V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-28093)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de rectificación del error material padecido en los planos nº 97 y 98, del deslinde del tramo de costa correspondiente a todo el término municipal de Sant Josep de Sa Talaia, Ibiza (Illes Balears), aprobado por la O.M. de 10 de julio de 2024. Refª DES01/97/07/0005-DES04/01.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186
Viernes 2 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 43249
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
28093
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento
de rectificación del error material padecido en los planos nº 97 y 98, del
deslinde del tramo de costa correspondiente a todo el término municipal
de Sant Josep de Sa Talaia, Ibiza (Illes Balears), aprobado por la O.M.
de 10 de julio de 2024. Refª DES01/97/07/0005-DES04/01.
En cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 26.2 del Reglamento
General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se
procede a publicar la Orden Ministerial especificada:
"RESOLUCIÓN
Vista la solicitud de la Subdirección General de Aeropuertos y Navegación
Aérea, de la Dirección General de Aviación Civil, relativa a la rectificación del error
material padecido en los planos nº 97 y 98 del deslinde de los bienes del dominio
público marítimo-terrestre aprobado por O.M. de 4 de marzo de 1999, en el término
municipal de Sant Josep de Sa Talaia, Ibiza (Illes Balears).
ANTECEDENTES
I) Por O.M. de 4 de marzo de 1999, se aprobó el deslinde de los bienes de
dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa correspondiente a todo el
término municipal de Sant Josep de Sa Talaia, Ibiza (Baleares), donde se resolvió:
"I) Aprobar las Actas, de noviembre y diciembre de 1993 y los Planos de
febrero de 1997; septiembre de 1997, marzo y mayo de 1998, en los que se define
el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa,
de unos 83,4 kilómetros de longitud, que corresponde con la totalidad del término
municipal de San José – Ibiza (Baleares). Así mismo, en los citados planos se
delimita, en aquellos puntos en los que no coincide con el deslinde, la línea que
define la ribera del mar."
II) Con fecha 19 de diciembre de 2023 tuvo entrada en esta Subdirección
General escrito de la Subdirección General de Aeropuertos y Navegación Aérea
del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, adjuntando solicitud y
documentación remitida por AENA S.M.E. S.A., en el que se solicita la rectificación
del deslinde entre los vértices 1538 y 1548, de forma que permita excluir del DPMT
el cerramiento del aeropuerto, al haber apreciado que la línea de deslinde que
aparece grafiada en el visor del DPMT de la página web del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico no coincide con la que aparece
representada en los planos aprobados por la mencionada orden.
CONSIDERACIONES
1.- El artículo. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
cve: BOE-B-2024-28093
Verificable en https://www.boe.es
Los planos aprobados, entre los vértices 1537 a 1552, eran los nº 97 y 98,
suscritos por el Ingeniero Instructor y el Jefe de la Demarcación de Costas en Illes
Balears, en fecha 20 de febrero de 1997. En dichos planos, entre los vértices 1538
y 1546 la línea discurre por el perímetro del muro, si bien la representación de las
coordenadas UTM reflejadas en la carátula del plano, no coincide con esa
delimitación.
Núm. 186
Viernes 2 de agosto de 2024
Sec. V-B. Pág. 43249
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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
28093
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento
de rectificación del error material padecido en los planos nº 97 y 98, del
deslinde del tramo de costa correspondiente a todo el término municipal
de Sant Josep de Sa Talaia, Ibiza (Illes Balears), aprobado por la O.M.
de 10 de julio de 2024. Refª DES01/97/07/0005-DES04/01.
En cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 26.2 del Reglamento
General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se
procede a publicar la Orden Ministerial especificada:
"RESOLUCIÓN
Vista la solicitud de la Subdirección General de Aeropuertos y Navegación
Aérea, de la Dirección General de Aviación Civil, relativa a la rectificación del error
material padecido en los planos nº 97 y 98 del deslinde de los bienes del dominio
público marítimo-terrestre aprobado por O.M. de 4 de marzo de 1999, en el término
municipal de Sant Josep de Sa Talaia, Ibiza (Illes Balears).
ANTECEDENTES
I) Por O.M. de 4 de marzo de 1999, se aprobó el deslinde de los bienes de
dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa correspondiente a todo el
término municipal de Sant Josep de Sa Talaia, Ibiza (Baleares), donde se resolvió:
"I) Aprobar las Actas, de noviembre y diciembre de 1993 y los Planos de
febrero de 1997; septiembre de 1997, marzo y mayo de 1998, en los que se define
el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa,
de unos 83,4 kilómetros de longitud, que corresponde con la totalidad del término
municipal de San José – Ibiza (Baleares). Así mismo, en los citados planos se
delimita, en aquellos puntos en los que no coincide con el deslinde, la línea que
define la ribera del mar."
II) Con fecha 19 de diciembre de 2023 tuvo entrada en esta Subdirección
General escrito de la Subdirección General de Aeropuertos y Navegación Aérea
del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, adjuntando solicitud y
documentación remitida por AENA S.M.E. S.A., en el que se solicita la rectificación
del deslinde entre los vértices 1538 y 1548, de forma que permita excluir del DPMT
el cerramiento del aeropuerto, al haber apreciado que la línea de deslinde que
aparece grafiada en el visor del DPMT de la página web del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico no coincide con la que aparece
representada en los planos aprobados por la mencionada orden.
CONSIDERACIONES
1.- El artículo. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
cve: BOE-B-2024-28093
Verificable en https://www.boe.es
Los planos aprobados, entre los vértices 1537 a 1552, eran los nº 97 y 98,
suscritos por el Ingeniero Instructor y el Jefe de la Demarcación de Costas en Illes
Balears, en fecha 20 de febrero de 1997. En dichos planos, entre los vértices 1538
y 1546 la línea discurre por el perímetro del muro, si bien la representación de las
coordenadas UTM reflejadas en la carátula del plano, no coincide con esa
delimitación.