III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Deuda del Estado. (BOE-A-2024-15644)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de agosto de 2024 y se convocan las correspondientes subastas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 97016

octubre de 2034 y en las Órdenes ECC/1832/2013 y ECC/1836/2013 de 9 y 10 de
octubre, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 5,15 por 100,
vencimiento 31 de octubre de 2044. En las Obligaciones del Estado, indexadas al Índice
de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 0,65 por 100, con
vencimiento 30 de noviembre de 2027, el cupón real anual y las fechas de amortización y
vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes
EIC/369/2017 y EIC/373/2017 de 26 y 27 de abril, respectivamente.
2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo el 31 de octubre de 2024
en las Obligaciones al 5,15 por 100, el 30 de noviembre de 2024 en las Obligaciones
al 0,65 por 100, indexadas a la inflación y el 31 de mayo de 2025 en los Bonos a tres
años al 2,50 por 100. En las Obligaciones a diez años al 3,45 por 100, el primer cupón a
pagar será el 31 de octubre de 2024, por un importe de 1,395082 por 100, según se
establece en la Orden ECM/516/2024 de 30 de mayo.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio
de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos
segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y
reconstitución en los Bonos a tres años al 2,50 por 100, en las Obligaciones al 0,65
por 100, indexadas a la inflación y en las Obligaciones a diez años al 3,45 por 100, que
se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y
Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 1 de agosto de 2024, conforme al
calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 23 de enero de 2024, y el
precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en
tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número
entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón y, además, en el caso
de las Obligaciones al 0,65 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración la
aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este
respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma
que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/25/2024, de 19 de enero, es el 0,46
por 100 en los Bonos a tres años al 2,50 por 100, el 0,44 por 100 en las Obligaciones
al 0,65 por 100 indexadas a la inflación, el 0,58 por 100 en las Obligaciones a diez años
al 3,45 por 100 y el 3,94 por 100 en las Obligaciones al 5,15 por 100. Asimismo, el
coeficiente de indexación o índice multiplicador correspondiente a la fecha de emisión,
calculado según lo dispuesto en el punto 3.g. de la Orden EIC/369/2017, es el 1,25218.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a
las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito
de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las
subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores
y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la
normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 6 de
agosto de 2024, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de
cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y
Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF
Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones
reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas,
con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la
participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y
rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas
de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/25/2024, de 19 de enero.
Madrid, 26 de julio de 2024.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera,
P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General de Gestión
de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.

cve: BOE-A-2024-15644
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Núm. 182