III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-15558)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Abogacía del Estado, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica con la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Sábado 27 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96555
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15558
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Abogacía del Estado, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica con la Agencia Estatal Boletín
Oficial del Estado.
Con fecha 15 de julio de 2024 se ha suscrito el Convenio de Asistencia Jurídica entre
la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, Abogacía General del Estado) y la Agencia Estatal Boletín Oficial del
Estado.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anejo a esta resolución.
Madrid, 18 de julio de 2024.–El Abogado General del Estado, David Segundo Vilas
Álvarez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE n.°148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de Justicia en el artículo 7 d) de la Orden
JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias.
De otra parte, don Manuel Tuero Secades, actuando en nombre y representación de
la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, con domicilio social en avenida de
Manoteras, 54, 28050 Madrid y NIF Q2811001C, en su condición de Director General,
cargo para el que fue nombrado por Acuerdo de su Consejo Rector publicado por
Resolución de 31 de enero de 2012 (publicado en el BOE el 1 de febrero de 2012).
MANIFIESTAN
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
Segundo.
Que la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (en adelante, la Agencia), es una
Agencia Estatal del sector público estatal de las previstas de las previstas en el
cve: BOE-A-2024-15558
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 181
Sábado 27 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96555
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15558
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Abogacía del Estado, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica con la Agencia Estatal Boletín
Oficial del Estado.
Con fecha 15 de julio de 2024 se ha suscrito el Convenio de Asistencia Jurídica entre
la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, Abogacía General del Estado) y la Agencia Estatal Boletín Oficial del
Estado.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anejo a esta resolución.
Madrid, 18 de julio de 2024.–El Abogado General del Estado, David Segundo Vilas
Álvarez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE n.°148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de Justicia en el artículo 7 d) de la Orden
JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias.
De otra parte, don Manuel Tuero Secades, actuando en nombre y representación de
la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, con domicilio social en avenida de
Manoteras, 54, 28050 Madrid y NIF Q2811001C, en su condición de Director General,
cargo para el que fue nombrado por Acuerdo de su Consejo Rector publicado por
Resolución de 31 de enero de 2012 (publicado en el BOE el 1 de febrero de 2012).
MANIFIESTAN
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
Segundo.
Que la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (en adelante, la Agencia), es una
Agencia Estatal del sector público estatal de las previstas de las previstas en el
cve: BOE-A-2024-15558
Verificable en https://www.boe.es
Primero.