III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-15846)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Salamanca, para la realización de la exposición "Unamuno y la política. De la pluma a la palabra".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 97728
2.2 Se facilitará un listado del personal (con nombre y DNI) que vaya a trabajar en
el montaje, así como de las personas que actúen como correos y de las empresas
proveedoras.
2.3 Todo el personal autorizado pasará por el control de visitas para que le hagan la
tarjeta correspondiente al día de la fecha. En algunos casos se podrán confeccionar
tarjetas válidas para todo el montaje o duración de la exposición.
2.4 Las tareas de carga y descarga de materiales se realizarán siguiendo las
indicaciones del personal de Seguridad de la Biblioteca Nacional de España. La
matrícula de los vehículos y el nombre y DNI de los conductores deberán comunicarse
con antelación. Los vehículos no podrán quedarse estacionados en el recinto de la
Biblioteca Nacional de España una vez realizados los trabajos de carga o descarga.
2.5 La permanencia de personal en el montaje fuera del horario habitual de la
Biblioteca Nacional de España (de 08:00 a 21:00 horas de lunes a viernes y de 09:00
a 14:00 horas los sábados) deberá comunicarse con anterioridad, acompañada de un
listado del personal, para obtener la conformidad de la Biblioteca Nacional de España.
2.6 El montaje se llevará a cabo en las horas y fechas determinadas y solo
mediante autorización por escrito podrá alterarse el calendario previsto.
2.7 El personal del Servicio de Exposiciones de la BNE desarrollará una función de
supervisión, teniendo potestad de hacer las indicaciones que considere necesarias,
especialmente en lo referido al montaje de las obras, para que los trabajos se desarrollen
conforme a los estándares habituales y con el debido cuidado para las instalaciones de
la BNE y obras expuestas.
2.8 Se conservarán las condiciones originales de las Salas, evitando daños y
desperfectos en el suelo, paredes, techos, instalaciones, etc.
2.9 Cualquier alteración de las instalaciones deberá comunicarse a la Biblioteca
Nacional de España para su aprobación o rechazo.
2.10 Se tendrá especial cuidado en mantener los dispositivos de seguridad
operativos y libres de obstáculos en todo momento. En ningún momento se taparán,
desmantelarán o desactivarán sin el conocimiento y aprobación del Servicio de
Seguridad de la Biblioteca Nacional de España.
2.11 La colocación de extintores y señalización de emergencias se hará de acuerdo
con las indicaciones del Área de Seguridad y Mantenimiento de la Biblioteca Nacional de
España.
2.12 Las salidas de emergencia deberán estar libres y con las distancias
reglamentarias, evitando también que puedan quedar vitrinas y objetos punzantes cerca
de las mismas.
2.13 Parte de la iluminación de las salas estará conectada a red grupo, asegurando
que los caminos de evacuación estén suficientemente iluminados.
2.14 Será de obligado cumplimiento el Pliego de Condiciones Generales de la
Edificación editado por el Consejo Superior de Arquitectos de España, el Código Técnico
de la Edificación y sus modificaciones, y se observarán cuantas disposiciones legales
afecten al montaje, materiales e instalaciones descritas en este proyecto: Tecnologías,
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias,
Protección contra incendios, Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y
Actividades Recreativas, así como la legislación de la Comunidad Autónoma de Madrid,
las Ordenanzas del Ayuntamiento de Madrid y demás normativa reguladora que sea de
aplicación a los trabajos y actividades que nos ocupan. Asimismo, se tendrán en cuenta
durante el montaje de la exposición las modificaciones o nuevas disposiciones que se
promulguen en el transcurso de la misma, siendo responsable la empresa adjudicataria
de cualquier consecuencia que de la inobservancia de la citada legislación pudiese
desprenderse.
2.15 Los trabajos de iluminación, construcción, modificación, etc. y todos aquellos
otros que puedan implicar la manipulación de las instalaciones eléctricas, paramentos,
suelos y otras instalaciones fijas o móviles propias de Biblioteca Nacional de España
deberán seguir en todo momento las indicaciones que el Área de Seguridad y
cve: BOE-A-2024-15846
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 97728
2.2 Se facilitará un listado del personal (con nombre y DNI) que vaya a trabajar en
el montaje, así como de las personas que actúen como correos y de las empresas
proveedoras.
