III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-15921)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A., M.P., para regular la iluminación, el mantenimiento y conservación del Jardín Histórico Winthuysen en el recinto del Cerrillo de San Blas, de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Jueves 1 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 97968
conferida por la Resolución de 9 de agosto de 2012, de la Gerencia de Infraestructuras y
Equipamientos por la que se modifica la de 29 de febrero de 2012.
Ambas partes manifiestan que intervienen con la capacidad legal necesaria y la
competencia suficiente para suscribir la presente Adenda al convenio, y a tal efecto
EXPONEN
I. Que el 9 de junio de 2020 se formalizó un «Convenio entre el Organismo
Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, del Ministerio de
Cultura y Deporte, y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O. A. y
M. P. del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para regular la
iluminación, el mantenimiento y conservación del jardín histórico Winthuysen en el
recinto del cerrillo de San Blas, ubicado en la calle Alfonso XII, 3 y 5 de Madrid».
II. Que dicho convenio se publicó en el BOE del 14 de julio de 2020, mediante
Resolución de 9 de julio de 2020, de la Subsecretaría del Ministerio de Presidencia,
Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
III. Que con fecha 9 de diciembre de 2021 se firmó un «Acuerdo de modificación del
convenio entre el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de
Cultura, del Ministerio de Cultura y Deporte, y el Centro de Estudios y Experimentación
de Obras Públicas, O. A. y M. P. del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, para regular la iluminación, el mantenimiento y conservación del jardín histórico
Winthuysen en el recinto del Cerrillo de San Blas, ubicado en la calle Alfonso XII, 3 y 5
de Madrid.
IV. Que dicho «Acuerdo de modificación del convenio» se publicó en el BOE del 3
de febrero de 2022, mediante Resolución de 28 de enero de 2022, de la Subsecretaría
del Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
V. Que el Jardín histórico Winthuysen, además de los cuidados relativos a la
iluminación, mantenimiento y conservación contemplados en el convenio, requiere, en
virtud de su especificidad, unos cuidados diferentes y extraordinarios al resto de jardines,
como son la retirada periódica de los nidos de cotorras, la poda y tala de árboles,
combatir posibles plagas, efectuar arreglos eléctricos o hacer frente a inclemencias
meteorológicas sobrevenidas, entre otras.
VI. Que para atender a las nuevas necesidades y el consiguiente incremento de los
precios para el mantenimiento que se menciona en el Exponendo anterior es necesario
incrementar la aportación económica de las partes en 4.000,00 euros.
VII. Que en la cláusula quinta del mencionado convenio se establece que «tendrá
una duración de cuatro años desde su perfeccionamiento y eficacia y prorrogable por
otros cuatro años más, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes».
VIII. Que persistiendo el interés y la conveniencia de dar continuidad a la prestación
objeto del convenio, ambas partes acuerdan unánimemente prorrogar el convenio por
cuatro años más, que se tramitará de conformidad con lo previsto en el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con
las siguientes
Primera.
Objeto de la adenda de modificación y prórroga del convenio.
El objeto del presente Adenda y Prórroga es extender la vigencia del convenio y su
Acuerdo de Modificación cuatro años más, mientras ambas partes no rescindan
expresamente el Acuerdo e incrementar la aportación económica de las partes firmantes
del convenio para dar cumplimiento al compromiso de contribución por el organismo
contributivo, a los gastos derivados de la contratación realizada por el organismo
contratante, según establece la cláusula tercera del convenio, así como especificar la
forma de pago del organismo contributivo al organismo contratante.
cve: BOE-A-2024-15921
Verificable en https://www.boe.es
CLÁUSULAS
Núm. 185
Jueves 1 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 97968
conferida por la Resolución de 9 de agosto de 2012, de la Gerencia de Infraestructuras y
Equipamientos por la que se modifica la de 29 de febrero de 2012.
Ambas partes manifiestan que intervienen con la capacidad legal necesaria y la
competencia suficiente para suscribir la presente Adenda al convenio, y a tal efecto
EXPONEN
I. Que el 9 de junio de 2020 se formalizó un «Convenio entre el Organismo
Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, del Ministerio de
Cultura y Deporte, y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O. A. y
M. P. del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para regular la
iluminación, el mantenimiento y conservación del jardín histórico Winthuysen en el
recinto del cerrillo de San Blas, ubicado en la calle Alfonso XII, 3 y 5 de Madrid».
II. Que dicho convenio se publicó en el BOE del 14 de julio de 2020, mediante
Resolución de 9 de julio de 2020, de la Subsecretaría del Ministerio de Presidencia,
Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
III. Que con fecha 9 de diciembre de 2021 se firmó un «Acuerdo de modificación del
convenio entre el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de
Cultura, del Ministerio de Cultura y Deporte, y el Centro de Estudios y Experimentación
de Obras Públicas, O. A. y M. P. del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, para regular la iluminación, el mantenimiento y conservación del jardín histórico
Winthuysen en el recinto del Cerrillo de San Blas, ubicado en la calle Alfonso XII, 3 y 5
de Madrid.
IV. Que dicho «Acuerdo de modificación del convenio» se publicó en el BOE del 3
de febrero de 2022, mediante Resolución de 28 de enero de 2022, de la Subsecretaría
del Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
V. Que el Jardín histórico Winthuysen, además de los cuidados relativos a la
iluminación, mantenimiento y conservación contemplados en el convenio, requiere, en
virtud de su especificidad, unos cuidados diferentes y extraordinarios al resto de jardines,
como son la retirada periódica de los nidos de cotorras, la poda y tala de árboles,
combatir posibles plagas, efectuar arreglos eléctricos o hacer frente a inclemencias
meteorológicas sobrevenidas, entre otras.
VI. Que para atender a las nuevas necesidades y el consiguiente incremento de los
precios para el mantenimiento que se menciona en el Exponendo anterior es necesario
incrementar la aportación económica de las partes en 4.000,00 euros.
VII. Que en la cláusula quinta del mencionado convenio se establece que «tendrá
una duración de cuatro años desde su perfeccionamiento y eficacia y prorrogable por
otros cuatro años más, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes».
VIII. Que persistiendo el interés y la conveniencia de dar continuidad a la prestación
objeto del convenio, ambas partes acuerdan unánimemente prorrogar el convenio por
cuatro años más, que se tramitará de conformidad con lo previsto en el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con
las siguientes
Primera.
Objeto de la adenda de modificación y prórroga del convenio.
El objeto del presente Adenda y Prórroga es extender la vigencia del convenio y su
Acuerdo de Modificación cuatro años más, mientras ambas partes no rescindan
expresamente el Acuerdo e incrementar la aportación económica de las partes firmantes
del convenio para dar cumplimiento al compromiso de contribución por el organismo
contributivo, a los gastos derivados de la contratación realizada por el organismo
contratante, según establece la cláusula tercera del convenio, así como especificar la
forma de pago del organismo contributivo al organismo contratante.
cve: BOE-A-2024-15921
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