I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CULTURA. Subvenciones. (BOE-A-2024-15706)
Real Decreto 761/2024, de 30 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a actuaciones de interés público y social relacionadas con diversos ámbitos de la cultura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 97369
aprobación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Real
Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales y en el Real Decreto 323/2024, de 26 de
marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y
se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
El ICAA, por su parte, es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura, a
través de la Secretaría de Estado de Cultura, al que se le confiere, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 3 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, el ejercicio de
las funciones que se le atribuyen a la Administración General del Estado en virtud de
esta norma, y las que le corresponden de conformidad con su Estatuto, aprobado por el
Real Decreto 7/1997, de 10 de enero, y las demás disposiciones del ordenamiento
jurídico que resulten de aplicación.
Por último, y en atención a que la finalidad última de las subvenciones es el fomento
de la cultura, las actuaciones subvencionadas encuentran su fundamento en la
competencia estatal prevista en el artículo 149.2 de la Constitución Española que
establece que, sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las comunidades
autónomas, el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atribución
esencial y facilitará la comunicación cultural entre las comunidades autónomas, de
acuerdo con ellas. De esta manera, la propuesta se considera plenamente respetuosa
con el reparto constitucional de competencias entre el Estado y las comunidades
autónomas en materia de cultura.
En su elaboración, este real decreto ha sido informado por el Ministerio de Hacienda.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura, con la aprobación previa del
Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de julio de 2024,
DISPONGO:
Objeto.
1. El presente real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de
subvenciones de carácter singular a las administraciones públicas, instituciones y
entidades culturales que se indican en el artículo 3, en aplicación de lo previsto en el
artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en
relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley, por
concurrir razones de interés público, social, económico y cultural debidamente
justificadas que dificultan su convocatoria pública.
2. El Ministerio de Cultura y el Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales O.A. (ICAA, en adelante) llevan a cabo la ejecución de la política cultural,
conforme a la normativa aplicable, siendo indispensable el apoyo a determinadas
actuaciones y proyectos culturales, ejecutados por distintas administraciones públicas e
instituciones públicas y privadas, para promover y fortalecer el ecosistema cultural de
nuestro país, impulsando su desarrollo y proyección internacional. En las entidades
beneficiarias, así como en las actividades objeto de las subvenciones reguladas en este
real decreto, concurren las razones de interés público, social, económico y cultural que
justifican la concesión directa de estas subvenciones. Asimismo, resulta indispensable
acudir al procedimiento de concesión directa de las subvenciones objeto de este real
decreto, puesto que la convocatoria pública se ve imposibilitada por el hecho de que las
actuaciones e inversiones que se van a ejecutar son de titularidad de las entidades
beneficiarias.
El adecuado funcionamiento de las entidades beneficiarias de este real decreto
incide de manera determinante en el ecosistema cultural de nuestro país. Las
subvenciones incluidas en este real decreto contribuyen a avanzar en el logro de los
objetivos de la política ejercida por el Ministerio de Cultura y el ICAA, alineándose de
cve: BOE-A-2024-15706
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1.
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 97369
aprobación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Real
Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales y en el Real Decreto 323/2024, de 26 de
marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y
se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
El ICAA, por su parte, es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura, a
través de la Secretaría de Estado de Cultura, al que se le confiere, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 3 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, el ejercicio de
las funciones que se le atribuyen a la Administración General del Estado en virtud de
esta norma, y las que le corresponden de conformidad con su Estatuto, aprobado por el
Real Decreto 7/1997, de 10 de enero, y las demás disposiciones del ordenamiento
jurídico que resulten de aplicación.
Por último, y en atención a que la finalidad última de las subvenciones es el fomento
de la cultura, las actuaciones subvencionadas encuentran su fundamento en la
competencia estatal prevista en el artículo 149.2 de la Constitución Española que
establece que, sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las comunidades
autónomas, el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atribución
esencial y facilitará la comunicación cultural entre las comunidades autónomas, de
acuerdo con ellas. De esta manera, la propuesta se considera plenamente respetuosa
con el reparto constitucional de competencias entre el Estado y las comunidades
autónomas en materia de cultura.
En su elaboración, este real decreto ha sido informado por el Ministerio de Hacienda.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura, con la aprobación previa del
Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de julio de 2024,
DISPONGO:
Objeto.
1. El presente real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de
subvenciones de carácter singular a las administraciones públicas, instituciones y
entidades culturales que se indican en el artículo 3, en aplicación de lo previsto en el
artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en
relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley, por
concurrir razones de interés público, social, económico y cultural debidamente
justificadas que dificultan su convocatoria pública.
2. El Ministerio de Cultura y el Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales O.A. (ICAA, en adelante) llevan a cabo la ejecución de la política cultural,
conforme a la normativa aplicable, siendo indispensable el apoyo a determinadas
actuaciones y proyectos culturales, ejecutados por distintas administraciones públicas e
instituciones públicas y privadas, para promover y fortalecer el ecosistema cultural de
nuestro país, impulsando su desarrollo y proyección internacional. En las entidades
beneficiarias, así como en las actividades objeto de las subvenciones reguladas en este
real decreto, concurren las razones de interés público, social, económico y cultural que
justifican la concesión directa de estas subvenciones. Asimismo, resulta indispensable
acudir al procedimiento de concesión directa de las subvenciones objeto de este real
decreto, puesto que la convocatoria pública se ve imposibilitada por el hecho de que las
actuaciones e inversiones que se van a ejecutar son de titularidad de las entidades
beneficiarias.
El adecuado funcionamiento de las entidades beneficiarias de este real decreto
incide de manera determinante en el ecosistema cultural de nuestro país. Las
subvenciones incluidas en este real decreto contribuyen a avanzar en el logro de los
objetivos de la política ejercida por el Ministerio de Cultura y el ICAA, alineándose de
cve: BOE-A-2024-15706
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Artículo 1.