III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-16029)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, para la realización de un curso avanzado sobre Ecuaciones en Derivadas Parciales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186
Viernes 2 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 98429
información sobre la actividad general desarrollada por dicha Fundación y en concreto en
el área de las ciencias básicas, con especial foco en el subárea de las matemáticas.
V. La UIMP autoriza la presencia de un representante de la Fundación BBVA en el
acto de inauguración o clausura del curso. Los costes, en su caso, de viaje y estancia
correrán a cargo de la Fundación BBVA.
VI. La UIMP mantendrá indemne a la Fundación BBVA de cualquier reclamación
que se pueda recibir en relación con el Curso, tanto en el orden académico como en el
de la gestión que la propia UIMP realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad
frente al profesorado, alumnado, empresas contratistas o cualquier persona o entidad
que pueda verse afectada.
VII. Una vez finalizado el Curso la UIMP hará llegar a la Fundación BBVA un
dossier sobre la realización del mismo, que incluirá, al menos, información sobre número
de alumnos matriculados y participantes, repercusión en medios de comunicación y
fotografías.
VIII. La participación en el Curso de los ponentes que se mencionan en el apartado
I de la cláusula segunda suponen un gasto para la UIMP de veintitrés mil ochenta y
cuatro euros con cincuenta céntimos (23.084,50 euros), para el pago de sus honorarios y
para la gestión de sus viajes, alojamientos y manutención. De este importe:
– La cantidad de 4.819,50 euros (correspondiente al alojamiento y manutención), se
gestionará a través de medios propios y de los correspondientes expedientes de
contratación ya gestionados con carácter general para el conjunto de la programación
según los procedimientos legalmente establecidos, por lo que no es necesaria la
aprobación de un gasto específico por estos conceptos vinculado al presente convenio.
– La cantidad de 18.265,00 euros (correspondiente a los honorarios y viajes), irá con
cargo a los conceptos de su presupuesto de gastos vigente que se indican a
continuación, en los cuales existe crédito adecuado y suficiente, para lo cual se aprueba
el correspondiente gasto:
● 28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por
importe 3.150,00 euros.
● 28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 15.115,00
euros.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
Las partes no consideran necesario crear una comisión específica que se encargue
del seguimiento del desarrollo del convenio, si bien los equipos técnicos y responsables
de ambas instituciones estarán en estrecho contacto, comunicándose o reuniéndose
siempre que lo consideren conveniente para la buena coordinación de las acciones y el
óptimo desarrollo de las mismas.
Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través del
Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Programación de Actividades (o, en caso
de cambio de organigrama, la persona titular del Vicerrectorado que tenga la
competencia sobre la programación de cursos avanzados), y serán el personal técnico
del mismo, y como responsable último su titular, los encargados de velar por la
consecución de los objetivos del presente convenio, de proponer cuantas medidas se
estimen necesarias para garantizar la viabilidad y la calidad de las actuaciones y
servicios, de efectuar el seguimiento y evaluación y de resolver en primer término las
posibles controversias o problemas de interpretación y cumplimiento del convenio.
Por parte de la Fundación BBVA el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución
del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través
del Departamento de Comunicación y Relaciones Institucionales y como responsable
último por su titular, con los mismos objetivos y funciones señalados en el párrafo
anterior.
cve: BOE-A-2024-16029
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 186
Viernes 2 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 98429
información sobre la actividad general desarrollada por dicha Fundación y en concreto en
el área de las ciencias básicas, con especial foco en el subárea de las matemáticas.
V. La UIMP autoriza la presencia de un representante de la Fundación BBVA en el
acto de inauguración o clausura del curso. Los costes, en su caso, de viaje y estancia
correrán a cargo de la Fundación BBVA.
VI. La UIMP mantendrá indemne a la Fundación BBVA de cualquier reclamación
que se pueda recibir en relación con el Curso, tanto en el orden académico como en el
de la gestión que la propia UIMP realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad
frente al profesorado, alumnado, empresas contratistas o cualquier persona o entidad
que pueda verse afectada.
VII. Una vez finalizado el Curso la UIMP hará llegar a la Fundación BBVA un
dossier sobre la realización del mismo, que incluirá, al menos, información sobre número
de alumnos matriculados y participantes, repercusión en medios de comunicación y
fotografías.
VIII. La participación en el Curso de los ponentes que se mencionan en el apartado
I de la cláusula segunda suponen un gasto para la UIMP de veintitrés mil ochenta y
cuatro euros con cincuenta céntimos (23.084,50 euros), para el pago de sus honorarios y
para la gestión de sus viajes, alojamientos y manutención. De este importe:
– La cantidad de 4.819,50 euros (correspondiente al alojamiento y manutención), se
gestionará a través de medios propios y de los correspondientes expedientes de
contratación ya gestionados con carácter general para el conjunto de la programación
según los procedimientos legalmente establecidos, por lo que no es necesaria la
aprobación de un gasto específico por estos conceptos vinculado al presente convenio.
– La cantidad de 18.265,00 euros (correspondiente a los honorarios y viajes), irá con
cargo a los conceptos de su presupuesto de gastos vigente que se indican a
continuación, en los cuales existe crédito adecuado y suficiente, para lo cual se aprueba
el correspondiente gasto:
● 28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por
importe 3.150,00 euros.
● 28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 15.115,00
euros.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
Las partes no consideran necesario crear una comisión específica que se encargue
del seguimiento del desarrollo del convenio, si bien los equipos técnicos y responsables
de ambas instituciones estarán en estrecho contacto, comunicándose o reuniéndose
siempre que lo consideren conveniente para la buena coordinación de las acciones y el
óptimo desarrollo de las mismas.
Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través del
Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Programación de Actividades (o, en caso
de cambio de organigrama, la persona titular del Vicerrectorado que tenga la
competencia sobre la programación de cursos avanzados), y serán el personal técnico
del mismo, y como responsable último su titular, los encargados de velar por la
consecución de los objetivos del presente convenio, de proponer cuantas medidas se
estimen necesarias para garantizar la viabilidad y la calidad de las actuaciones y
servicios, de efectuar el seguimiento y evaluación y de resolver en primer término las
posibles controversias o problemas de interpretación y cumplimiento del convenio.
Por parte de la Fundación BBVA el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución
del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través
del Departamento de Comunicación y Relaciones Institucionales y como responsable
último por su titular, con los mismos objetivos y funciones señalados en el párrafo
anterior.
cve: BOE-A-2024-16029
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.