III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-15919)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y el Parque Móvil del Estado, O.A., para la prestación del servicio centralizado de nómina estándar de la Administración General del Estado y el servicio de visualización de nóminas Servinómina.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Jueves 1 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 97954

El horario de atención de solicitudes en el Centro de Soporte será de 9:00 a 18:00
horas de lunes a jueves y de 9:00 a 14:30 horas el viernes, en jornadas que sean
laborables. Durante el mes de agosto el horario será de 9:00 a 14:30, salvo
circunstancias excepcionales.
Una vez informada de la existencia de un posible error o anomalía de funcionamiento
que pudiera necesitar una actuación de tipo correctivo, la SGAD adoptará las medidas
necesarias para su solución.
Si la incidencia es atribuible a un mal funcionamiento del servicio, el tiempo de
resolución máximo será el indicado en el cuadro siguiente:
Nivel de incidencia

Nivel de Servicio

Leve.

Tiempo de resolución no superior a los veinte días laborables siguientes
desde la notificación de la incidencia al Centro de Soporte.

Grave.

Tiempo de resolución no superior a los siete días laborables desde la
notificación de la incidencia al Centro de Soporte.

Crítica.

Tiempo de resolución no superior a cinco días laborales desde la notificación
de la incidencia al Centro de Soporte.

Obligaciones del centro usuario.
El Centro Usuario se compromete a:
– Poner a disposición de la SGAD al menos tres personas de contacto para poder
tratar los problemas derivados de la gestión diaria. Estas personas deben tener
capacidad para impedir el lanzamiento de procesos o la entrada de datos cuando se
realice alguna tarea de mantenimiento. Deberá existir disponibilidad de alguna de esas
tres personas, en el horario de atención de solicitudes, anteriormente indicado.
– Realizar la validación del buen funcionamiento después de que se realice una
actualización de la aplicación. En caso de no indicar observación en contra en el plazo
que establezca la SGAD, se desplegará la solución al entorno de producción. Estas
pruebas se harán en un entorno de validación provisto por la SGAD con este propósito.
– Informar de cualquier incidencia o sospecha de mal funcionamiento tan pronto
como se perciba.
– Disponer de un sistema electrónico para la comunicación con el Centro de
Soporte.
– Respetar las especificaciones y condiciones técnicas del servicio.
– Utilizar la aplicación de forma segura de acuerdo a los procedimientos de uso que
se establezcan.
ANEXO II
Tarifas a aplicar en el presente convenio por la utilización del servicio centralizado
NEDAES de la SGAD según n.º de perceptores y número de esquemas
Tarifa aplicable

De 1 a 500.

12.000,00 euros.

De 501 a 1000.

6 euros/perceptor.

De 1001 a 1500.

5 euros/perceptor.

De 1501 a 8000.

2 euros/perceptor.

Más de 8000.

1 euros/perceptor.

cve: BOE-A-2024-15919
Verificable en https://www.boe.es

N.º de perceptores tratados por el Centro Usuario