II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2024-15451)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, como personal laboral fijo en el grupo profesional E0, especialidad Tareas Complementarias de Apoyo, sujeto al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en plazas reservadas para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 95895
Secretaría de Estado de Función Pública al que se accederá, con carácter general, a
través de la página web www.administracion.gob.es o de los registros electrónicos para
la tramitación de las inscripciones de las personas candidatas en los procesos selectivos.
3.2 Las solicitudes y, en su caso, la subsanación y procedimientos de impugnación
de las actuaciones en el proceso selectivo, deberán presentarse obligatoriamente por vía
electrónica, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en
Procesos
Pruebas
Selectivas
del
punto
de
acceso
general
(http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital válido
de persona física, de los incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios
de certificación» (TSL) establecidos en España, (más información en http://
firmaelectronica.gob.es y en http://www.dnielectronico.es).
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de
inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a
través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
3.3 Todas las plazas incluidas en la presente convocatoria deben ser cubiertas por
personas que acrediten discapacidad intelectual, por lo que todas las personas
opositoras estarán exentas del pago de la correspondiente tasa.
3.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Directora General del INAP.
En relación con el cómputo de plazos de la presente convocatoria, así como en los
recursos administrativos que puedan interponerse frente a los actos y resoluciones
dictados durante el curso de este proceso, se declara inhábil el mes de agosto. Esta
previsión no será de aplicación para los plazos establecidos en las fases de inscripción y
subsanación de solicitudes a las pruebas selectivas.
La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
3.6 Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los
incluidos en el apartado a) de la base 2.1.2, así como los extranjeros residentes en
España incluidos en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la
comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su
solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
3.7 Las personas aspirantes podrán solicitar adaptación de medios, en función de
su grado de discapacidad, debiendo formular la correspondiente petición concreta en la
solicitud de participación, en la que han de reflejar las necesidades específicas que
tengan para acceder al proceso de selección. Las personas aspirantes que soliciten
dicha adaptación de medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por
el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
3.8 El tratamiento de la información por medios electrónicos se ajustará a lo
establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
cve: BOE-A-2024-15451
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 95895
Secretaría de Estado de Función Pública al que se accederá, con carácter general, a
través de la página web www.administracion.gob.es o de los registros electrónicos para
la tramitación de las inscripciones de las personas candidatas en los procesos selectivos.
3.2 Las solicitudes y, en su caso, la subsanación y procedimientos de impugnación
de las actuaciones en el proceso selectivo, deberán presentarse obligatoriamente por vía
electrónica, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en
Procesos
Pruebas
Selectivas
del
punto
de
acceso
general
(http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital válido
de persona física, de los incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios
de certificación» (TSL) establecidos en España, (más información en http://
firmaelectronica.gob.es y en http://www.dnielectronico.es).
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de
inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a
través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
3.3 Todas las plazas incluidas en la presente convocatoria deben ser cubiertas por
personas que acrediten discapacidad intelectual, por lo que todas las personas
opositoras estarán exentas del pago de la correspondiente tasa.
3.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Directora General del INAP.
En relación con el cómputo de plazos de la presente convocatoria, así como en los
recursos administrativos que puedan interponerse frente a los actos y resoluciones
dictados durante el curso de este proceso, se declara inhábil el mes de agosto. Esta
previsión no será de aplicación para los plazos establecidos en las fases de inscripción y
subsanación de solicitudes a las pruebas selectivas.
La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
3.6 Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los
incluidos en el apartado a) de la base 2.1.2, así como los extranjeros residentes en
España incluidos en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la
comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su
solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
3.7 Las personas aspirantes podrán solicitar adaptación de medios, en función de
su grado de discapacidad, debiendo formular la correspondiente petición concreta en la
solicitud de participación, en la que han de reflejar las necesidades específicas que
tengan para acceder al proceso de selección. Las personas aspirantes que soliciten
dicha adaptación de medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por
el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
3.8 El tratamiento de la información por medios electrónicos se ajustará a lo
establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
cve: BOE-A-2024-15451
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 180