III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-15921)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A., M.P., para regular la iluminación, el mantenimiento y conservación del Jardín Histórico Winthuysen en el recinto del Cerrillo de San Blas, de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Jueves 1 de agosto de 2024
Segunda.
Sec. III. Pág. 97969
Obligaciones del organismo contratante.
La Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, O.A se compromete a
realizar la contratación del servicio especializado para garantizar la iluminación,
mantenimiento y conservación –en los términos indicados en el Exponendo II– del Jardín
histórico Winthuysen, conforme a lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público; en las Directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativas a la adjudicación de
contratos de concesión y sobre contratación pública, respectivamente; y en lo previsto en
la Ordenanzas Municipales, Normas, Instrucciones o Reglamentos oficiales que sean de
aplicación.
Tercera. Obligaciones del organismo contributivo.
El organismo contributivo (CEDEX), para cumplir su compromiso de contribución a los
gastos derivados de la contratación realizada en los términos previstos en la cláusula
anterior, abonará durante cuatro años al organismo contratante el 50 % del coste total
anual en los meses de mayo y noviembre, así como en una única vez antes del cierre de
ejercicio de cada año la cantidad necesaria para hacer frente al 50 % de los gastos
extraordinarios en que haya podido incurrir el organismo contratante desde la última
factura emitida del año anterior sin exceder los márgenes de contribución que cada uno de
los organismos tiene asignado por esta Adenda de Modificación y Prórroga del convenio.
En el primer periodo de contribución del 14 de julio al 30 de noviembre de 2024, y en
el último del 1 de diciembre de 2027 al 14 de julio de 2028, no se considerarán meses
completos, sino la parte proporcional de los mismos.
La cuantía anual estimada para cada una de las partes, a partir de la formalización
de la presente adenda y prórroga, será de 29.000,00 euros (IVA incluido), resultando las
siguientes anualidades:
2024 (14 de julio a 30 de noviembre): 10.991.94 euros.
2025: 29.000 euros.
2026: 29.000 euros.
2027: 29.000 euros.
2028: (hasta el 14 de julio) 18.008,06 euros.
Resultando un total para todo el plazo del convenio, para cada una de las partes
de 116.000 euros.
Se imputarán a la aplicación presupuestaria 24.105 331M 212 del presupuesto de
gastos del OAGIEC y a la 17.101.451M.212 del presupuesto de gastos del CEDEX.
Asimismo, previa acreditación por parte de OAGIEC, órgano contratante, del desarrollo
de las actuaciones realizadas en el periodo correspondiente, el organismo contributivo,
CEDEX ingresará la cuota de mantenimiento que le corresponda. Cada ingreso lo realizará
el CEDEX en el Tesoro Público mediante transferencia bancaria a la cuenta del Tesoro
Público en el Banco de España, indicando como referencia el número de justificante del
documento de ingresos modelo 069 expedido previamente por OAGIEC.
Perfeccionamiento y eficacia.
La Adenda y Prórroga del convenio se perfecciona por la prestación del
consentimiento de las partes y comenzarán su eficacia el día siguiente a la finalización
de la duración del plazo del convenio inicial, es decir, a partir del 14 de julio. En el plazo
de cinco días hábiles desde su formalización, se inscribirá en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO).
cve: BOE-A-2024-15921
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 185
Jueves 1 de agosto de 2024
Segunda.
Sec. III. Pág. 97969
Obligaciones del organismo contratante.
La Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, O.A se compromete a
realizar la contratación del servicio especializado para garantizar la iluminación,
mantenimiento y conservación –en los términos indicados en el Exponendo II– del Jardín
histórico Winthuysen, conforme a lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público; en las Directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativas a la adjudicación de
contratos de concesión y sobre contratación pública, respectivamente; y en lo previsto en
la Ordenanzas Municipales, Normas, Instrucciones o Reglamentos oficiales que sean de
aplicación.
Tercera. Obligaciones del organismo contributivo.
El organismo contributivo (CEDEX), para cumplir su compromiso de contribución a los
gastos derivados de la contratación realizada en los términos previstos en la cláusula
anterior, abonará durante cuatro años al organismo contratante el 50 % del coste total
anual en los meses de mayo y noviembre, así como en una única vez antes del cierre de
ejercicio de cada año la cantidad necesaria para hacer frente al 50 % de los gastos
extraordinarios en que haya podido incurrir el organismo contratante desde la última
factura emitida del año anterior sin exceder los márgenes de contribución que cada uno de
los organismos tiene asignado por esta Adenda de Modificación y Prórroga del convenio.
En el primer periodo de contribución del 14 de julio al 30 de noviembre de 2024, y en
el último del 1 de diciembre de 2027 al 14 de julio de 2028, no se considerarán meses
completos, sino la parte proporcional de los mismos.
La cuantía anual estimada para cada una de las partes, a partir de la formalización
de la presente adenda y prórroga, será de 29.000,00 euros (IVA incluido), resultando las
siguientes anualidades:
2024 (14 de julio a 30 de noviembre): 10.991.94 euros.
2025: 29.000 euros.
2026: 29.000 euros.
2027: 29.000 euros.
2028: (hasta el 14 de julio) 18.008,06 euros.
Resultando un total para todo el plazo del convenio, para cada una de las partes
de 116.000 euros.
Se imputarán a la aplicación presupuestaria 24.105 331M 212 del presupuesto de
gastos del OAGIEC y a la 17.101.451M.212 del presupuesto de gastos del CEDEX.
Asimismo, previa acreditación por parte de OAGIEC, órgano contratante, del desarrollo
de las actuaciones realizadas en el periodo correspondiente, el organismo contributivo,
CEDEX ingresará la cuota de mantenimiento que le corresponda. Cada ingreso lo realizará
el CEDEX en el Tesoro Público mediante transferencia bancaria a la cuenta del Tesoro
Público en el Banco de España, indicando como referencia el número de justificante del
documento de ingresos modelo 069 expedido previamente por OAGIEC.
Perfeccionamiento y eficacia.
La Adenda y Prórroga del convenio se perfecciona por la prestación del
consentimiento de las partes y comenzarán su eficacia el día siguiente a la finalización
de la duración del plazo del convenio inicial, es decir, a partir del 14 de julio. En el plazo
de cinco días hábiles desde su formalización, se inscribirá en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO).
cve: BOE-A-2024-15921
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.