II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-15811)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Media de Ciencia y Tecnología, especialidad Cálculo Científico y Diseño Técnico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 97599

7.5 La publicación de la celebración del segundo ejercicio y tercer ejercicio se
efectuará por el Tribunal en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad y en la
dirección electrónica https://www.upct.es/convocatorias con veinticuatro horas, al menos,
de antelación a la señalada para la iniciación de estos.
7.6 La relación de personas aprobadas se publicará en el Tablón Oficial Electrónico
de la Universidad y en la dirección electrónica https://www.upct.es/convocatorias.
7.7 En cualquier momento del proceso selectivo si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguno de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá proponer
su exclusión a el/la Rector/a de la Universidad Politécnica de Cartagena, comunicándole
asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
7.8 Una vez publicada por el Tribunal la relación de aspirantes que han superado la
fase de oposición y los aspirantes que han obtenido un 40 % de la puntuación máxima
establecida en la fase de oposición, en la misma publicación, se establecerá un plazo de
diez días hábiles para que aquellos que posean méritos de los indicados en el punto 1.2
del anexo I de esta convocatoria presenten a través de los mismos medios establecidos
en la base 3, relación detallada de los méritos alegados, según modelo que se indique,
acompañando copia de los documentos acreditativos de los mismos.
Los méritos serán valorables hasta la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes. No se tendrá en cuenta la documentación acreditativa de los méritos
presentada fuera del plazo establecido para ello, así como los méritos alegados y no
acreditados suficientemente, salvo lo dispuesto en el apartado siguiente.
Si la documentación citada constara en la hoja de servicios del empleado de la
Universidad Politécnica de Cartagena, la Universidad con base en lo alegado por los
aspirantes en la relación detallada y en los antecedentes existentes en la Universidad,
expedirá certificación de los méritos de cada aspirante.
Contra la resolución rectoral que establezca la puntuación de la fase de concurso de
cada aspirante, se podrá presentar reclamación en el plazo de diez días hábiles
contados desde el día siguiente a su publicación en el Tablón Oficial Electrónico.
Finalizado dicho plazo y atendidas las reclamaciones, se publicará Resolución definitiva.
Dicha Resolución se trasladará al Tribunal Calificador para que proceda a su integración
en la puntuación de las pruebas selectivas.
8.

Lista de personas aprobadas

8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el Tablón Oficial
Electrónico, y en la dirección electrónica https://www.upct.es/convocatorias/act/
convocatorias.php, la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas,
por orden de puntuación alcanzada, teniendo en cuenta lo establecido en la base 5.9.
Los posibles empates se resolverán por la aplicación sucesiva de los siguientes criterios:
mayor puntuación en la fase de oposición y, en caso de persistir, se resolverá por orden
alfabético de apellidos comenzando por la letra señalada en la base 7.1. Cuando el
primer apellido esté encabezado por preposición o por preposición más artículo, éstos no
se tendrán en cuenta para el orden alfabético y se escribirán detrás del nombre.
8.2 El Tribunal elevará propuesta a el/la Rector/a de las personas aspirantes que
han superado el proceso selectivo.
8.3 La adjudicación de los puestos a las personas aspirantes que superen el
proceso selectivo se efectuará atendiendo a la petición de destino realizada por éstas de
acuerdo con la puntuación total obtenida, a la vista de los puestos de trabajo vacantes
que se oferten.

cve: BOE-A-2024-15811
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Núm. 184