I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2024-15938)
Acuerdo internacional administrativo entre la República Portuguesa y el Reino de España para la rehabilitación de los pilares y traviesas del puente internacional sobre el río Miño entre Monção (Portugal) y Salvaterra do Miño (España) y estudio de la instalación de un carril bici y paseo en dicho puente, hecho en Lanzarote el 15 de marzo de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186
Viernes 2 de agosto de 2024
Sec. I. Pág. 98119
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
15938
Acuerdo internacional administrativo entre la República Portuguesa y el Reino
de España para la rehabilitación de los pilares y traviesas del puente
internacional sobre el río Miño entre Monção (Portugal) y Salvaterra do Miño
(España) y estudio de la instalación de un carril bici y paseo en dicho puente,
hecho en Lanzarote el 15 de marzo de 2023.
ACUERDO INTERNACIONAL ADMINISTRATIVO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO
DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA PORTUGUESA PARA LA
REHABILITACIÓN DE LOS PILARES Y TRAVIESAS DEL PUENTE INTERNACIONAL
SOBRE EL RÍO MIÑO ENTRE MONÇÃO (PORTUGAL) Y SALVATERRA DO MIÑO
(ESPAÑA) Y ESTUDIO DE LA INSTALACIÓN DE UN CARRIL BICI Y PASEO
EN DICHO PUENTE
El Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Portuguesa, de
ahora en adelante denominados los «Firmantes»;
Considerando lo dispuesto en los artículos 2.º, 3.º y 5.º del Convenio Marco entre la
República Portuguesa y el Reino de España relativo a la mejora de los accesos entre los
dos países, firmado en Albufeira el 30 de noviembre de 1998 (denominado de ahora en
adelante como «Convenio Marco»);
Considerando que la Comisión Técnica Luso–Española, celebrada el 27 de octubre
de 2010 el Lisboa:
– Atribuyó a Portugal la conservación del Puente internacional sobre el río Miño
entre Monção (EN101) y Salvaterra do Miño (PO-510);
– aprobó la revisión de los conceptos que constituyen la conservación, atribuyendo
las inspecciones y la conservación al Estado encargado de la gestión del puente y el
coste de las operaciones de rehabilitación a repartir a partes iguales entre los dos
Estados;
– acordó la preparación de un Acuerdo entre ambos Estados para la rehabilitación
estructural de los pilares y las traviesas del Puente Internacional sobre el río Miño entre
Monção y Salvaterra do Miño;
Considerando que, en la reunión celebrada en Lisboa el 9 de junio de 2015, la
Comisión Técnica Luso-Española acordó proceder a la preparación del acuerdo
administrativo y a la ejecución del proyecto de intervención de rehabilitación;
Considerando que ambos Firmantes están decididos a cooperar en las acciones
necesarias para garantizar las condiciones de seguridad y comunicación por carretera
requeridas entre el norte de Portugal y España, entre Monção, y Salvaterra do Miño tal y
cve: BOE-A-2024-15938
Verificable en https://www.boe.es
Teniendo en cuenta que han transcurrido casi veinticinco años desde la construcción
del puente, la degradación del hormigón intrínseca a la acción del ambiente
concretamente el relacionado con los fenómenos de expansión por reacción álcali-árido,
determinan la necesidad de proceder a la rehabilitación estructural de los pilares y
traviesas del puente, por lo que Infraestruturas de Portugal SA redactó un Proyecto de
Rehabilitación Estructural;
Núm. 186
Viernes 2 de agosto de 2024
Sec. I. Pág. 98119
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
15938
Acuerdo internacional administrativo entre la República Portuguesa y el Reino
de España para la rehabilitación de los pilares y traviesas del puente
internacional sobre el río Miño entre Monção (Portugal) y Salvaterra do Miño
(España) y estudio de la instalación de un carril bici y paseo en dicho puente,
hecho en Lanzarote el 15 de marzo de 2023.
ACUERDO INTERNACIONAL ADMINISTRATIVO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO
DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA PORTUGUESA PARA LA
REHABILITACIÓN DE LOS PILARES Y TRAVIESAS DEL PUENTE INTERNACIONAL
SOBRE EL RÍO MIÑO ENTRE MONÇÃO (PORTUGAL) Y SALVATERRA DO MIÑO
(ESPAÑA) Y ESTUDIO DE LA INSTALACIÓN DE UN CARRIL BICI Y PASEO
EN DICHO PUENTE
El Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Portuguesa, de
ahora en adelante denominados los «Firmantes»;
Considerando lo dispuesto en los artículos 2.º, 3.º y 5.º del Convenio Marco entre la
República Portuguesa y el Reino de España relativo a la mejora de los accesos entre los
dos países, firmado en Albufeira el 30 de noviembre de 1998 (denominado de ahora en
adelante como «Convenio Marco»);
Considerando que la Comisión Técnica Luso–Española, celebrada el 27 de octubre
de 2010 el Lisboa:
– Atribuyó a Portugal la conservación del Puente internacional sobre el río Miño
entre Monção (EN101) y Salvaterra do Miño (PO-510);
– aprobó la revisión de los conceptos que constituyen la conservación, atribuyendo
las inspecciones y la conservación al Estado encargado de la gestión del puente y el
coste de las operaciones de rehabilitación a repartir a partes iguales entre los dos
Estados;
– acordó la preparación de un Acuerdo entre ambos Estados para la rehabilitación
estructural de los pilares y las traviesas del Puente Internacional sobre el río Miño entre
Monção y Salvaterra do Miño;
Considerando que, en la reunión celebrada en Lisboa el 9 de junio de 2015, la
Comisión Técnica Luso-Española acordó proceder a la preparación del acuerdo
administrativo y a la ejecución del proyecto de intervención de rehabilitación;
Considerando que ambos Firmantes están decididos a cooperar en las acciones
necesarias para garantizar las condiciones de seguridad y comunicación por carretera
requeridas entre el norte de Portugal y España, entre Monção, y Salvaterra do Miño tal y
cve: BOE-A-2024-15938
Verificable en https://www.boe.es
Teniendo en cuenta que han transcurrido casi veinticinco años desde la construcción
del puente, la degradación del hormigón intrínseca a la acción del ambiente
concretamente el relacionado con los fenómenos de expansión por reacción álcali-árido,
determinan la necesidad de proceder a la rehabilitación estructural de los pilares y
traviesas del puente, por lo que Infraestruturas de Portugal SA redactó un Proyecto de
Rehabilitación Estructural;