III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Especialidades sanitarias. Programas de formación. (BOE-A-2024-15685)
Orden PJC/798/2024, de 26 de julio, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, los criterios de evaluación de los especialistas en formación y los requisitos de acreditación de las Unidades Docentes Multiprofesionales de Atención Familiar y Comunitaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183

Martes 30 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 97206

● Frecuentación general: Máximo de 8 consultas/habitante/año en MFYC y máximo
de 5/consultas/habitante/año en EFYC2.
2
Media de consultas ordinarias por habitante (población asignada) y año. Fórmula: a) / b) siendo a)
Número total de consultas atendidas y b) Población asignada.

● Promedio de número de urgencias diario atendidas en el centro de Salud: Mínimo
de 2.
– Indicar el número y tipo de actividades grupales y actividades comunitarias/año.
Debe evidenciarse que se han cumplido los criterios de actividad en los dos años
anteriores a la presentación de la solicitud.
3.1.5

Actividad Docente.

Deberá estar implantado un programa de sesiones clínicas conjuntas y específicas
por especialidad (aportar la planificación del año anterior): mínimo de 25 sesiones/
especialidad y a 10 sesiones/especialidad conjunta (MFyC y EFyC) en los centros de
salud y la actividad investigadora.
3.1.6

Indicadores de eficiencia y calidad.

Deberán definirse (referidos a los dos últimos años), los siguientes indicadores de
eficiencia y calidad científico-técnica:
Indicar frecuentación:
– Por persona asignada/año.
– Porcentaje de personas distintas atendidas en un año/ Médico especialista en
MFyC.
– Porcentaje de personas distintas atendidas en un año/ Enfermero especialista en
Enfermería Familiar y Comunitaria.
Capacidad de resolución del Centro de Salud:
– Porcentaje de consultas resueltas (sin derivación) en el Centro de Salud sobre el
total de consultas realizadas: mayor del 80 %.
Indicadores de calidad de la prescripción farmacéutica:
– Programa/acción uso racional del medicamento: Sí/No.
– Adhesión al Plan Nacional de Resistencia Antibióticos.
Indicadores de resultados en salud:
– Porcentaje de diabéticos con HbA1c <7 %.
– Porcentaje de hipertensos con Tensión Arterial < 140/90.

– Número de reclamaciones por profesional en los dos últimos años.
– Contestación del 100 % de las quejas y sugerencias recibidas sobre el
funcionamiento de la Unidad en menos de veinte días.
3.2

Requisitos para los dispositivos hospitalarios:

Para ser acreditados y para mantener su acreditación docente, estos dispositivos
deberán cumplir los siguientes criterios: de organización asistencial, de recursos
humanos, de recursos físicos y materiales, de actividad asistencial, de actividad docente
y de actividad.

cve: BOE-A-2024-15685
Verificable en https://www.boe.es

Actividades de garantía de calidad: