III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2024-15503)
Resolución de 16 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la segunda Adenda modificativa de los Convenios con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96351
Oficial del Estado» núm. 103, de 30 de abril de 2021), que fue aprobado por Decisión de
Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021.
El PRTR incluye, como Componente 14, el Plan de Modernización y Competitividad
del Sector Turístico (en adelante, el PMCST), cuya inversión tercera es la «Estrategias
de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares» (Islas Canarias, Illes Balears,
Ceuta y Melilla), con el objeto de responder a los retos específicos a los que se enfrenta
el sector turístico en esos territorios.
Segundo.
Que para la ejecución de la «Estrategias de resiliencia turística para territorios
extrapeninsulares» se han promulgado tres reales decretos de concesión directa de
subvenciones a las mencionadas comunidades y ciudades autónomas (Real
Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, «Boletín Oficial del Estado» núm. 305, de 22 de
diciembre de 2021; Real Decreto 449/2022, de 14 de junio, «Boletín Oficial del Estado»
núm. 142, de 15 de junio de 2022; y Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre,
«Boletín Oficial del Estado» núm. 292, de 6 de diciembre de 2022), correspondiendo a la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears subvenciones por importes de 20, 50 y 30
millones de euros, respectivamente, conforme a cada uno de los reales decretos.
A su vez, en ejecución de tales reales decretos, se han suscrito tres convenios con
cada una de la comunidades y ciudades autónomas, que constituyen bases reguladoras
complementarias de dichas subvenciones. Específicamente, con la Comunidad
Autónoma de Illes Balears se han firmado los siguientes:
a) Convenio de 30 de agosto de 2022, para instrumentar la subvención de 20
millones de euros prevista en el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; convenio
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 255, de 24 de octubre de 2022).
b) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 50
millones de euros prevista en el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio; convenio
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 79, de 3 de abril de 2023).
c) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 30
millones de euros prevista en el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre; convenio
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 79, de 3 de abril de 2023).
Tercero.
El 29 de junio de 2023, las partes suscribieron una Adenda modificativa de los tres
convenios, a fin de integrar el total de la financiación transferida en un esquema único de
proyectos financiables, por concurrir en varios de ellos financiación de uno o varios
convenios diferentes; que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 163,
de 10 de julio de 2023).
Que, el artículo 14 del Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; y los artículos 15
de los Reales Decretos 449/2022, de 14 de junio, y 1011/2022, de 5 de diciembre, en la
redacción dada por el Real Decreto 519/2024, de 4 de junio, prevén que las entidades
beneficiarias podrán solicitar la modificación del contenido del convenio de concesión
cuando aparezcan circunstancias que así lo aconsejen, a fin de asegurar el cumplimiento
de las finalidades de la subvención.
La Comunidad Autónoma de Illes Balears formuló dicha petición con fecha 26 de
abril de 2024, siendo objeto del preceptivo informe previo favorable de la Comisión de
Seguimiento, Vigilancia y Control de los tres convenios (conforme prevén las cláusulas
duodécimas de los tres convenios), de fecha 5 de junio de 2024.
cve: BOE-A-2024-15503
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96351
Oficial del Estado» núm. 103, de 30 de abril de 2021), que fue aprobado por Decisión de
Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021.
El PRTR incluye, como Componente 14, el Plan de Modernización y Competitividad
del Sector Turístico (en adelante, el PMCST), cuya inversión tercera es la «Estrategias
de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares» (Islas Canarias, Illes Balears,
Ceuta y Melilla), con el objeto de responder a los retos específicos a los que se enfrenta
el sector turístico en esos territorios.
Segundo.
Que para la ejecución de la «Estrategias de resiliencia turística para territorios
extrapeninsulares» se han promulgado tres reales decretos de concesión directa de
subvenciones a las mencionadas comunidades y ciudades autónomas (Real
Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, «Boletín Oficial del Estado» núm. 305, de 22 de
diciembre de 2021; Real Decreto 449/2022, de 14 de junio, «Boletín Oficial del Estado»
núm. 142, de 15 de junio de 2022; y Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre,
«Boletín Oficial del Estado» núm. 292, de 6 de diciembre de 2022), correspondiendo a la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears subvenciones por importes de 20, 50 y 30
millones de euros, respectivamente, conforme a cada uno de los reales decretos.
A su vez, en ejecución de tales reales decretos, se han suscrito tres convenios con
cada una de la comunidades y ciudades autónomas, que constituyen bases reguladoras
complementarias de dichas subvenciones. Específicamente, con la Comunidad
Autónoma de Illes Balears se han firmado los siguientes:
a) Convenio de 30 de agosto de 2022, para instrumentar la subvención de 20
millones de euros prevista en el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; convenio
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 255, de 24 de octubre de 2022).
b) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 50
millones de euros prevista en el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio; convenio
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 79, de 3 de abril de 2023).
c) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 30
millones de euros prevista en el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre; convenio
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 79, de 3 de abril de 2023).
Tercero.
El 29 de junio de 2023, las partes suscribieron una Adenda modificativa de los tres
convenios, a fin de integrar el total de la financiación transferida en un esquema único de
proyectos financiables, por concurrir en varios de ellos financiación de uno o varios
convenios diferentes; que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 163,
de 10 de julio de 2023).
Que, el artículo 14 del Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; y los artículos 15
de los Reales Decretos 449/2022, de 14 de junio, y 1011/2022, de 5 de diciembre, en la
redacción dada por el Real Decreto 519/2024, de 4 de junio, prevén que las entidades
beneficiarias podrán solicitar la modificación del contenido del convenio de concesión
cuando aparezcan circunstancias que así lo aconsejen, a fin de asegurar el cumplimiento
de las finalidades de la subvención.
La Comunidad Autónoma de Illes Balears formuló dicha petición con fecha 26 de
abril de 2024, siendo objeto del preceptivo informe previo favorable de la Comisión de
Seguimiento, Vigilancia y Control de los tres convenios (conforme prevén las cláusulas
duodécimas de los tres convenios), de fecha 5 de junio de 2024.
cve: BOE-A-2024-15503
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.