III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-15918)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Español de Oceanografía y la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para la ejecución de las acciones incluidas en el proyecto «Toward a European Rocky Reed Fish monitoring network-EuRock Fish» del partenariado europeo Biodiversa+.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Jueves 1 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 97931
k. Presentar, en un plazo máximo de un mes desde la petición de la FB y de forma
digital a la FB, los datos necesarios para elaborar los informes, estados financieros y
otros documentos solicitados por Biodiversa+ y/o la CE.
l. Comunicar de inmediato y por escrito a la FB para que ésta lo comunique a la
mayor brevedad posible al Partenariado Biodiversa +, toda situación constitutiva de un
conflicto de intereses o susceptible de conducir a un conflicto de intereses durante la
ejecución del Proyecto.
2.
La FB se compromete, por el presente convenio, a:
a. Ejecutar las tareas establecidas en el anexo I y supervisar que el proyecto se
ejecuta de conformidad con el presente convenio.
b. Ser el único responsable jurídico y financiero ante la CE de la completa ejecución
del proyecto con miras a la consecución de sus objetivos, así como de la difusión de los
resultados del proyecto, es decir intermediario de todas las comunicaciones entre el IEOCSIC y la CE, salvo que Biodiversa+ disponga otra cosa y, en particular:
c. Ser solidariamente responsable de llevar a cabo el Proyecto de conformidad
con los términos y condiciones establecidos el coordinador del Proyecto, Biodiversa+
y/o la CE.
d. Ser responsables del cumplimiento de las obligaciones legales que le incumben
conjunta o individualmente.
e. Llevar una contabilidad actualizada de conformidad con las normas contables
habituales impuestas por la legislación o la normativa vigente. Para poder justificar los
gastos e ingresos se establecerá un sistema de contabilidad analítica (contabilidad de
gastos). Además conservará, durante el periodo de ejecución del Proyecto y al menos
durante los cinco años posteriores al pago final, los comprobantes que justifiquen
adecuadamente todos los gastos, rentas e ingresos del Proyecto notificados a la CE,
tanto de la FB como una copia de los justificantes del IEO-CSIC presentados al
partenariado Biodiversa+ o la CE como justificación, tales como los documentos de las
licitaciones, las facturas, las órdenes de compra, los justificantes de pago, las nóminas,
las hojas de tiempo y cualquier otro documento utilizado para el cálculo y la presentación
de los gastos. Esta documentación será clara, precisa y efectiva, y deberá presentarse al
partenariado Biodiversa+ o la CE de la UE cuando éstos lo soliciten.
f. Solicitar al IEO-CSIC a la mayor celeridad posible cualquier documentación o
aclaración que le sea solicitado por el Partenariado Biodiversa+ o la CE de la UE sobre
la justificación del IEO-CSIC, y remitirá éstos de igual forma, la información que le sea
enviada por el IEO-CSIC.
g. Asegurarse de que se efectúe el pago al IEO-CSIC dentro de los treinta días
siguientes a la recepción de los fondos pagados por la CE, a menos que exista un
retraso justificado. La FB informará a la CE de la distribución de la contribución, a
solicitud de esta última.
h. Tomar las medidas apropiadas para proporcionar las garantías financieras
exigidas en virtud de lo indicado por Biodiversa+ y/o la CE.
cve: BOE-A-2024-15918
Verificable en https://www.boe.es
i. Facilitar inmediatamente a la CE u otro organismo externo autorizado por el
mismo, la información relacionada con cualquier cambio en el nombre, dirección,
representante legal, así como en la situación legal, financiera, técnica, organizativa o de
propiedad de cualquiera tanto suya como del IEO-CSIC o de cualquier acontecimiento
que pueda afectar o retrasar la ejecución del proyecto, de los cuales la FB conozca, y de
cualquier actividad de terceros que pueda tener un impacto negativo significativo en el
objeto del proyecto así como tomar medidas para persuadir a terceros de que se
abstengan de tales actividades.
ii. Asumir la responsabilidad de suministrar todos los documentos e información del
IEO-CSIC al Partenariado Biodiversa+ o la CE que se requieran, salvo que se disponga
lo contrario.
