III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-15916)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y el Consorcio Público Casa Mediterráneo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Jueves 1 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 97916
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15916
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y el
Consorcio Público Casa Mediterráneo.
El Abogado General del Estado y el Director General del Consorcio Público Casa
Mediterráneo han suscrito un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 24 de julio de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica suscrito entre la Administración General del
Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
Abogacía General del Estado) y el Consorcio Público Casa Mediterráneo
11 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado General
del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio
(BOE n.º 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación conferida a
su favor por el Ministro de Justicia en el artículo 7 d) de la Orden JUS/987/2020, de 20
de octubre, sobre delegación de competencias.
De otra parte, don Juan Andrés Perelló Rodríguez, actuando en nombre y
representación del Consorcio Público Casa Mediterráneo, con domicilio en la Antigua
Estación de Benalúa, plaza del arquitecto Miguel López, s/n, 03008 Alicante y NIF
Q0300858H, en su condición de Director General, cargo para el que fue nombrado por
decisión del Consejo Rector del Consorcio Público Casa Mediterráneo, en su XXX.ª reunión,
celebrada el 26 de noviembre de 2021 (BOE 22 de julio de 2022).
MANIFIESTAN
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2024-15916
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 185
Jueves 1 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 97916
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15916
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y el
Consorcio Público Casa Mediterráneo.
El Abogado General del Estado y el Director General del Consorcio Público Casa
Mediterráneo han suscrito un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 24 de julio de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica suscrito entre la Administración General del
Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
Abogacía General del Estado) y el Consorcio Público Casa Mediterráneo
11 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado General
del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio
(BOE n.º 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación conferida a
su favor por el Ministro de Justicia en el artículo 7 d) de la Orden JUS/987/2020, de 20
de octubre, sobre delegación de competencias.
De otra parte, don Juan Andrés Perelló Rodríguez, actuando en nombre y
representación del Consorcio Público Casa Mediterráneo, con domicilio en la Antigua
Estación de Benalúa, plaza del arquitecto Miguel López, s/n, 03008 Alicante y NIF
Q0300858H, en su condición de Director General, cargo para el que fue nombrado por
decisión del Consejo Rector del Consorcio Público Casa Mediterráneo, en su XXX.ª reunión,
celebrada el 26 de noviembre de 2021 (BOE 22 de julio de 2022).
MANIFIESTAN
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2024-15916
Verificable en https://www.boe.es
Primero.