III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16115)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y la Fundación EOI, F.S.P, por el que se aprueba el Plan de actuación plurianual 2023-2026 del Centro de Referencia Nacional de Comercio Electrónico y Marketing Digital en el ámbito de la Formación Profesional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99135
riesgo de exclusión laboral y profesiones con escasa representación de mujeres. Para
ello, el CRN:
– Dentro de la componente 19 del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia se está trabajando en formación para personas con discapacidad. Se tratará
de cursos cortos alineados con competencias y capacidades básicas.
– Favorecerá el empleo inclusivo diseñando material accesible para los programas
de FP con la colaboración de entidades referentes en el apoyo a la diversidad.
– Impulsará la incorporación de mujeres a formación de FP y empleo en el ámbito
STEM a través de jornadas de difusión y proyectos concretos.
– Priorizará la participación de mujeres y de colectivos vulnerables o con
necesidades especiales en todas las actividades que organice.
– Todas las actividades del CRN se desarrollarán en el marco de la igualdad de
oportunidades, no discriminación, inclusión social, accesibilidad universal, gestión
medioambiental y desarrollo sostenible y seguridad y salud laboral.
Tercera.
Evaluación.
Sin perjuicio de la evaluación que debe afrontar todo Centro de Referencia Nacional,
la evaluación de Plan de Actuación plurianual deberá realizarse una vez finalizado el
plazo de vigencia del mismo, teniendo en cuenta los resultados de los Planes de Trabajo
anuales, en el plazo de nueve meses desde la finalización del último Plan de Trabajo.
Para la evaluación del Plan de Actuación Plurianual, deberán concretarse, al menos,
los siguientes aspectos, sin perjuicio de los que específicamente se acuerden por las
partes en cada Plan Anual de Trabajo:
1) Cumplimiento cuantitativo de las actuaciones específicas de los Planes de
Trabajo Anuales.
2) Niveles de cumplimiento cualitativo de los objetivos marcados.
3) Conocimiento del CRN en el ámbito de los sectores productivos de su espacio
de actuación, que podrá acreditarse a través de encuestas, impacto en medios de
comunicación, participación del tejido industrial, educativo y profesional en sus
actividades.
4) Nivel de difusión de las actividades de investigación e innovadoras.
5) Cumplimiento y aplicación de las subvenciones previstas en la normativa
aplicable, otorgadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y
Red.es y Fundación EOI.
6) Acciones en el ámbito internacional, en su caso, especialmente en los foros
relativos a la formación profesional.
Aspectos económicos.
El presente convenio se elabora en virtud de lo dispuesto en el artículo 7.3 del Real
Decreto 229/2008, de 15 de febrero, que dispone la aprobación de un Plan de Actuación
Plurianual para cada uno de los Centros de Referencia Nacional. Dicho Plan de
Actuación contendrá, de forma coherente con el Plan de Actuación Plurianual estatal
para todos los Centros de Referencia Nacional previsto en los apartados 1 y 2 del mismo
artículo, los objetivos prioritarios, los procedimientos y los mecanismos de coordinación,
seguimiento y evaluación de la Red de Centros de Referencia Nacional, así como las
Comisiones de Coordinación correspondientes.
También en aplicación del artículo 7.3 del mencionado Real Decreto 229/2008, de 15
de febrero, las actuaciones concretas a realizar y la aportación económica de la
Administración General del Estado se aprobarán mediante Resolución de la Secretaría
General de Formación Profesional tras la valoración y aprobación del correspondiente
Plan de Trabajo Anual, aportación económica que estará condicionada a la disponibilidad
presupuestaria, en aplicación del artículo 8.1 del Real Decreto 229/2008, de 15 de
cve: BOE-A-2024-16115
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99135
riesgo de exclusión laboral y profesiones con escasa representación de mujeres. Para
ello, el CRN:
– Dentro de la componente 19 del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia se está trabajando en formación para personas con discapacidad. Se tratará
de cursos cortos alineados con competencias y capacidades básicas.
– Favorecerá el empleo inclusivo diseñando material accesible para los programas
de FP con la colaboración de entidades referentes en el apoyo a la diversidad.
– Impulsará la incorporación de mujeres a formación de FP y empleo en el ámbito
STEM a través de jornadas de difusión y proyectos concretos.
– Priorizará la participación de mujeres y de colectivos vulnerables o con
necesidades especiales en todas las actividades que organice.
– Todas las actividades del CRN se desarrollarán en el marco de la igualdad de
oportunidades, no discriminación, inclusión social, accesibilidad universal, gestión
medioambiental y desarrollo sostenible y seguridad y salud laboral.
Tercera.
Evaluación.
Sin perjuicio de la evaluación que debe afrontar todo Centro de Referencia Nacional,
la evaluación de Plan de Actuación plurianual deberá realizarse una vez finalizado el
plazo de vigencia del mismo, teniendo en cuenta los resultados de los Planes de Trabajo
anuales, en el plazo de nueve meses desde la finalización del último Plan de Trabajo.
Para la evaluación del Plan de Actuación Plurianual, deberán concretarse, al menos,
los siguientes aspectos, sin perjuicio de los que específicamente se acuerden por las
partes en cada Plan Anual de Trabajo:
1) Cumplimiento cuantitativo de las actuaciones específicas de los Planes de
Trabajo Anuales.
2) Niveles de cumplimiento cualitativo de los objetivos marcados.
3) Conocimiento del CRN en el ámbito de los sectores productivos de su espacio
de actuación, que podrá acreditarse a través de encuestas, impacto en medios de
comunicación, participación del tejido industrial, educativo y profesional en sus
actividades.
4) Nivel de difusión de las actividades de investigación e innovadoras.
5) Cumplimiento y aplicación de las subvenciones previstas en la normativa
aplicable, otorgadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y
Red.es y Fundación EOI.
6) Acciones en el ámbito internacional, en su caso, especialmente en los foros
relativos a la formación profesional.
Aspectos económicos.
El presente convenio se elabora en virtud de lo dispuesto en el artículo 7.3 del Real
Decreto 229/2008, de 15 de febrero, que dispone la aprobación de un Plan de Actuación
Plurianual para cada uno de los Centros de Referencia Nacional. Dicho Plan de
Actuación contendrá, de forma coherente con el Plan de Actuación Plurianual estatal
para todos los Centros de Referencia Nacional previsto en los apartados 1 y 2 del mismo
artículo, los objetivos prioritarios, los procedimientos y los mecanismos de coordinación,
seguimiento y evaluación de la Red de Centros de Referencia Nacional, así como las
Comisiones de Coordinación correspondientes.
También en aplicación del artículo 7.3 del mencionado Real Decreto 229/2008, de 15
de febrero, las actuaciones concretas a realizar y la aportación económica de la
Administración General del Estado se aprobarán mediante Resolución de la Secretaría
General de Formación Profesional tras la valoración y aprobación del correspondiente
Plan de Trabajo Anual, aportación económica que estará condicionada a la disponibilidad
presupuestaria, en aplicación del artículo 8.1 del Real Decreto 229/2008, de 15 de
cve: BOE-A-2024-16115
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.