III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-15496)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del II Convenio colectivo de las entidades públicas empresariales Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y Administrador de Infraestructuras Ferroviarias de Alta Velocidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96087
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
15496
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Acuerdo de modificación del II Convenio colectivo
de las entidades públicas empresariales Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias y Administrador de Infraestructuras Ferroviarias de Alta
Velocidad.
Visto el texto del acuerdo parcial mediante el que se modifica la cláusula 8.ª
(«Jornada Laboral») del II Convenio colectivo de las entidades públicas empresariales
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) y Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias de Alta Velocidad (Adif-AV), que fue publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» de 16 de julio de 2019 (código de convenio n.º 90100323012016), acuerdo que
ha sido suscrito con fecha 14 de junio de 2024, de una parte por los designados por la
Dirección de las entidades Adif y Adif-AV, en representación de las mismas, y de otra por
las organizaciones sindicales CCOO. y UGT, en representación de los trabajadores
afectados, constando la posterior adhesión del sindicato SCF, y al que se acompaña la
autorización de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos (Ministerio
de Hacienda), en cumplimiento de lo previsto en el artículo 34 de la Ley 31/2022, de 23
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 86.3 y 90, apartados 2 y 3, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo parcial de modificación en el
correspondiente Registro de Convenios Colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro
directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de julio de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
II CONVENIO COLECTIVO DE ADIF Y ADIF ALTA VELOCIDAD
En Madrid, a las 13:00 horas del día 14 de junio de 2024, se reúnen en la Sala
de Convenio de paseo del Rey, 30, las personas que a continuación se relacionan en su
calidad de miembros de la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de Adif y Adif
Alta Velocidad, actuando como secretario don Francisco Javier Campos Ramírez.
cve: BOE-A-2024-15496
Verificable en https://www.boe.es
Acta de la Comisión Negociadora
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96087
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
15496
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Acuerdo de modificación del II Convenio colectivo
de las entidades públicas empresariales Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias y Administrador de Infraestructuras Ferroviarias de Alta
Velocidad.
Visto el texto del acuerdo parcial mediante el que se modifica la cláusula 8.ª
(«Jornada Laboral») del II Convenio colectivo de las entidades públicas empresariales
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) y Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias de Alta Velocidad (Adif-AV), que fue publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» de 16 de julio de 2019 (código de convenio n.º 90100323012016), acuerdo que
ha sido suscrito con fecha 14 de junio de 2024, de una parte por los designados por la
Dirección de las entidades Adif y Adif-AV, en representación de las mismas, y de otra por
las organizaciones sindicales CCOO. y UGT, en representación de los trabajadores
afectados, constando la posterior adhesión del sindicato SCF, y al que se acompaña la
autorización de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos (Ministerio
de Hacienda), en cumplimiento de lo previsto en el artículo 34 de la Ley 31/2022, de 23
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 86.3 y 90, apartados 2 y 3, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo parcial de modificación en el
correspondiente Registro de Convenios Colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro
directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de julio de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
II CONVENIO COLECTIVO DE ADIF Y ADIF ALTA VELOCIDAD
En Madrid, a las 13:00 horas del día 14 de junio de 2024, se reúnen en la Sala
de Convenio de paseo del Rey, 30, las personas que a continuación se relacionan en su
calidad de miembros de la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de Adif y Adif
Alta Velocidad, actuando como secretario don Francisco Javier Campos Ramírez.
cve: BOE-A-2024-15496
Verificable en https://www.boe.es
Acta de la Comisión Negociadora