2.3 Todo el personal autorizado pasará por el control de visitas para que le hagan la
tarjeta correspondiente al día de la fecha. En algunos casos se podrán confeccionar
tarjetas válidas para todo el montaje o duración de la exposición.
2.4 Las tareas de carga y descarga de materiales se realizarán siguiendo las
indicaciones del personal de Seguridad de la Biblioteca Nacional de España. La
matrícula de los vehículos y el nombre y DNI de los conductores deberán comunicarse
con antelación. Los vehículos no podrán quedarse estacionados en el recinto de la
Biblioteca Nacional de España una vez realizados los trabajos de carga o descarga.
2.5 La permanencia de personal en el montaje fuera del horario habitual de la
Biblioteca Nacional de España (de 08:00 a 21:00 horas de lunes a viernes y de 09:00
a 14:00 horas los sábados) deberá comunicarse con anterioridad, acompañada de un
listado del personal, para obtener la conformidad de la Biblioteca Nacional de España.
2.6 El montaje se llevará a cabo en las horas y fechas determinadas y solo
mediante autorización por escrito podrá alterarse el calendario previsto.
2.7 El personal del Servicio de Exposiciones de la BNE desarrollará una función de
supervisión, teniendo potestad de hacer las indicaciones que considere necesarias,
especialmente en lo referido al montaje de las obras, para que los trabajos se desarrollen
conforme a los estándares habituales y con el debido cuidado para las instalaciones de
la BNE y obras expuestas.
2.8 Se conservarán las condiciones originales de las Salas, evitando daños y
desperfectos en el suelo, paredes, techos, instalaciones, etc.
2.9 Cualquier alteración de las instalaciones deberá comunicarse a la Biblioteca
Nacional de España para su aprobación o rechazo.
2.10 Se tendrá especial cuidado en mantener los dispositivos de seguridad
operativos y libres de obstáculos en todo momento. En ningún momento se taparán,
desmantelarán o desactivarán sin el conocimiento y aprobación del Servicio de
Seguridad de la Biblioteca Nacional de España.
2.11 La colocación de extintores y señalización de emergencias se hará de acuerdo
con las indicaciones del Área de Seguridad y Mantenimiento de la Biblioteca Nacional de
España.
2.12 Las salidas de emergencia deberán estar libres y con las distancias
reglamentarias, evitando también que puedan quedar vitrinas y objetos punzantes cerca
de las mismas.
2.13 Parte de la iluminación de las salas estará conectada a red grupo, asegurando
que los caminos de evacuación estén suficientemente iluminados.
2.14 Será de obligado cumplimiento el Pliego de Condiciones Generales de la
Edificación editado por el Consejo Superior de Arquitectos de España, el Código Técnico
de la Edificación y sus modificaciones, y se observarán cuantas disposiciones legales
afecten al montaje, materiales e instalaciones descritas en este proyecto: Tecnologías,
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias,
Protección contra incendios, Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y
Actividades Recreativas, así como la legislación de la Comunidad Autónoma de Madrid,
las Ordenanzas del Ayuntamiento de Madrid y demás normativa reguladora que sea de
aplicación a los trabajos y actividades que nos ocupan. Asimismo, se tendrán en cuenta
durante el montaje de la exposición las modificaciones o nuevas disposiciones que se
promulguen en el transcurso de la misma, siendo responsable la empresa adjudicataria
de cualquier consecuencia que de la inobservancia de la citada legislación pudiese
desprenderse.
2.15 Los trabajos de iluminación, construcción, modificación, etc. y todos aquellos
otros que puedan implicar la manipulación de las instalaciones eléctricas, paramentos,
suelos y otras instalaciones fijas o móviles propias de Biblioteca Nacional de España
deberán seguir en todo momento las indicaciones que el Área de Seguridad y
cve: BOE-A-2024-15846
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184