III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Productos agrarios. Contratación. (BOE-A-2024-15564)
Orden APA/787/2024, de 12 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de vino que regirá durante las campañas 2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Sábado 27 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 96598

diciembre, ambas partes informan que los datos personales proporcionados serán
incorporados a un fichero de datos de carácter personal del que será responsable cada
entidad con la finalidad de llevar a cabo la gestión de la relación contractual que mantiene
con la misma.
Para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación
reconocidos por la legislación vigente, el interesado deberá realizar una comunicación a
las direcciones que figuran en el encabezamiento, indicando como referencia «LOPDP»
y adjuntando copia de su Documento Nacional de Identidad o documento identificativo
equivalente.
Decimoquinta.

Información que deben suministrarse las partes.

A la firma del contrato, el vendedor y el comprador se comprometen a facilitarse,
para su conocimiento mutuo, la información señalada en el artículo 13 de la Ley 12/2013
y demás normativa que pudiera serle aplicable.
Las partes se obligan a mantener confidencialidad sobre la información, de cualquier
tipo, de la otra parte de la que pudieran tener conocimiento con ocasión de la ejecución
del presente contrato y se comprometen a no revelarla a terceros sin el consentimiento
previo de la otra parte. Esta obligación se mantiene durante y con posterioridad a la
vigencia de este contrato. Se exceptúan de la regla anterior aquellos supuestos en los
que la transmisión de información sea necesaria por requerimiento de alguna autoridad
oficial o en virtud de cualquier disposición legal.
Decimosexta.

Otros acuerdos.

(Si procede)
......................................................................................................................................
......................................................................................................................................
......................................................................................................................................
Ambas partes aceptan en su totalidad el presente contrato y lo firman, por triplicado y
a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.
El vendedor

El comprador

Copias:

cve: BOE-A-2024-15564
Verificable en https://www.boe.es

1. Vendedor.
2. Comprador.
3. OIVE (el comprador enviará a OIVE, en el plazo de 15 días tras la firma del contrato, copia escaneada
de un ejemplar del presente contrato a la dirección de correo electrónico contratosoive@tragsa.es).

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X