III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16116)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Sanidad y el Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, para articular la gestión de los procedimientos de inclusión, alteración, suspensión temporal en la oferta o baja de los alimentos para usos médicos especiales en la prestación con productos dietéticos del Sistema Nacional de Salud mediante sede electrónica, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187

Sábado 3 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 99142

publicación de manera mensual del Nomenclátor de productos dietéticos del Sistema
Nacional de Salud.
Cuarta. Compromisos comunes.
Las dos partes programarán reuniones de trabajo a las que asistirán sus técnicos y
responsables funcionales, según sea requerido, en aras de una mayor eficacia en los
distintos campos de acción.
Ambas partes se comprometen a definir, de común acuerdo, los parámetros de la
aplicación SIPRODI.
Quinta.

Financiación.

El presente convenio no comportará ningún tipo de obligación económica para la
AESAN OA.
El desarrollo e implantación de esta aplicación informática será financiado con fondos
europeos con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia dentro del
componente 18 –Renovación y ampliación de las capacidades del SNS-. I05– Plan para
la racionalización del consumo de productos farmacéuticos y fomento de la
sostenibilidad, proyecto P01 -siendo el Ministerio de Sanidad, en quien recae la
titularidad de la misma, a través de la Dirección General de Salud Digital y Sistemas de
Información para el Sistema Nacional de Salud quien asuma el coste del desarrollo,
mantenimiento y evolución de la aplicación SIPRODI.
El mantenimiento y evolución de la aplicación se financiará con presupuesto nacional
o fondos europeos, según proceda.
El coste de desarrollo e implantación de la aplicación informática es de 791.340,00
euros IVA incluido, importe ya ejecutado íntegramente en el año 2023, con cargo a la
aplicación presupuestaria 26.50.31RE.694.
El importe estimado del coste de mantenimiento anual de la aplicación es de un 20 %
del valor de desarrollo e implantación.
Sexta.

Publicidad del convenio.

Séptima. Comisión de Seguimiento del convenio.
Se establece una Comisión de Seguimiento integrada por dos representantes de
cada una de las partes, designados por los firmantes de este convenio, con nivel mínimo
de jefe de área, con el soporte técnico de las personas necesarias. La presidencia de la
Comisión recaerá en una de las personas representantes de la Secretaría de Estado de
Sanidad, en tanto que la secretaría de la misma recaerá en una de las personas
designadas por AESAN OA.

cve: BOE-A-2024-16116
Verificable en https://www.boe.es

La colaboración prestada por las partes firmantes del presente convenio constará de
manera fácilmente legible y expresa en toda la comunicación del convenio que se
realice, en cualquier medio de difusión, durante la ejecución del mismo. Para ello se
aplicará lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece
criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso
de la Administración General del Estado; y en la Resolución de 15 de junio de 2022, de
la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de
Comunicación Digital para la Administración General del Estado.
Las partes, al amparo de este convenio, podrán organizar y llevar a cabo cuantas
acciones de divulgación, formación o estudio consideren convenientes, siempre de
común acuerdo y comprometiéndose a mencionar la financiación de la aplicación
SIPRODI con cargo a fondos del Instrumento Europeo de Recuperación en cualquier
difusión que se haga del uso de la aplicación y con la misma prominencia que se dé a la
colaboración entre las partes para su desarrollo.