III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-15500)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del Grupo Envera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96245
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
15500
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el III Convenio colectivo del Grupo Envera.
Visto el texto del III Convenio colectivo del Grupo de empresas Envera (código de
convenio n.º 90100263012015), que fue suscrito con fecha 17 de mayo de 2024, de una
parte, por las personas designadas por la Dirección del grupo empresarial, en
representación de las empresas que lo integran, y de otra por los sindicatos CC.OO., UGT
y USO, en representación de los trabajadores afectados, y que ha sido subsanado
mediante acta de 1 de julio de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente registro de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de julio de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
III CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO DE EMPRESAS ENVERA
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación, vigencia, condiciones generales y comisión mixta
Artículo 1. Ámbito territorial.
El ámbito de aplicación del presente convenio alcanza a todo el territorio del Estado
español.
Al amparo de lo regulado en el título III del Estatuto de los Trabajadores, se acuerda
un Convenio Colectivo de Grupo (en adelante, convenio) que es de aplicación en las
empresas que a la fecha de la firma pertenecen al Grupo de Empresas Envera y que se
relacionan a continuación, Envera Empleo SLU, Envera-Asociación de Empleados de
Iberia Padres de Personas con Discapacidad y la Fundación Tutelar Envera.
Todas ellas, en adelante y a efectos de este convenio, la Empresa.
En el marco de lo regulado en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, el
presente convenio será de aplicación igualmente a aquellas personas jurídicas que
resulten de una escisión, total o parcial, o; de la fusión de las empresas arriba
cve: BOE-A-2024-15500
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Ámbito funcional.
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96245
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
15500
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el III Convenio colectivo del Grupo Envera.
Visto el texto del III Convenio colectivo del Grupo de empresas Envera (código de
convenio n.º 90100263012015), que fue suscrito con fecha 17 de mayo de 2024, de una
parte, por las personas designadas por la Dirección del grupo empresarial, en
representación de las empresas que lo integran, y de otra por los sindicatos CC.OO., UGT
y USO, en representación de los trabajadores afectados, y que ha sido subsanado
mediante acta de 1 de julio de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente registro de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de julio de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
III CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO DE EMPRESAS ENVERA
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación, vigencia, condiciones generales y comisión mixta
Artículo 1. Ámbito territorial.
El ámbito de aplicación del presente convenio alcanza a todo el territorio del Estado
español.
Al amparo de lo regulado en el título III del Estatuto de los Trabajadores, se acuerda
un Convenio Colectivo de Grupo (en adelante, convenio) que es de aplicación en las
empresas que a la fecha de la firma pertenecen al Grupo de Empresas Envera y que se
relacionan a continuación, Envera Empleo SLU, Envera-Asociación de Empleados de
Iberia Padres de Personas con Discapacidad y la Fundación Tutelar Envera.
Todas ellas, en adelante y a efectos de este convenio, la Empresa.
En el marco de lo regulado en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, el
presente convenio será de aplicación igualmente a aquellas personas jurídicas que
resulten de una escisión, total o parcial, o; de la fusión de las empresas arriba
cve: BOE-A-2024-15500
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Ámbito funcional.