I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Urbanismo. (BOE-A-2024-15709)
Ley 2/2024, de 29 de mayo, de medidas en materia territorial y urbanística para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 97402
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
15709
Ley 2/2024, de 29 de mayo, de medidas en materia territorial y urbanística
para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la
erupción volcánica de Cumbre Vieja.
Sea notorio a todos los ciudadanos y ciudadanas que el Parlamento de Canarias ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 47.1 del
Estatuto de Autonomía de Canarias, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 2/2024,
de 29 de mayo, de medidas en materia territorial y urbanística para la recuperación
económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja.
ÍNDICE
Preámbulo.
Título preliminar.
Artículo 1. Ámbito objetivo.
Artículo 2. Ámbito territorial.
Artículo 3. Ámbito subjetivo.
Artículo 4. Definiciones.
Artículo 5. Ordenación del ámbito territorial.
Título I.
Medidas de recuperación en los terrenos del ámbito territorial de la colada.
Artículo 6. Condiciones de las zonas de recuperación de menos de 10 metros de
espesor de colada.
Artículo 7. Régimen de usos en las zonas de recuperación de menos de 10 metros
de espesor de colada.
Artículo 8. Competencia.
Artículo 9. Procedimiento.
Artículo 10. Dotación de servicios en las parcelas aptas para la recuperación.
Artículo 11. Sistema viario.
Artículo 12. Condiciones de las zonas de recuperación de más de 10 metros de
espesor de colada.
Artículo 13. Condiciones de las zonas de recuperación sujetas a medidas cautelares.
Artículo 14. Condiciones de las zonas de recuperación en espacios naturales
protegidos.
Artículo 15. Compatibilidad de las edificaciones con la ordenación urbanística.
Consejo para la Recuperación Económica y Social de La Palma.
Artículo 16.
Consejo para la Recuperación Económica y Social de La Palma.
Disposición adicional primera. Compatibilidad del Decreto-ley 1/2022, de 20 de
enero, de medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o
reconstrucción de edificaciones destinadas a uso residencial afectadas por la erupción
volcánica en la isla de La Palma con la presente ley.
Disposición adicional segunda. Uso agrícola en las zonas de recuperación de más
de 10 metros de espesor de colada.
Disposición adicional tercera. Elementos comunitarios.
Disposición adicional cuarta. Evaluación de la urbanización El Corazoncillo.
cve: BOE-A-2024-15709
Verificable en https://www.boe.es
Título II.
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 97402
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
15709
Ley 2/2024, de 29 de mayo, de medidas en materia territorial y urbanística
para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la
erupción volcánica de Cumbre Vieja.
Sea notorio a todos los ciudadanos y ciudadanas que el Parlamento de Canarias ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 47.1 del
Estatuto de Autonomía de Canarias, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 2/2024,
de 29 de mayo, de medidas en materia territorial y urbanística para la recuperación
económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja.
ÍNDICE
Preámbulo.
Título preliminar.
Artículo 1. Ámbito objetivo.
Artículo 2. Ámbito territorial.
Artículo 3. Ámbito subjetivo.
Artículo 4. Definiciones.
Artículo 5. Ordenación del ámbito territorial.
Título I.
Medidas de recuperación en los terrenos del ámbito territorial de la colada.
Artículo 6. Condiciones de las zonas de recuperación de menos de 10 metros de
espesor de colada.
Artículo 7. Régimen de usos en las zonas de recuperación de menos de 10 metros
de espesor de colada.
Artículo 8. Competencia.
Artículo 9. Procedimiento.
Artículo 10. Dotación de servicios en las parcelas aptas para la recuperación.
Artículo 11. Sistema viario.
Artículo 12. Condiciones de las zonas de recuperación de más de 10 metros de
espesor de colada.
Artículo 13. Condiciones de las zonas de recuperación sujetas a medidas cautelares.
Artículo 14. Condiciones de las zonas de recuperación en espacios naturales
protegidos.
Artículo 15. Compatibilidad de las edificaciones con la ordenación urbanística.
Consejo para la Recuperación Económica y Social de La Palma.
Artículo 16.
Consejo para la Recuperación Económica y Social de La Palma.
Disposición adicional primera. Compatibilidad del Decreto-ley 1/2022, de 20 de
enero, de medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o
reconstrucción de edificaciones destinadas a uso residencial afectadas por la erupción
volcánica en la isla de La Palma con la presente ley.
Disposición adicional segunda. Uso agrícola en las zonas de recuperación de más
de 10 metros de espesor de colada.
Disposición adicional tercera. Elementos comunitarios.
Disposición adicional cuarta. Evaluación de la urbanización El Corazoncillo.
cve: BOE-A-2024-15709
Verificable en https://www.boe.es
Título II.