V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-28224)
Extracto de la Resolución del 30 de julio de 2024, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la primera convocatoria del programa de incentivos de proyectos innovadores de EERR y almacenamiento, implantación de sistemas térmicos renovables (EERR innovadoras) marco del PRTR- Next Generation EU. Programa 4: Proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento, con participación de consumidores vulnerables
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 43440
2. Las ayudas reguladas por esta orden tendrán como finalidad contribuir al
cumplimiento de los objetivos correspondientes a la inversión 1 del Componente 7,
y a la inversión 1 del Componente 31 (capítulo REPowerEU) del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden TED/765/2024, de 22 de julio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en proyectos innovadores
de energías renovables y almacenamiento, así como a la implantación de sistemas
térmicos renovables (Programa de energías renovables innovadoras), en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU.
Cuarto. Importe:
1. La dotación presupuestaria para la concesión de las ayudas establecidas en
esta convocatoria para el programa 3 Proyectos innovadores de autoconsumo
colectivo con almacenamiento, con participación de consumidores vulnerables es
de 78.070.000 de euros, del presupuesto del IDAE.
2. Los fondos destinados a la financiación de estas ayudas se realizan con
cargo al presupuesto de IDAE previa transferencia desde las aplicaciones
presupuestarias 23.50.42GA.748.05 "Al IDAE para el desarrollo de energías
renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos
productivos. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia" (C7.I01), y
23.50.42ÑA.748.12 "Al IDAE. Para la promoción de autoconsumo renovable,
almacenamiento detrás del contador y comunidades energéticas. Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia" (C31.I01) de los Presupuestos Generales del Estado
(en adelante, "Presupuesto C7" y "Presupuesto C31").
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 30 de septiembre a las
09:00 horas y finalizará a las 12:00 horas de del día 18 de noviembre de 2024.
Transcurrido dicho plazo, no serán admitidas más solicitudes.
Sexto. Otros datos:
1. El plazo para la realización de las inversiones subvencionables y ejecución
de las actuaciones objeto de la ayuda se extenderá hasta el 31 de marzo de 2025
y tendrá en cuenta lo establecido en los artículos 20 y 21 de las bases reguladoras.
El plazo de justificación será de tres meses, contados a partir de la fecha en que
expire el plazo máximo ejecución.
3. Los proyectos que se van a subvencionar en esta convocatoria son
proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento, con
participación de consumidores vulnerables, la tecnología utilizada podrá ser
fotovoltaica o eólica. Las instalaciones sólo podrán ser destinadas a autoconsumo
colectivo.
4. El promotor del proyecto presentará una única solicitud para toda la
actuación subvencionable no siendo necesario que los consumidores asociados a
cve: BOE-B-2024-28224
Verificable en https://www.boe.es
2. El Anexo I de las bases reguladoras se establecen los requisitos a cumplir
por las instalaciones subvencionables.
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 43440
2. Las ayudas reguladas por esta orden tendrán como finalidad contribuir al
cumplimiento de los objetivos correspondientes a la inversión 1 del Componente 7,
y a la inversión 1 del Componente 31 (capítulo REPowerEU) del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden TED/765/2024, de 22 de julio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en proyectos innovadores
de energías renovables y almacenamiento, así como a la implantación de sistemas
térmicos renovables (Programa de energías renovables innovadoras), en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU.
Cuarto. Importe:
1. La dotación presupuestaria para la concesión de las ayudas establecidas en
esta convocatoria para el programa 3 Proyectos innovadores de autoconsumo
colectivo con almacenamiento, con participación de consumidores vulnerables es
de 78.070.000 de euros, del presupuesto del IDAE.
2. Los fondos destinados a la financiación de estas ayudas se realizan con
cargo al presupuesto de IDAE previa transferencia desde las aplicaciones
presupuestarias 23.50.42GA.748.05 "Al IDAE para el desarrollo de energías
renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos
productivos. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia" (C7.I01), y
23.50.42ÑA.748.12 "Al IDAE. Para la promoción de autoconsumo renovable,
almacenamiento detrás del contador y comunidades energéticas. Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia" (C31.I01) de los Presupuestos Generales del Estado
(en adelante, "Presupuesto C7" y "Presupuesto C31").
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 30 de septiembre a las
09:00 horas y finalizará a las 12:00 horas de del día 18 de noviembre de 2024.
Transcurrido dicho plazo, no serán admitidas más solicitudes.
Sexto. Otros datos:
1. El plazo para la realización de las inversiones subvencionables y ejecución
de las actuaciones objeto de la ayuda se extenderá hasta el 31 de marzo de 2025
y tendrá en cuenta lo establecido en los artículos 20 y 21 de las bases reguladoras.
El plazo de justificación será de tres meses, contados a partir de la fecha en que
expire el plazo máximo ejecución.
3. Los proyectos que se van a subvencionar en esta convocatoria son
proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento, con
participación de consumidores vulnerables, la tecnología utilizada podrá ser
fotovoltaica o eólica. Las instalaciones sólo podrán ser destinadas a autoconsumo
colectivo.
4. El promotor del proyecto presentará una única solicitud para toda la
actuación subvencionable no siendo necesario que los consumidores asociados a
cve: BOE-B-2024-28224
Verificable en https://www.boe.es
2. El Anexo I de las bases reguladoras se establecen los requisitos a cumplir
por las instalaciones subvencionables.