III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-15846)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Salamanca, para la realización de la exposición "Unamuno y la política. De la pluma a la palabra".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Miércoles 31 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 97727

físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Decimosexta.

Modificación del convenio.

La modificación del presente convenio se realizará mediante la elaboración de la
correspondiente adenda al mismo para lo que se requerirá el acuerdo unánime de los
firmantes, de acuerdo al artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Decimoséptima.

Naturaleza del convenio y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución
y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes,
agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso
extrajudicial.
En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos
jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo, en Madrid capital.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes
firman el presente documento, a un solo efecto.–Por la Universidad de Salamanca, el
Rector, Juan Manuel Corchado Rodríguez.–Por la Biblioteca Nacional de España, el
Director General, Óscar Arroyo Ortega.
ANEXO I
Normas de utilización de las salas de exposiciones de la Biblioteca Nacional de
España
Aprobación del proyecto expositivo.

Los organizadores de la exposición presentarán a la Biblioteca Nacional de España
el proyecto como mínimo mes y medio antes del comienzo del montaje, con el fin de
evitar que por falta de tiempo haya que aceptar montajes no adecuados.
El proyecto se adaptará a las instalaciones existentes.
Hasta que la Biblioteca Nacional de España no dé conformidad al proyecto no podrán
iniciarse los trabajos de montaje.
Si se considera necesario, se convocará a los organizadores a una reunión para
aclaraciones.
El proyecto de diseño tendrá que estar certificado por un técnico competente en el
caso de que las estructuras proyectadas requieran la rigidez y la estabilidad necesarias
para evitar cualquier riesgo a personas o bienes.
Una vez aprobado el proyecto se determinará un calendario donde estén claramente
diferenciadas las distintas fases (pintura, ensamblado de mobiliario, llegada y colocación
de obras) con los horarios de trabajo, dejando el plazo necesario para que se monten los
sistemas de seguridad (volumétricos, CCTV, etc.).
2.

Normas durante la realización del montaje

2.1 Los organizadores designarán a una persona que será la responsable y actuará
como interlocutor con la Biblioteca Nacional de España durante el montaje, desmontaje y
mientras dure la exposición.

cve: BOE-A-2024-15846
Verificable en https://www.boe.es

1.