III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-15838)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para 2023 y las provisionales para 2024 del Convenio colectivo estatal de granjas avícolas y otros animales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Miércoles 31 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 97695

En consecuencia con lo anterior, se procederá a abonar los atrasos devengados
desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023 en los plazos fijados en el convenio
colectivo, esto es, dos meses desde la firma del presente acuerdo.
b) Tablas salariales para el año 2024: Se incrementará la tabla salarial definitiva del
año 2023 en un 2,75 %. Se incorpora como anexo número 2 al presente acuerdo la tabla
provisional correspondiente al año 2024 una vez aplicado el incremento pactado
del 2,75 %.
En consecuencia con lo anterior, se procederá a abonar los atrasos devengados
desde el 1 de enero de 2024 en los plazos fijados en el convenio colectivo, esto es, dos
meses desde la firma del presente acuerdo.
c) Cláusula de actualización salarial a fecha 31 de diciembre de 2024:
Asimismo, se establece que si el IPC real del año 2024 es superior al porcentaje de
incremento pactado para el referido año (2,75 %), solo en ese caso, la tabla salarial del
año 2024 se actualizaría con la diferencia entre el porcentaje incrementado en dicho año
(2,75 %) y el IPC real del referido año, si bien, con el tope máximo de 0,75 %. Es decir, si
el IPC real del año 2024 fuera superior a 2,75 %, la cantidad máxima de actualización de
las tablas salariales definitivas del año 2024 sería de un 0,75 %. Dicha actualización en
ningún caso implicará el pago de atrasos quedando establecida la tabla salarial definitiva
del año 2024 a aplicar desde el 1 de enero de 2025 y a la que se le realizarán los
incrementos salariales que, en su caso, se pudieran pactar para el año 2025.
Segundo.

Proceso negociador.

Las partes se comprometen a retomar las negociaciones del Convenio colectivo
estatal para las granjas avícolas y otros animales por cuanto el presente acuerdo es
parcial. A tal efecto, las negociaciones se deberán retomar durante la segunda quincena
del mes de enero de 2025, una vez conocido el dato definitivo de IPC del año 2024.
Tercero. Buena fe.
Hasta la conclusión del periodo de negociación que permita suscribir un acuerdo total
de convenio colectivo que suceda al actualmente denunciado y en fase de negociación,
las partes se comprometen a mantener una relación basada en la buena fe y el
compromiso negociador en relación a las condiciones laborales reguladas en el convenio
colectivo.
Cuarto. Delegación de facultades.
Que, la comisión negociadora del Convenio colectivo estatal para las granjas
avícolas y otros animales acuerda facultar a don Rubén Rivero Cano en nombre de la
misma, realicen los trámites necesarios para solicitar la inscripción y publicación del
presente acuerdo en el boletín oficial correspondiente.
Y sin más asuntos que tratar, en Madrid a 3 de julio de 2024.

Salario base mes/día

Salario base anual

Titulado Superior.

1.947,43

29.211,45

Titulados Medios.

1.744,46

26.166,90

No titulados y diplomados.

1.451,33

21.769,95

Técnicos

cve: BOE-A-2024-15838
Verificable en https://www.boe.es

TABLAS CONVENIO GRANJAS 2023