III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-15494)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXIII Convenio colectivo de las sociedades cooperativas de crédito.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Viernes 26 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 96081

días de duración, de negociación con la RLPT, mediante la constitución de una Mesa
Laboral, para buscar las fórmulas que permitan minimizar el impacto de cualquier
proceso de reestructuración en el volumen de empleo.
Tanto en los procesos de integración como en los de reestructuración de entidades,
ambas partes se comprometen a negociar de buena fe.
Las Entidades promoverán la formación de su personal asalariado con el objeto de
que puedan realizar otra tarea distinta de aquella para la que fueron contratados o
ejercieran actualmente, con el fin de mejorar su empleabilidad.
La Comisión Paritaria de Interpretación y Seguimiento del convenio tendrá entre sus
competencias la de conocer, con carácter general, la evolución del empleo en las
empresas del ámbito de aplicación de este convenio colectivo.
Disposición final.
Las partes firmantes del presente convenio colectivo adquieren el compromiso de no
abrir nuevas vías de negociación en los ámbitos geográficos inferiores (provinciales o de
comunidad autónoma) comprendidos en el ámbito funcional del convenio colectivo para
las Sociedades Cooperativas de Crédito.
ANEXO I
2023

Euros

2024

Euros

2025

Euros

2026

Euros

Conceptos salariales
Salario Base.

4,50 %

4,50 %

3,00 %

Grupo I (ver nota al final de la tabla*)
Grupo II
Retribución máxima.

42.038,84

43.930,59

45.907,46

47.284,69

Retribución mínima.

31.765,06

33.194,49

34.688,24

35.728,89

Nivel 2.

26.548,90

27.743,60

28.992,06

29.861,83

Nivel 3.

25.397,38

26.540,26

27.734,58

28.566,61

Nivel 4.

24.868,03

25.987,09

27.156,51

27.971,20

Nivel 5.

23.543,07

24.602,51

25.709,62

26.480,91

Nivel 6.

23.016,18

24.051,91

25.134,25

25.888,28

Nivel 7.

22.142,52

23.138,93

24.180,18

24.905,59

Nivel 8.

20.219,25

21.129,12

22.079,93

22.742,33

Nivel 9.

18.625,17

19.463,30

20.339,15

20.949,33

Nivel 10.

17.328,61

18.108,40

18.923,27

19.490,97

Acceso a la profesión (primer año).

14.775,36

15.440,25

16.135,06

16.619,12

Acceso a la profesión (segundo año).

15.626,44

16.329,63

17.064,46

17.576,40

Oficiales-conductores.

19.508,28

20.386,15

21.303,52

21.942,63

Ayudantes.

18.584,08

19.420,36

20.294,28

20.903,10

Ayudantes B.

17.574,52

18.365,37

19.191,82

19.767,57

Grupo III

cve: BOE-A-2024-15494
Verificable en https://www.boe.es

Nivel 1: