjunto de su programación
académica, conforme a su propia normativa, y conforme se indica en el apartado III.i de
esta cláusula.
– La UIMP ha incluido este encuentro dentro de su convocatoria general de becas
para el conjunto de los cursos de su programación, para promover la asistencia al
mismo, según su normativa en esta materia y la legislación que le es aplicable como
organismo público. La UIMP será la única responsable de la convocatoria, selección y
adjudicación de dichas becas.
cve: BOE-A-2024-16119
Verificable en https://www.boe.es
II.
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99165
Mujeres no asumirá ningún pago a la UIMP por importe superior a la cantidad indicada
en este párrafo.
Dicho
compromiso
económico
irá
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 30.101.232B.226.10 de su presupuesto vigente de gastos, en la cual
existe crédito adecuado y suficiente, y se abonará mediante transferencia a la cuenta n.º
ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid. Se establecen como
requisitos para el pago que se haya celebrado el encuentro de conformidad con lo
previsto y que se haya emitido por parte de la UIMP, antes del 31 de octubre de 2024, el
correspondiente documento de la liquidación final del presupuesto en el que se revisarán
las unidades realmente ejecutadas de cada partida de acuerdo con los importes unitarios
aprobados en el presupuesto que se incluye como anexo II. El importe final no podrá
superar en ningún caso el máximo indicado en el párrafo anterior. Las personas
responsables del seguimiento, vigilancia y control del convenio certificarán
conjuntamente el cumplimiento de los requisitos indicados para el pago. Este pago se
deberá realizar en el plazo máximo de treinta días desde la emisión de la certificación
indicada y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2024.
En el caso de que se acordara la no celebración del encuentro por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnado requerido según la normativa de la
UIMP, o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, el
Instituto de las Mujeres únicamente deberá hacer una aportación económica a la UIMP
por el importe de aquellos gastos que ya se hubieran realizado antes de la cancelación
del encuentro y no pudieran recuperarse, según liquidación que presentará la UIMP.
Tercera.
Compromisos asumidos por la UIMP.
I. Aspectos académicos.
– Corresponde a la UIMP el nombramiento de la persona que se encargará de la
dirección académica del encuentro, a propuesta del Instituto de las Mujeres, así como la
aprobación del programa definitivo y de las normas conforme a las que debe
desarrollarse el encuentro, en especial toda la normativa relativa a criterios de admisión
o cualquier otro asunto relativo al alumnado, vigilando en todo momento que se cumpla
el más escrupuloso respeto a la independencia de la propia institución y de las personas
que participan en el programa.
– La UIMP avalará académicamente este encuentro, emitiendo los correspondientes
diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y
aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones
académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se responsabilizará del control de
asistencia del alumnado.
– La UIMP realizará la recopilación de datos vinculados a la participación y
valoración posterior de los resultados del curso incluyendo variables que permitan la
posterior desagregación de los mismos por género con el fin de que posibiliten el análisis
de la situación y resultados de mujeres y hombres.
Gestión del encuentro.
– Corresponde a la UIMP toda la gestión económica y administrativa que conlleve la
organización y celebración del encuentro dentro del conjunto de su programación
académica, conforme a su propia normativa, y conforme se indica en el apartado III.i de
esta cláusula.
– La UIMP ha incluido este encuentro dentro de su convocatoria general de becas
para el conjunto de los cursos de su programación, para promover la asistencia al
mismo, según su normativa en esta materia y la legislación que le es aplicable como
organismo público. La UIMP será la única responsable de la convocatoria, selección y
adjudicación de dichas becas.
cve: BOE-A-2024-16119
Verificable en https://www.boe.es
II.