III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-16019)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Centaurus Environment, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Centaurus V, de 83,6 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Alfajarín, Perdiguera y Villamayor de Gállego (Zaragoza).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 98331

– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA y, en particular, lo indicado en el
apartado 1.3.
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la
DIA debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa de las
modificaciones sobre el proyecto y autorización administrativa de construcción, con
fecha 11 de mayo de 2023, el promotor presenta documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos impuestos en la declaración de impacto ambiental y en la
citada resolución de autorización administrativa previa, incluyendo declaración
responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Las líneas subterráneas a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, discurriendo por los términos municipales de Alfajarín y Perdiguera hasta la
subestación transformadora SET Alfajarín 400/30 kV, en la provincia de Zaragoza.
– La subestación transformadora SET Alfajarín 400/30 kV ubicada en Alfajarín, en la
provincia de Zaragoza.
– La línea eléctrica aéreo-subterránea de evacuación a 400 kV con origen en la
subestación transformadora SET Alfajarín 400/30 kV, discurriendo su trazado por los
términos municipales de Alfajarín y Villamayor de Gállego (Zaragoza), hasta el apoyo 31
de entronque y vano destensado que conecta con la subestación SET Villamayor
Renovables 400 kV.
El resto de la infraestructura de evacuación hasta la conexión a la subestación
Peñaflor 400 kV, de Red Eléctrica de España, SAU cuenta con autorización, tras la
emisión de la Resolución de la Dirección General de Energía y Minas del Departamento
de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Aragón, de
fecha 12 de septiembre de 2022, por la que se otorga la autorización administrativa
previa y de construcción de las instalaciones «SET Villamayor Renovables 400/30 kV» y
«LAAT 400 kV SET Villamayor Renovables - SET Peñaflor» en el término municipal de
Villamayor de Gállego (Zaragoza):
– La subestación Villamayor Renovables 400/30 kV.
– Línea de evacuación a 400 kV que conecta la subestación Villamayor
Renovables 400/30 kV con la subestación Peñaflor 400 kV, propiedad de Red Eléctrica
de España, SAU.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fechas 11 de mayo y 19 de mayo de 2023, declaración
responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica. En virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor

cve: BOE-A-2024-16019
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Núm. 186