I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Vivienda. (BOE-A-2024-15575)
Ley 3/2024, de 3 de mayo, de medidas urgentes en materia de vivienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182
Lunes 29 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 96723
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
15575
Ley 3/2024, de 3 de mayo, de medidas urgentes en materia de vivienda.
LA PRESIDENTA DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el
artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El acceso a la vivienda en las Illes Balears constituye hoy en día una de las mayores
preocupaciones en la sociedad balear, especialmente para los jóvenes y las familias
numerosas y monoparentales, entre otros. El precio de la vivienda se ha elevado
desorbitadamente durante los últimos años, a un ritmo muy superior al crecimiento de la
renta disponible.
En los últimos años se han aprobado varias normas con el objetivo de facilitar a los
ciudadanos el acceso a la vivienda. Entre estas podemos destacar el Decreto-ley 3/2020,
de 28 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda, y la Ley 5/2018, de 19 de
junio, de la vivienda de las Illes Balears. Este impulso normativo se ha enfocado
especialmente en adoptar medidas que posibiliten a la Administración de la comunidad
autónoma aumentar el parque público de viviendas, objetivo que no es inmediato y que
debe tener una continuidad muy prolongada en el tiempo para que se puedan apreciar
resultados.
La mencionada normativa, aunque necesaria, no ha sido suficiente para contener el
incremento de los precios de la vivienda en las Illes Balears, que ha experimentado en
esta comunidad autónoma una subida de más del 20,30 % en el último año. Desde que
se aprobó la Ley de la vivienda los precios han crecido exponencialmente en las Illes
Balears, según los datos proporcionados por el INE, por delante de Madrid, Cataluña o el
País Vasco.
Por su parte, el alquiler continúa creciendo en tasas interanuales del 22 % respecto
del año 2022. Según los datos aportados por el sector, en las Illes Balears se necesitan
cerca de 16.000 viviendas para dar respuesta a la demanda y conseguir reducir los
precios.
En este contexto, un gran número de jóvenes y familias numerosas y
monoparentales, entre otros, no cuentan con ingresos suficientes para permitirse el
acceso a la vivienda. Sin embargo, los mismos son demasiado altos para poder optar a
una vivienda social.
Ante este reto, y sin perjuicio de que iniciativas legislativas futuras puedan completar
la regulación en materia de vivienda, resulta inaplazable e imprescindible la adopción de
una norma con rango de ley que permita la modificación de diferentes disposiciones
normativas que facilite la incorporación de viviendas privadas al mercado a un precio
asequible para la ciudadanía y sin consumir territorio.
Por eso, en primer lugar, esta ley regula una nueva figura, denominada vivienda de
precio limitado, de carácter permanente, que pretende dar respuesta a la finalidad
mencionada anteriormente, y que, como su nombre indica, tiene como característica más
importante una limitación del precio máximo de compraventa y de alquiler. Se trata
fundamentalmente de una vivienda que, además de la limitación del precio, tiene otras
condiciones que la diferencian de una vivienda libre ordinaria, como son la limitación a
cve: BOE-A-2024-15575
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 182
Lunes 29 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 96723
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
15575
Ley 3/2024, de 3 de mayo, de medidas urgentes en materia de vivienda.
LA PRESIDENTA DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el
artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El acceso a la vivienda en las Illes Balears constituye hoy en día una de las mayores
preocupaciones en la sociedad balear, especialmente para los jóvenes y las familias
numerosas y monoparentales, entre otros. El precio de la vivienda se ha elevado
desorbitadamente durante los últimos años, a un ritmo muy superior al crecimiento de la
renta disponible.
En los últimos años se han aprobado varias normas con el objetivo de facilitar a los
ciudadanos el acceso a la vivienda. Entre estas podemos destacar el Decreto-ley 3/2020,
de 28 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda, y la Ley 5/2018, de 19 de
junio, de la vivienda de las Illes Balears. Este impulso normativo se ha enfocado
especialmente en adoptar medidas que posibiliten a la Administración de la comunidad
autónoma aumentar el parque público de viviendas, objetivo que no es inmediato y que
debe tener una continuidad muy prolongada en el tiempo para que se puedan apreciar
resultados.
La mencionada normativa, aunque necesaria, no ha sido suficiente para contener el
incremento de los precios de la vivienda en las Illes Balears, que ha experimentado en
esta comunidad autónoma una subida de más del 20,30 % en el último año. Desde que
se aprobó la Ley de la vivienda los precios han crecido exponencialmente en las Illes
Balears, según los datos proporcionados por el INE, por delante de Madrid, Cataluña o el
País Vasco.
Por su parte, el alquiler continúa creciendo en tasas interanuales del 22 % respecto
del año 2022. Según los datos aportados por el sector, en las Illes Balears se necesitan
cerca de 16.000 viviendas para dar respuesta a la demanda y conseguir reducir los
precios.
En este contexto, un gran número de jóvenes y familias numerosas y
monoparentales, entre otros, no cuentan con ingresos suficientes para permitirse el
acceso a la vivienda. Sin embargo, los mismos son demasiado altos para poder optar a
una vivienda social.
Ante este reto, y sin perjuicio de que iniciativas legislativas futuras puedan completar
la regulación en materia de vivienda, resulta inaplazable e imprescindible la adopción de
una norma con rango de ley que permita la modificación de diferentes disposiciones
normativas que facilite la incorporación de viviendas privadas al mercado a un precio
asequible para la ciudadanía y sin consumir territorio.
Por eso, en primer lugar, esta ley regula una nueva figura, denominada vivienda de
precio limitado, de carácter permanente, que pretende dar respuesta a la finalidad
mencionada anteriormente, y que, como su nombre indica, tiene como característica más
importante una limitación del precio máximo de compraventa y de alquiler. Se trata
fundamentalmente de una vivienda que, además de la limitación del precio, tiene otras
condiciones que la diferencian de una vivienda libre ordinaria, como son la limitación a
cve: BOE-A-2024-15575
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