III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-15641)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Estudio informativo de las variantes de las líneas Madrid-Chamartín-Clara Campoamor-Valencia Nord y bifurcación Albacete-Alacant Terminal en el entorno de la laguna de Salobrejo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Lunes 29 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 96993

Asimismo, en el ámbito de estudio se identifican dos lugares de interés geológico, el
LIG «Cerro testigo de Monpichel», al otro lado de la autovía A-31, y el LIG «Laguna del
Salobrejo», situado a 500 m de las alternativas propuestas.
c)

Características del potencial impacto:

1.

Calidad del aire y salud humana.

Los impactos sobre la calidad atmosférica en la fase de construcción se deben a la
emisión de contaminantes por el funcionamiento de la maquinaria de obra y al
incremento de partículas en suspensión relacionadas con las operaciones de despeje y
desbroce del terreno y los movimientos de tierras.
Durante esta fase, se prevé un incremento de los niveles sonoros por las acciones
derivadas de la ejecución de la obra, el funcionamiento de la maquinaria, el tráfico de
vehículos o el funcionamiento de las instalaciones auxiliares. El estudio de ruido analiza
la afección por las emisiones acústicas generadas durante las obras en las edificaciones
sensibles próximas e identifica un edificio residencial a 50 m de distancia de la
alternativa 2 y a 250 m la alternativa 1. No obstante, la afección no se considera
significativa, al ser de carácter temporal, y a que será mitigada mediante las medidas
planteadas.
El efecto ambiental más reseñable en fase de explotación se debe al incremento de
niveles sonoros en el entorno de las variantes ferroviarias, especialmente sobre una
edificación de uso residencial afectada por la alternativa 2. Para su mitigación, el
promotor contempla la instalación de una pantalla acústica de 4 m de altura y 224 m de
longitud, para rebajar los niveles de inmisión a los límites exigidos por la legislación, ya
que, sin esa medida, se produciría una superación de 10 decibelios sobre los umbrales
legales durante el periodo nocturno. Para este factor, resulta ambientalmente más
favorable la alternativa 1, dado que se aleja más de dicho receptor y evita superar los
umbrales acústicos de inmisión establecidos en la normativa vigente.
El Servicio de Salud Pública de la Delegación Provincial de Albacete manifiesta que,
para ambas alternativas, los impactos ambientales generados serán mitigados con las
medidas propuestas por el promotor y no conllevarán un perjuicio significativo sobre los
factores ambientales que mayor incidencia tienen sobre la salud humana.
Suelo y geomorfología.

Los efectos más importantes que se producen sobre este factor se derivan de los
movimientos de tierras necesarios para encajar la nueva infraestructura en el territorio.
Para evaluar el efecto que tendrá el proyecto sobre la geología y geomorfología, el
promotor tiene en cuenta las características topográficas del ámbito sobre el que
discurren las alternativas, la litología afectada, así como el balance de movimiento de
tierras de cada una de las soluciones diseñadas. En este sentido, las alternativas
discurren en un entorno llano, sin interés geológico especial y cuya litología permite parte
de la reutilización del material y, por tanto, establecer cierta compensación en el balance
de tierras.
No obstante, ambas alternativas requieren el aporte de tierras de diferente
naturaleza. Concretamente, para la alternativa 1, son necesarios 1.714.719,6 m3 de
tierras, mientras que para la alternativa 2 se necesitan 2.204.912,7 m3. La diferencia
entre los volúmenes excavados de desmontes y las necesidades de terraplenes, junto a
la escasa longitud de las alternativas planteadas dificulta la compensación de tierras en
la actuación, siendo necesario el aporte de material externo a la obra. Por ello, se
contempla el préstamo de 1.547.436,9 m3. de tierras, para la alternativa 1, y
de 1.697.557,3 m3 para la alternativa 2. El promotor plantea obtener el material a partir
de explotaciones mineras debidamente autorizadas, con planes de restauración
aprobados, cuyo listado se incluye en el documento ambiental. Respecto a los
excedentes de tierras no reutilizables en la propia obra, el documento ambiental
establece una serie de criterios ambientales de preferencia para la ubicación de

cve: BOE-A-2024-15641
Verificable en https://www.boe.es

2.