Núm. 185
Jueves 1 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 97931
k. Presentar, en un plazo máximo de un mes desde la petición de la FB y de forma
digital a la FB, los datos necesarios para elaborar los informes, estados financieros y
otros documentos solicitados por Biodiversa+ y/o la CE.
l. Comunicar de inmediato y por escrito a la FB para que ésta lo comunique a la
mayor brevedad posible al Partenariado Biodiversa +, toda situación constitutiva de un
conflicto de intereses o susceptible de conducir a un conflicto de intereses durante la
ejecución del Proyecto.
2.
La FB se compromete, por el presente convenio, a:
a. Ejecutar las tareas establecidas en el anexo I y supervisar que el proyecto se
ejecuta de conformidad con el presente convenio.
b. Ser el único responsable jurídico y financiero ante la CE de la completa ejecución
del proyecto con miras a la consecución de sus objetivos, así como de la difusión de los
resultados del proyecto, es decir intermediario de todas las comunicaciones entre el IEOCSIC y la CE, salvo que Biodiversa+ disponga otra cosa y, en particular:
c. Ser solidariamente responsable de llevar a cabo el Proyecto de conformidad
con los términos y condiciones establecidos el coordinador del Proyecto, Biodiversa+
y/o la CE.
d. Ser responsables del cumplimiento de las obligaciones legales que le incumben
conjunta o individualmente.
e. Llevar una contabilidad actualizada de conformidad con las normas contables
habituales impuestas por la legislación o la normativa vigente. Para poder justificar los
gastos e ingresos se establecerá un sistema de contabilidad analítica (contabilidad de
gastos). Además conservará, durante el periodo de ejecución del Proyecto y al menos
durante los cinco años posteriores al pago final, los comprobantes que justifiquen
adecuadamente todos los gastos, rentas e ingresos del Proyecto notificados a la CE,
tanto de la FB como una copia de los justificantes del IEO-CSIC presentados al
partenariado Biodiversa+ o la CE como justificación, tales como los documentos de las
licitaciones, las facturas, las órdenes de compra, los justificantes de pago, las nóminas,
las hojas de tiempo y cualquier otro documento utilizado para el cálculo y la presentación
de los gastos. Esta documentación será clara, precisa y efectiva, y deberá presentarse al
partenariado Biodiversa+ o la CE de la UE cuando éstos lo soliciten.
f. Solicitar al IEO-CSIC a la mayor celeridad posible cualquier documentación o
aclaración que le sea solicitado por el Partenariado Biodiversa+ o la CE de la UE sobre
la justificación del IEO-CSIC, y remitirá éstos de igual forma, la información que le sea
enviada por el IEO-CSIC.
g. Asegurarse de que se efectúe el pago al IEO-CSIC dentro de los treinta días
siguientes a la recepción de los fondos pagados por la CE, a menos que exista un
retraso justificado. La FB informará a la CE de la distribución de la contribución, a
solicitud de esta última.
h. Tomar las medidas apropiadas para proporcionar las garantías financieras
exigidas en virtud de lo indicado por Biodiversa+ y/o la CE.
cve: BOE-A-2024-15918
Verificable en https://www.boe.es
i. Facilitar inmediatamente a la CE u otro organismo externo autorizado por el
mismo, la información relacionada con cualquier cambio en el nombre, dirección,
representante legal, así como en la situación legal, financiera, técnica, organizativa o de
propiedad de cualquiera tanto suya como del IEO-CSIC o de cualquier acontecimiento
que pueda afectar o retrasar la ejecución del proyecto, de los cuales la FB conozca, y de
cualquier actividad de terceros que pueda tener un impacto negativo significativo en el
objeto del proyecto así como tomar medidas para persuadir a terceros de que se
abstengan de tales actividades.
ii. Asumir la responsabilidad de suministrar todos los documentos e información del
IEO-CSIC al Partenariado Biodiversa+ o la CE que se requieran, salvo que se disponga
lo contrario.