V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-27878)
Resolución provisional de 24 de julio de 2024, de la Fundación de los Ferrocarriles Españoles, F.S.P., por la que se hace pública la Primera Convocatoria de subvenciones a favor de Entidades Locales para el fomento del uso de la bicicleta a través de inversión e infraestructura ciclista.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. V-B. Pág. 42839
Asimismo, el órgano instructor podrá sugerir a los municipios beneficiarios que
realicen adaptaciones de sus proyectos para que, en la medida de lo posible, se
adecuen a la Guía de Recomendaciones para el Diseño de Infraestructura Ciclista,
publicada por el Ministerio en 2023. A estos efectos, la FFE prestará la asesoría
técnica que precisen los beneficiarios.
Se solicita que todos los beneficiarios provisionales confirmen si aceptan o
renuncian a la subvención propuesta mediante la cumplimentación y envío de los
correspondientes anexos disponibles en la mencionada página web:
Aceptación de Subvención Concedida»
Renuncia Voluntaria de la Subvención Concedida»
Si en el trámite de alegaciones algún beneficiario provisional renunciase a la
ayuda propuesta provisionalmente, se podrá incluir en la propuesta de resolución
definitiva la siguiente solicitud no estimada por agotamiento de crédito, según el
orden de prelación establecido por el Comité de Valoración, en caso de liberarse
crédito suficiente. Esta nueva asignación será notificada al nuevo o nuevos
solicitantes afectados.
Una vez resueltas las alegaciones que se formulen, se publicará en esta
misma página de Internet la propuesta de resolución definitiva que será notificada
a los interesados propuestos como beneficiarios definitivos.
Lista de solicitudes que obtienen financiación en la propuesta de resolución
provisional de concesión en https://ffe.es/fundacion/ayudas-movilidad/:
Anexo1. Listado de solicitudes estimadas en la propuesta de resolución
provisional de concesión
Anexo 2. Listado de solicitudes desestimadas en la propuesta de resolución
provisional de concesión
Anexo 3. Listado de solicitudes desistidas en la propuesta de resolución
provisional de concesión
En todo caso, las propuestas de resolución provisional y definitiva no generan
derecho alguno frente a la Administración a favor de los beneficiarios propuestos,
mientras no le haya sido notificada la resolución de concesión.
Las alegaciones y documentación presentadas serán examinadas por el
Comité de Valoración, el cual emitirá un Informe definitivo de evaluación
analizando las alegaciones y, en su caso, podrá reordenar la clasificación de las
solicitudes admitidas formulando una nueva propuesta al órgano instructor. Con
base en esta propuesta, el órgano instructor elevará posteriormente una propuesta
de resolución definitiva a la persona titular de la Secretaría de Estado de
Transportes y Movilidad Sostenible, que deberá autorizar previamente la propuesta
de concesión, de conformidad con el apartado 1 de la D.A. 16ª de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Todo ello de conformidad con el
art. 3 de la Orden.
La persona titular de la Presidencia de la Fundación de los Ferrocarriles
Españoles, F. S. P., dictará la Resolución Definitiva, y un extracto de la misma será
publicada en el «Boletín Oficial del Estado», surtiendo los efectos de la notificación,
conforme al artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se remitirá a la Base de
cve: BOE-B-2024-27878
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. V-B. Pág. 42839
Asimismo, el órgano instructor podrá sugerir a los municipios beneficiarios que
realicen adaptaciones de sus proyectos para que, en la medida de lo posible, se
adecuen a la Guía de Recomendaciones para el Diseño de Infraestructura Ciclista,
publicada por el Ministerio en 2023. A estos efectos, la FFE prestará la asesoría
técnica que precisen los beneficiarios.
Se solicita que todos los beneficiarios provisionales confirmen si aceptan o
renuncian a la subvención propuesta mediante la cumplimentación y envío de los
correspondientes anexos disponibles en la mencionada página web:
Aceptación de Subvención Concedida»
Renuncia Voluntaria de la Subvención Concedida»
Si en el trámite de alegaciones algún beneficiario provisional renunciase a la
ayuda propuesta provisionalmente, se podrá incluir en la propuesta de resolución
definitiva la siguiente solicitud no estimada por agotamiento de crédito, según el
orden de prelación establecido por el Comité de Valoración, en caso de liberarse
crédito suficiente. Esta nueva asignación será notificada al nuevo o nuevos
solicitantes afectados.
Una vez resueltas las alegaciones que se formulen, se publicará en esta
misma página de Internet la propuesta de resolución definitiva que será notificada
a los interesados propuestos como beneficiarios definitivos.
Lista de solicitudes que obtienen financiación en la propuesta de resolución
provisional de concesión en https://ffe.es/fundacion/ayudas-movilidad/:
Anexo1. Listado de solicitudes estimadas en la propuesta de resolución
provisional de concesión
Anexo 2. Listado de solicitudes desestimadas en la propuesta de resolución
provisional de concesión
Anexo 3. Listado de solicitudes desistidas en la propuesta de resolución
provisional de concesión
En todo caso, las propuestas de resolución provisional y definitiva no generan
derecho alguno frente a la Administración a favor de los beneficiarios propuestos,
mientras no le haya sido notificada la resolución de concesión.
Las alegaciones y documentación presentadas serán examinadas por el
Comité de Valoración, el cual emitirá un Informe definitivo de evaluación
analizando las alegaciones y, en su caso, podrá reordenar la clasificación de las
solicitudes admitidas formulando una nueva propuesta al órgano instructor. Con
base en esta propuesta, el órgano instructor elevará posteriormente una propuesta
de resolución definitiva a la persona titular de la Secretaría de Estado de
Transportes y Movilidad Sostenible, que deberá autorizar previamente la propuesta
de concesión, de conformidad con el apartado 1 de la D.A. 16ª de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Todo ello de conformidad con el
art. 3 de la Orden.
La persona titular de la Presidencia de la Fundación de los Ferrocarriles
Españoles, F. S. P., dictará la Resolución Definitiva, y un extracto de la misma será
publicada en el «Boletín Oficial del Estado», surtiendo los efectos de la notificación,
conforme al artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se remitirá a la Base de
cve: BOE-B-2024-27878
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184