III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-15846)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Salamanca, para la realización de la exposición "Unamuno y la política. De la pluma a la palabra".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 97724
fines y línea expositiva de la institución, así como la disponibilidad de los fondos que se
vayan a exhibir.
Cuarta. Comprobación material de los gastos realizados.
En orden a la comprobación efectiva de los gastos llevados a cabo por las partes
firmantes del presente Convenio, y siendo al menos una de ellas organismo autónomo
dependiente de la Administración General del Estado y sujeta, por tanto, a la
Intervención General de Estado y a sus procedimientos, las partes se comprometen a
aportar relación certificada de gastos realmente realizados, si es que alguna de ellas
solicitara dicha certificación.
Quinta. Proyecto expositivo.
El proyecto expositivo, con el desarrollo de contenido de la muestra y su diseño,
deberá contar con la aprobación de las entidades con el fin de garantizar su relación con
los fines y línea expositiva de las instituciones, así como la disponibilidad de los fondos
que se vayan a exhibir.
Serán de obligado cumplimiento las Normas de Préstamo de Obras para
Exposiciones Temporales de la BNE (anexo III) y las Normas de Utilización de las Salas
de Exposiciones de la BNE (anexo I) y condiciones de seguridad de la BNE (anexo II).
Sexta.
Material gráfico, catálogo y programa de actividades.
Tanto en el catálogo y folleto de la exposición, como en los soportes de gráfica, notas
de prensa, los materiales de comunicación del programa de actividades y en las páginas
Web de las partes y otros soportes gráficos y digitales y de cualquier otra entidad en la
que figure divulgada la exposición aparecerá el texto: «Exposición organizada por la
Biblioteca Nacional de España y la Universidad de Salamanca». Sin perjuicio de que se
añadan otras instituciones que puedan realizar convenios particulares con las otras
instituciones.
Cada institución se hará cargo de su propia distribución para sus compromisos
institucionales.
La Universidad de Salamanca hará entrega a la BNE de 150 ejemplares del catálogo
de la exposición, (editado por la Universidad de Salamanca en el año 2023), libres de
todo cargo para sus compromisos institucionales.
Logotipos y difusión.
En todos los materiales, tanto impresos como digitales, que se elaboren para la
promoción y divulgación de la exposición y su programa de actividades aparecerá el logo
de las partes como entidades organizadoras, junto al resto de entidades, en su caso,
siendo necesaria su conformidad respecto a la presentación de su imagen.
El uso no autorizado, o para un fin distinto al pactado, de cualquier signo distintivo
protegido por los derechos de propiedad intelectual o industrial de las partes, facultará a
las otras para instar la resolución del presente convenio, sin perjuicio de la
correspondiente indemnización de daños y perjuicios a que hubiere lugar.
El uso de la denominación, marca y logotipo de las partes se ajustará al modelo que
cada una proporcione.
Octava. Inauguración.
La BNE se encargará de la producción y envío de las invitaciones a la inauguración
en formato digital.
cve: BOE-A-2024-15846
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 97724
fines y línea expositiva de la institución, así como la disponibilidad de los fondos que se
vayan a exhibir.
Cuarta. Comprobación material de los gastos realizados.
En orden a la comprobación efectiva de los gastos llevados a cabo por las partes
firmantes del presente Convenio, y siendo al menos una de ellas organismo autónomo
dependiente de la Administración General del Estado y sujeta, por tanto, a la
Intervención General de Estado y a sus procedimientos, las partes se comprometen a
aportar relación certificada de gastos realmente realizados, si es que alguna de ellas
solicitara dicha certificación.
Quinta. Proyecto expositivo.
El proyecto expositivo, con el desarrollo de contenido de la muestra y su diseño,
deberá contar con la aprobación de las entidades con el fin de garantizar su relación con
los fines y línea expositiva de las instituciones, así como la disponibilidad de los fondos
que se vayan a exhibir.
Serán de obligado cumplimiento las Normas de Préstamo de Obras para
Exposiciones Temporales de la BNE (anexo III) y las Normas de Utilización de las Salas
de Exposiciones de la BNE (anexo I) y condiciones de seguridad de la BNE (anexo II).
Sexta.
Material gráfico, catálogo y programa de actividades.
Tanto en el catálogo y folleto de la exposición, como en los soportes de gráfica, notas
de prensa, los materiales de comunicación del programa de actividades y en las páginas
Web de las partes y otros soportes gráficos y digitales y de cualquier otra entidad en la
que figure divulgada la exposición aparecerá el texto: «Exposición organizada por la
Biblioteca Nacional de España y la Universidad de Salamanca». Sin perjuicio de que se
añadan otras instituciones que puedan realizar convenios particulares con las otras
instituciones.
Cada institución se hará cargo de su propia distribución para sus compromisos
institucionales.
La Universidad de Salamanca hará entrega a la BNE de 150 ejemplares del catálogo
de la exposición, (editado por la Universidad de Salamanca en el año 2023), libres de
todo cargo para sus compromisos institucionales.
Logotipos y difusión.
En todos los materiales, tanto impresos como digitales, que se elaboren para la
promoción y divulgación de la exposición y su programa de actividades aparecerá el logo
de las partes como entidades organizadoras, junto al resto de entidades, en su caso,
siendo necesaria su conformidad respecto a la presentación de su imagen.
El uso no autorizado, o para un fin distinto al pactado, de cualquier signo distintivo
protegido por los derechos de propiedad intelectual o industrial de las partes, facultará a
las otras para instar la resolución del presente convenio, sin perjuicio de la
correspondiente indemnización de daños y perjuicios a que hubiere lugar.
El uso de la denominación, marca y logotipo de las partes se ajustará al modelo que
cada una proporcione.
Octava. Inauguración.
La BNE se encargará de la producción y envío de las invitaciones a la inauguración
en formato digital.
cve: BOE-A-2024-15846
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.