I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2024-15938)
Acuerdo internacional administrativo entre la República Portuguesa y el Reino de España para la rehabilitación de los pilares y traviesas del puente internacional sobre el río Miño entre Monção (Portugal) y Salvaterra do Miño (España) y estudio de la instalación de un carril bici y paseo en dicho puente, hecho en Lanzarote el 15 de marzo de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186

Viernes 2 de agosto de 2024

Sec. I. Pág. 98120

como quedó reflejado con la firma de un Protocolo entre los ministros de ambos Estados
durante la XXXII Cumbre Bilateral Portugal-España.
Considerando que la Xunta de Galicia y los municipios de Salvaterra do Miño y
Monção consideran de suma importancia la elaboración de un proyecto que incluya la
evaluación técnica y de costes de la ampliación del actual tablero del Puente
Internacional del Río Miño para permitir la instalación de un carril bici y peatonal,
conectado con las infraestructuras ya existentes en Monção y Salvaterra do Miño;
Considerando el protocolo de intenciones firmado el 28 de octubre de 2021, en la
Cumbre luso-española de Trujillo, entre el Ministro de Infraestructuras y Vivienda de la
República Portuguesa, Pedro Nuno Santos y la Ministra de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana del Reino de España, Raquel Sánchez Jiménez, sobre la necesidad de
rehabilitación estructural de los pilares y traviesas del puente entre Monção y Salvaterra
do Miño, así como el desarrollo de un proyecto de ampliación del tablero, con vistas a la
inserción de un carril bici y peatonal;
Considerando la aplicación del Convenio Marco entre la República Portuguesa y el
Reino de España sobre la mejora de las accesibilidades entre ambos países, firmado en
Albufeira el 30 de noviembre de 1998, del Convenio entre Portugal y España para la
construcción de un puente internacional sobre el río Miño, entre las localidades de
Monção y Salvaterra, firmado en Madrid el 3 de julio de 1989;
Considerando que Infraestruturas de Portugal S.A, por parte de la República
Portuguesa, y la Xunta de Galicia, por parte del Reino de España, son los dos entes
competentes para llevar a cabo la financiación y la ejecución de las actuaciones
recogidas,
Deciden lo siguiente:
Cláusula primera.

Objeto del Acuerdo.

El objeto del presente Acuerdo es regular, de acuerdo con el artículo 3 del Convenio
Marco entre la República Portuguesa y el Reino de España, las relaciones entre los
Firmantes para las obras y la financiación de la rehabilitación estructural de pilares y
traviesas del Puente Internacional sobre el río Miño entre Monção y Salvaterra do Miño
(en adelante denominado, «Puente Monção-Salvaterra»), así como el proyecto y la
financiación del ensanchamiento del tablero del Puente Monção-Salvaterra, y los
accesos inmediatos al carril bici y a la senda peatonal.
Cláusula segunda.

Alcance del contrato de rehabilitación.

a) Reparación de las superficies expuestas de los fustes de pilares, traviesas y
dinteles;
b) Sellado e inyección de grietas;
c) Encapsulado de los pilares y el dintel en la parte sumergida, utilizando manguitos
de fibra de vidrio y lechada cementosa;
d) Protección con pintura de las superficies en las zonas sumergidas;
e) Reparación de superficies dañadas, sellado e inyección de fisuras y pintura de
protección de las vigas estribo;

cve: BOE-A-2024-15938
Verificable en https://www.boe.es

1. El presente Acuerdo abarca la rehabilitación estructural de los pilares y traviesas
del Puente Monção-Salvaterra, así como los estudios y proyectos necesarios, y la
supervisión y dirección de las obras.
2. Las obras a ejecutar serán las incluidas en el Proyecto de Rehabilitación
Estructural de los pilares y traviesas.
3. Las acciones incluidas en el proyecto son: