V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-27878)
Resolución provisional de 24 de julio de 2024, de la Fundación de los Ferrocarriles Españoles, F.S.P., por la que se hace pública la Primera Convocatoria de subvenciones a favor de Entidades Locales para el fomento del uso de la bicicleta a través de inversión e infraestructura ciclista.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. V-B. Pág. 42838
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
27878
Resolución provisional de 24 de julio de 2024, de la Fundación de los
Ferrocarriles Españoles, F.S.P., por la que se hace pública la Primera
Convocatoria de subvenciones a favor de Entidades Locales para el
fomento del uso de la bicicleta a través de inversión e infraestructura
ciclista.
De conformidad con la Resolución 01/2023, de 17 de febrero 2023, por la que
se aprueba la Primera Convocatoria de subvenciones de la Fundación de los
Ferrocarriles Españoles, F.S.P. a favor de Entidades Locales para el fomento del
uso de la bicicleta a través de inversión en infraestructura ciclista (BDNS: 677564,
publicada en el «BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2023, páginas 8489 a 8491) y
con la Orden TMA/1131/2022, de 11 de noviembre, por la que se aprueban las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales para el
fomento del uso de la bicicleta a través de inversión en infraestructura ciclista
publicada en «BOE» núm. 281, de 23 de noviembre de 2022 (en lo sucesivo, "la
Orden"),
La Fundación de los Ferrocarriles Españoles, F.S.P. (en lo sucesivo, "FFE"), en
su condición de órgano instructor, a la vista de del informe provisional del órgano
colegiado formado por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y la
FFE, formula la siguiente propuesta de resolución provisional de concesión de las
ayudas, debidamente motivada a la vista de los acuerdos adoptados por la
Comisión de Evaluación, reunida formalmente el día 21 de mayo de 2024 en sede
ministerial.
En el Anexo 1, listado de solicitudes estimadas provisionalmente en Comisión
de Evaluación se indican los beneficiarios provisionales propuestos
provisionalmente.
Además de la presente publicación en la página web https://ffe.es/fundacion/
ayudas-movilidad/ así como el extracto de la misma en el «Boletín Oficial del
Estado» surtiendo los efectos de notificación, conforme al artículo 45 de la Ley 39/
2015, de 1 de octubre, se notifica también a los beneficiarios provisionales a través
de sede electrónica de los diferentes ayuntamientos.
Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día
siguiente a la fecha de publicación de las propuestas provisionales individuales,
para formular las alegaciones que estimen pertinentes, a través de la sede
electrónica de los diferentes ayuntamientos dirigidos a la FFE.
En el caso en que el importe de la ayuda propuesta en fase de resolución
provisional sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá instar del
beneficiario provisional la reformulación de su solicitud para ajustar los
compromisos y condiciones a la subvención otorgable, en los términos del artículo
27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Para ello se
otorgará un plazo de 15 días hábiles.
cve: BOE-B-2024-27878
Verificable en https://www.boe.es
Los solicitantes podrán formular las alegaciones ante el órgano instructor en el
plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a aquel en que se publique en el
«Boletín Oficial del Estado» el extracto de la propuesta de resolución provisional
del órgano instructor.
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. V-B. Pág. 42838
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27878
Resolución provisional de 24 de julio de 2024, de la Fundación de los
Ferrocarriles Españoles, F.S.P., por la que se hace pública la Primera
Convocatoria de subvenciones a favor de Entidades Locales para el
fomento del uso de la bicicleta a través de inversión e infraestructura
ciclista.
De conformidad con la Resolución 01/2023, de 17 de febrero 2023, por la que
se aprueba la Primera Convocatoria de subvenciones de la Fundación de los
Ferrocarriles Españoles, F.S.P. a favor de Entidades Locales para el fomento del
uso de la bicicleta a través de inversión en infraestructura ciclista (BDNS: 677564,
publicada en el «BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2023, páginas 8489 a 8491) y
con la Orden TMA/1131/2022, de 11 de noviembre, por la que se aprueban las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales para el
fomento del uso de la bicicleta a través de inversión en infraestructura ciclista
publicada en «BOE» núm. 281, de 23 de noviembre de 2022 (en lo sucesivo, "la
Orden"),
La Fundación de los Ferrocarriles Españoles, F.S.P. (en lo sucesivo, "FFE"), en
su condición de órgano instructor, a la vista de del informe provisional del órgano
colegiado formado por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y la
FFE, formula la siguiente propuesta de resolución provisional de concesión de las
ayudas, debidamente motivada a la vista de los acuerdos adoptados por la
Comisión de Evaluación, reunida formalmente el día 21 de mayo de 2024 en sede
ministerial.
En el Anexo 1, listado de solicitudes estimadas provisionalmente en Comisión
de Evaluación se indican los beneficiarios provisionales propuestos
provisionalmente.
Además de la presente publicación en la página web https://ffe.es/fundacion/
ayudas-movilidad/ así como el extracto de la misma en el «Boletín Oficial del
Estado» surtiendo los efectos de notificación, conforme al artículo 45 de la Ley 39/
2015, de 1 de octubre, se notifica también a los beneficiarios provisionales a través
de sede electrónica de los diferentes ayuntamientos.
Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día
siguiente a la fecha de publicación de las propuestas provisionales individuales,
para formular las alegaciones que estimen pertinentes, a través de la sede
electrónica de los diferentes ayuntamientos dirigidos a la FFE.
En el caso en que el importe de la ayuda propuesta en fase de resolución
provisional sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá instar del
beneficiario provisional la reformulación de su solicitud para ajustar los
compromisos y condiciones a la subvención otorgable, en los términos del artículo
27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Para ello se
otorgará un plazo de 15 días hábiles.
cve: BOE-B-2024-27878
Verificable en https://www.boe.es
Los solicitantes podrán formular las alegaciones ante el órgano instructor en el
plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a aquel en que se publique en el
«Boletín Oficial del Estado» el extracto de la propuesta de resolución provisional
del órgano instructor.